La política de seguridad Estatal como garante del Estado de Derecho  
Antonio Rivas pág. 90- 105  
Tema de actualidad  
La política de seguridad Estatal como garante del Estado de Derecho  
The State security policy as guarantor of the rule of law  
Estado pokatu ñeñangarekorã rehegua omoañetee Derécho, Estado ryepýpe  
Antonio Rivas  
Universidad de Málaga. Andalucía, España  
Resumen  
El objeto de este trabajo es exponer la relación que existe entre el respeto a los  
agentesdelorden, conlacalidaddemocráticadeunterritorio, atravésdelsometimiento  
a sus leyes. Se centra en analizar la situación político-social española de los últimos  
diez años haciendo especial hincapié en la cuestión catalana y vasca, así como, el  
problema de los territorios dominados por el narcotráfico y la crisis migratoria, con los  
asaltos de las vallas de Ceuta y Melilla y sin olvidar hacer mención a los antecedentes  
históricos. A pesar de la complejidad de cada uno de los problemas mencionados,  
todos estos coinciden en la pésima situación que viven los agentes que sufren todo  
tipo de ataques físicos y verbales, que en situaciones normales serían castigadas con  
todo el peso de la ley, pero contradictoriamente, en estos casos, los delincuentes gozan  
de una total impunidad de esos hechos punibles a consecuencia de la inacción del  
gobierno y la autoridad judicial, situación que genera una indefensión inconcebible  
que convierte a esos territorios en zonas sin ley.  
Palabras clave: democracia, leyes, agentes, policía, autoridad.  
Abstract  
Thepurposeofthispaperistoshowtheexistingrelationshipbetweenlawenforcement  
agents, and the territory's quality of democracy, by means of the observance of its  
laws. The study is focused on the spanish socio-political situation of the last decade,  
with emphasis on the Catalan and Basque issue, as well as on the territories in the  
control of drug gangs, and the migration crisis, namely the storms of the fences in  
Recibido: 27.11.18 Aceptado: 06.05.19  
⃰E studiante del último curso de Derecho de la Universidad de Málaga. España. Premiado por la asociación profesional de la  
magistratura por el trabajo “Delitos de odio y discriminación. Un análisis crítico: La Cirstianofobia”.  
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Ceuta and Melilla, with a brief historical background description. In spite of the  
complexity of the mentioned issues, they all match with the dreadful situation that  
law enforcement agents live with, such as all types of psysichal intimidation and  
bashing, which under normal circumstances would be punished, but adversarially,  
in these cases, the gangs have a complete impunity because of the government and  
judicial authorities' inaction, which in turn produce unthinkable helplessness that  
turns these territories into lawless areas.  
Key words: democracy, laws, law enforcement agents, police, authority  
Ñemombyky  
Ko tembiapo rupive ojeheka oñemombe’umi haguã mba’éichaitépa ojoaju  
ojuehe, oñembojovakérõ tapicha ñangarekoha ñemomba’eguasu, ha ijeikovekuaa  
demokrásia porã ryepýpe, ojejapopa rupive leikuéra he’ihaichaite. Ohesa’ỹijo  
pypuku porã mba’eichatépa oĩ hína españa retãygua rekove político ha social  
rupive ko 10 áño ojegueroguatávape, ojejesareko porãve voi katalã ha vaskokuéra  
rembiasáre, upeicha avei, ojejesareko umi yvy opytáva narcotráfico kuéra poguýpe  
ha avei tapichakuéra ováva ambue tetãme rehe, umi manterei ohasáva Ceuta ha  
Melilla korapy, ha ndoikói tesarái ko’ã mba’épa mba’éichapa oñemoñepyrũ raka’e.  
Hypy’ũ etemi ramo jepe ko’ã mba’e oñeñe’ẽha, opaite ko’ã mba’e ohechauka ha  
ojojoguapa voi mba’éichapa ojejepohýi asy, ñe’ẽ vai rupive umi tapicha ñangarekoha  
rehe, ko’ã mba’e ojejapórõ peteĩ tenda oñemomba’ehápe léi, katuete ho’áva’erã  
umi léi hi’árikuéra, ha katu ko’árupi ndaupéichai ete hína, umi mba’e vai apoha  
léi renondépe mavave ndopokói hesekuéra, gobierno ndojapokatuí mba’eve ha  
mburuvicha léipeguáva upéichante avei, ko’ã mba’e rupi tapichakuéra oĩva ko’ã  
tendárupi ikangyeterei ndaipóri rupi upépe mba’evéichagua leí.  
Ñe’ẽ teete: demokrásia, léikuéra, tapicha ñangarekohára, mburuvicha  
Contexto de la problemática  
Para analizar con exactitud la relación entre el respeto a las fuerzas del orden  
y el cumplimiento de las leyes por parte de una sociedad, se debe empezar por  
el origen de todo y este es el Estado. El Estado según Max Weber, es un cuerpo  
autónomo que tiene jurisdicción territorial y monopolio sobre el uso coercitivo de  
la fuerza dentro de su jurisdicción, además para su existencia deben existir unas  
instituciones básicas para constituirse como tal. Estos son órganos de gobierno, una  
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administración de justicia, unas fuerzas del orden que hagan cumplir las leyes y en  
cuarto lugar, un ejército que defienda al país de ataques exteriores.  
Enesesentido, elReinodeEspañaesunestadosocialydemocráticodederecho  
como proclama el artículo 1 de su Carta Magna, en ella se expresa la importancia  
de los cuerpos policiales cuyas funciones y fines están recogidos en el art. 104. 1 en  
los siguientes términos: "Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia  
del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y  
libertades y garantizar la seguridad ciudadana", en respaldo de tal afirmación, la  
Real Academia de la lengua española define a la organización policial como: "Un  
cuerpo encargado de velar por el mantenimiento del orden público y la seguridad de  
los ciudadanos, a las órdenes de las autoridades políticas".  
Para comprender la estructura policial, es necesario explicar que existen  
dos cuerpos policiales dependientes del Estado, estos son: Guardia Civil y Policía  
Nacional, como recoge el art. 9 de la Ley Orgánica n.° 2/1986, de fecha 13 de marzo  
de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:  
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ejercen sus funciones en  
todo el territorio nacional y están integradas por: a) El Cuerpo Nacional  
de Policía, que es un Instituto Armado de naturaleza civil, dependiente del  
Ministro del Interior. b) La Guardia Civil, que es un Instituto Armado de  
naturaleza militar, dependiente del Ministro del Interior, en el desempeño  
de las funciones que esta ley le atribuye, y del Ministro de Defensa en el  
cumplimiento de las misiones de carácter militar que éste o el Gobierno le  
encomienden. En tiempo de guerra y durante el estado de sitio, dependerá  
exclusivamente del Ministro de Defensa.  
La Guardia Civil es el cuerpo policial de carácter militar con jurisdicción  
en todo el territorio nacional, la fuerza más antigua, que tuvo inicio en abril de  
1844, bajo el reinado de Isabel II y por impulso del Duque de Ahumada, en época  
de la presidencia del gobierno de D. Luis González Bravo. Fue creada por D.  
Javier Girón Ezpeleta, II Duque de Ahumada, con la intención de acabar con el  
bandolerismo existente en aquel tiempo.  
La Policía Nacional, por otro lado, tiene su origen en el año 1986, producto  
de la fusión del Cuerpo Superior de Policía y de la Policía Armada. También es  
conveniente indicar que debido a la organización descentralizada del Estado  
español, conforme se sustenta en el artículo 137 de la Constitución española: "El  
Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y en las Comunidades  
Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la  
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gestión de sus respectivos intereses". Existen, en ciertas comunidades autónomas,  
policías propios, como sucede en Cataluña con los Mozos de Escuadra, Vascongadas  
con la Erzaina y Navarra con la Policía Foral.  
En la Ley Orgánica n.° 2/1986 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de  
Seguridad desarrolla lo dispuesto por el precepto constitucional en su artículo 11:  
a) Velar por el cumplimiento de las Leyes y disposiciones generales,  
ejecutando las órdenes que reciban de las autoridades, en el ámbito de sus  
respectivas competencias. b) Auxiliar y proteger a las personas y asegurar  
la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de  
peligro por cualquier causa. c) Vigilar y proteger los edificios e instalaciones  
públicos que lo requieran. d) Velar por la protección y seguridad de altas  
personalidades. e) Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad  
ciudadana. f) Prevenir la comisión de actos delictivos. g) Investigar los delitos  
para descubrir y detener a los presuntos culpables, asegurar los instrumentos,  
efectos y pruebas del delito, poniéndolos a disposición del Juez o Tribunal  
competente y elaborar los informes técnicos y periciales procedentes. h)  
Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la  
seguridad pública, y estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de  
prevención de la delincuencia. i) Colaborar con los servicios de protección  
civil en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, en los  
términos que se establezcan en la legislación de protección civil.  
En ese contexto, una previa presentación del marco jurídico que impulsa  
la actividad policial, se explica las situaciones que presentan un reto para el  
ordenamiento constitucional vigente, debido al socavamiento de la autoridad  
policial ante la indolencia de los gobiernos recientes, que miran hacia otro lado al  
pensar que son problemas privados y puntuales de los cuerpos policiales del que se  
muestran indiferentes. Pero en realidad cuando un delincuente dirige una agresión  
hacia un agente de la ley, no lo hace contra la persona en concreto, ni siquiera contra  
la institución que representa, pues lo hace contra el Estado y su normativa.  
Sobre la base del nacimiento de la democracia española en el año 1978,  
registraron numerosos grupos terroristas de corte marxista, que intentaban quebrar  
el Estado de Derecho, con la utilización de: bombas, secuestros, asesinatos y en  
definitiva, establecer su ley en aquellos territorios donde se establecieron el problema  
y tomaron como zonas para operar.  
Estos grupos criminales se encontraron con fuerzas policiales que lucharon  
para mantener el orden constitucional, utilizando los medios que tenían a su alcance,  
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con el respaldo del gobierno de la nación. Esta lucha dejó como saldo pérdidas de  
vidas que hasta hoy se lamentan.  
Entre los principales grupos criminales se encuentran: ETA que es una  
organización terrorista y de ideología marxista y leninista que pretende la  
independencia del país vasco con respecto al Estado español (D. Duarte. 2008).  
Las siglas corresponden a la expresión Euskadi Ta Askatasuna, que significa −país  
vasco y libertad−. Asesinó a 853 personas, hirió a otras 6.389, tal y como se muestra  
en el gráfico.  
Figura 1  
Fuente: Diario el País, sobre la base de datos extraídos del Ministerio del  
Interior del Reino de España.  
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El GRAPO, por su parte dejó 191 víctimas y FRAP 6 conforme a los datos  
que registra el Ministerio del Interior (2015). Estas pérdidas fueron en la lucha para  
mantener la unidad de la patria y hacer cumplir el sistema jurídico.  
Actualmente se puede observar, que lejos de acabar los desafíos que enfrenta  
el Estado de Derecho, sus enemigos siguen las mismas ideas que desde hace  
años causaron ríos de sangre, pero con un enfoque más político. Esta erosión se  
lleva a cabo principalmente porque el gobierno de la nación, con sus continuas  
intromisiones, pretende romper la independencia que deben tener los órganos  
policiales para no convertirse en una policía política que responda a los intereses  
de quién se encuentre en el poder. Estas intromisiones, junto con la falta de apoyo  
institucional ante los ataques y humillaciones, convierten al mismo gobierno en  
cómplice de tales acciones.  
Esta situación fue denunciada por una valiente Juez, titular del Juzgado de  
Instrucción n.° 1 de Algeciras, Belén Barranco Arévalo, en su auto para enviar a  
prisión a grupo de personas relacionadas con el narcotráfico, que se encontraban  
celebrando una comunión después de que atacaran a agentes de la Guardia Civil.  
Estos últimos se encontraban fuera de servicio y estaban saliendo de un bar  
cuando fueron interceptados por los primeros, como represalia a su percepción  
del delito. Conforme a la publicación de la Agencia EFE, en el diario El Mundo:  
La Juez afirma que el Campo de Gibraltar es una zona olvidada y denostada por  
los responsables políticos que han conformado y siguen conformando los poderes  
ejecutivos nacional, y autonómico" y −ninguneada− de la que se han adueñado las  
mafias del narcotráfico junto a todos sus súbditos y acólitos económicos" (2018).  
En esa misma línea el portal El Indeoendiente.com recoge: E/esto no es ni  
más ni menos que lo que sucede un día sí y otro día no en este punto del mapa  
geográfico, en el sur de España y por ello se ha convertido en el Nápoles que  
imperaba en la era de Falcone, de la 'cosa nostra', que ha sido dominada  
por las mafias de la droga y supone "el nuevo territorio ETA", aunque estos  
terroristas lo que quieren es dinero y "lo que pretendían en su fuero más  
interno, era convertir la zona donde se celebraba la comunión en su territorio,  
haciéndola suya en una suerte de 'ciudad sin ley' o más bien, haciendo que  
impere la ley del más fuerte o la ley de la violencia (2018).  
De estas certeras palabras se pueden extraer varias cuestiones: la debilidad  
del Estado, ya que según Max Webber, él es quién debe ostentar el monopolio de  
la violencia y no grupos terroristas en donde ellos imponen la ley del más fuerte  
es decir la suya, estaríamos, por tanto, en el Estado de naturaleza descrito por  
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Tomás Hobbes en donde gobierna la ut lacerabunt, en el cual el hombre en estado  
de naturaleza busca mejorar su situación mediante el avasallamiento de la propiedad  
de otros hombres. Tal situación de inacción del Estado significaría que las personas  
tendrían que defender sus posesiones y su vida de la mejor forma posible para así evitar  
su apropiación (De Luparelli Santos M. 2003) ABC España pone varios ejemplos en  
donde otros grupos intentaban o directamente conseguían imponer su ley como son el  
caso de ETA en el norte de España o de la mafia en el sur de Italia (2019).  
Por otro lado la inacción y la falta de respuesta del Estado que en primer lugar  
no dotan a sus fuerzas de seguridad de los suficientes materiales y del respaldo  
jurídico necesario para combatir el delito, ya que los delincuentes poseen medios  
técnicos superiores. Además los agentes que exponen las deficiencias con las que  
viven día tras día, en vez de ser atendidas y subsanadas, al agente se le apercibe e  
incluso se le castiga por ello, lo que genera la impotencia y la posterior impunidad  
de los malhechores, puesto que, en el caso de que fueran detenidos, saben que a las  
pocas horas quedarán libres.  
Pero no sólo en esa región de España ocurre la situación expuesta, también se  
da en otros territorios, como ser: Cataluña, Vascongadas, Ceuta y Melilla e incluso  
Navarra, como se ve a continuación.  
El caso Catalán  
En Cataluña se dieron los primeros pasos para la creación de una policía  
autonómica. En 1980, el Ministerio del Interior transfirió las competencias de  
la denominada Sección de los Mozos de Escuadra, adscritos a la diputación de  
Barcelona, a la Generalitat. Dos años después se traspasa efectivamente el cuerpo  
policial de la diputación a la Generalitat y en 1983, se firma finalmente la Ley n.°  
19/1983 que establece:  
Artículo único. De acuerdo con lo establecido en el art. 13 del Estatuto de  
Autonomía de Cataluña, se crea la Policía Autonómica de la Generalitat,  
que ejercerá primordialmente las funciones de protección de las personas y  
los bienes, mantenimiento del orden público, vigilancia y protección de los  
edificios e instalaciones de la Generalitat, sin perjuicio de las otras funciones  
que, en su momento, le puedan ser asignadas según lo que determine la Ley  
Orgánica prevista en el art. 149.1.29 de la Constitución. Disposición adicional.  
El Cuerpo de Mozos de Escuadra de la Generalitat constituye el núcleo inicial  
de la Policía Autonómica. (BOE).  
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Esto supone restaurar un cuerpo que apoyó el golpe el intento de declaración  
de independencia catalana del año 1934, liderado por el entonces presidente de la  
Generalitat Luis Companys, declarándose insumiso del Estado y vulnerador de  
la legalidad vigente, pues esta guardia pretoriana del movimiento secesionista fue  
restaurada nuevamente 39 años después y creó sus competencias en detrimento  
de las policías estatales, que llegaría a su punto culmen cuando, en el Pacto del  
Majestic (firmado el 28 de abril de 1996), se otorga la competencia de tráfico al  
cuerpo catalán que antes ostentaba la Guardia Civil, por tanto, la presencia social  
de la policía estatal se reduce al mínimo.  
Esto, junto con otras concesiones que ha hecho el gobierno central, ha supuesto  
el origen del actual problema de Cataluña y se manifiesta con los siguientes hechos  
recientes:  
-
El 13 de Diciembre de 2016 se realizó una concentración frente al cuartel de  
Manresa, donde queman la foto del rey y tiran pintura al Cuartel.  
El 31 de octubre de 2017, se produce un escrache al cuartel de la Guardia  
-
Civil situado en Travesera de Gracia, encabezada por el partido Candidatura  
de Unidad Popular en adelante CUP  
-
El 9 de septiembre se llevó a cabo la concentración de acoso a la Guardia  
Civil en Valls, encabezada por el partido político ERC (Esquerra Republicana  
de Cataluña).  
-
El 10 de septiembre se produjo una concentración contra la Guardia Civil en  
Barcelona, con el grito "fuera las fuerzas de ocupación”.  
El 20 de septiembre hubo un escrache al cuartel de la Guardia Civil con  
-
destrucción de vehículos de los agentes robo de armas (El Español.com. 2017)  
y retirada de la bandera nacional, por la turba que se concentró y colocaron  
en su lugar la estelada. Ese mismo día en Barcelona se producen sucesos  
similares.  
El 4 de octubre, un grupo de independentistas se dirigió al hotel de El Bruc  
(
Barcelona) donde se alojaban miembros del GRS en actitud extremadamente  
hostil. Dos días antes, el director del hotel había invitado a abandonar el hotel a los  
guardias civiles.  
En resumen, un total de 117 acciones de grupos independentistas contra la  
Guardia Civil en Cataluña, desde el mes septiembre hasta octubre: 61 en la provincia  
de Barcelona, 26 en Tarragona, 13 en Gerona y 17 en Lleida, se produjeron. Conforme  
a los datos publicados en periódico El Mundo, los Mozos obstaculizaron y fueron  
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cómplices de todas las acciones ilegales llevadas a cabo antes durante y después del  
Referéndum ilegal del 1 de octubre, hasta tal punto que hubo enfrentamientos entre  
la policía estatal y autonómica, y estos últimos cometieron prevaricación no sólo en  
la vergonzosa complicidad, sino también en la eliminación de los documentos que  
implicaban en esas acciones ilícitas (Lázaro, F. 2017), a los Mozos. También, los  
diversos cuerpos de bomberos de las distintas localidades, realizaron más de 100  
escraches.  
Los hechos ocurridos en septiembre y octubre del año 2017, constituyen la  
mayor humillación a las fuerzas del orden de la historia de España en los últimos 100  
años. El gobierno de Mariano Rajoy demostró su incapacidad e ineficacia así como  
su cobardía en estos sucesos, ya que dio orden a la Policía Nacional y Guardia Civil  
de no actuar ante las ilegalidades, esgrimiendo que la competencia en seguridad  
ciudadana era de los Mozos y que ellos iban a actuar, cosa que nunca ocurrió. Se  
permitió la humillación, el insulto y el odio, se toleró que hoteles no acogieran  
a los agentes y que fueran expulsados de los mismos como si ellos fueran los  
delincuentes. Tal fue el boicot que se tuvo que habilitar un barco para acogerlos, la  
rebeldía expresada por los Mozos y los actos ilícitos que ellos cometieron quedaron  
impunes. En definitiva, la humillación al orden legal y al pueblo fue brutal.  
Esta indolencia del gobierno de Rajoy generó en Cataluña una sensación de  
impunidad que dura hasta hoy, siguen representantes en el parlamento de Cataluña  
que no respetan la ley, sigue una policía golpista "garantizando la seguridad de  
los catalanes" y continúan sin castigar esos hechos punibles, pero lo peor de todo,  
persiste ese acoso y derribo a la Guardia Civil y la Policía Nacional y sus familias  
con el título: Vuelve el acoso a Comisarías y Casas cuartel en Cataluña. El diario El  
Español, hacía eco al hecho (Jorro, I). Así mismo, El Diario. (Cabanillas, F.) se hizo  
presente con el artículo: Las familias de los guardias civiles acosados en Catalunya.  
Caso Vasco-Navarro  
En la zona vasca mencionada anteriormente, se vivió el sangriento terrorismo  
de ETA. Esta organización terrorista nació en Bilbao, el 31 de julio de 1959. Un  
grupo de estudiantes radicales disidentes del colectivo EKIN –nacido en 1952 para  
reaccionar contra la pasividad y el acomodo que en su opinión padecía el PNV–  
funda Euskadi Ta Askatasuna (Euskadi y Libertad). De ideología de extrema  
izquierda los cuatro pilares de ETA fueron: la defensa del vasco, el etnicismo, el  
anti españolismo y la independencia de los territorios tales como: Álava, Vizcaya,  
Guipúzcoa, Navarra (en España), Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa (en Francia),  
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esta zona fue denominada Euskal Herria. Así nació la banda terrorista, enfatizó: El  
Mundo. (Aparicio, Sonia).  
En el territorio vasco, la provincia de Guipúzcoa fue la que más sufrió, se  
cometieron 324 asesinatos, dentro de la provincia, San Sebastián es la ciudad más  
golpeada por ETA, con 94 muertes, le siguen Irún con 23 y Rentería con 18, Vizcaya  
es el segundo territorio más golpeado por los terroristas, con 225 asesinatos. Por  
localidades, las que contabilizan más número de muertos son: Bilbao (64), Guecho  
(19), Baracaldo (13) y Galdácano (10), el primer asesinado por ETA fue el Guardia  
Civil José Antonio Pardines en las inmediaciones de Villabona (Guipúzcoa). Fermín  
Garcés, el primer hombre que se enfrentó desarmado a un comando de ETA: Estoy  
vivo de milagro. Decía en El Español. (Araluce, G.).  
De manera −oficial− ya acabaron sus actos terroristas pero, como observamos  
en los últimos años, los proetarras que organizan numerosos actos de enaltecimiento  
del terrorismo y de sus asesinos con total libertad, sin que ninguna autoridad pública  
lo impida, así lo resaltaba, Intereconomía TV: Registran 77 actos enaltecimiento del  
terrorismo ETA en 2017 y si es denunciado esta situación los distintos tribunales  
empezando por el Tribunal Supremo, raras veces se dan condenas por estos actos  
El Mundo El Supremo pone más difícil condenar por enaltecimiento del terrorismo.  
(
Marraco, M.) Pero esos actos van acompañado de escraches, acoso e incluso  
violencia contra los miembros de la Guardia Civil y Policía Nacional, siendo un  
claro ejemplo la situación que se da en la provincia vasca de Oñate en la cual desde  
1990 se produce el día llamado −día de fuera de aquí− el 13 de Junio en el que  
según el Mundo, se realiza: Escrache contra la Guardia Civil. (Iglesias, L.). Ese día,  
grupos proetarras se disfrazan en tono de mofa de guardias civiles, rodean la casa  
cuartel profieren insultos a los agentes y hacen burlas de los asesinados por ETA,  
todo ello con el consentimiento del gobierno vasco. Así enfatizó el Diario ABC: El  
Gobierno vasco no prohibirá el escrache a la Guardia Civil en Oñate.  
En la población navarra de Alsasua, en octubre del año 2016 dos guardias  
civiles con sus respectivas parejas fueron agredidos física y verbalmente en un bar  
de esta localidad, por un grupo de 25 personas, algunos de los insultos y amenazas  
como: Esto es lo que vais a tener cada vez que bajéis del cuarte, os vamos a matar por  
ser guardias civiles, hijos de puta, pikoletos, cabrones, txakurras −perros− y esto os  
pasa por venir aquí. Este caso concluyó con la condena de algunos de los agresores,  
pero el tribunal no vio indicios de terrorismo ni mucho menos de ser un posible  
delito de odio. Una vez más el peso de la ley no recayó totalmente sobre ellos. De la  
misma manera se pude observar en 20 minutos, con el título: Los guardias civiles de  
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Alsasua describen un −calvario− de golpes y declaran que temieron por sus vidas.  
Caso Ceuta y Melilla  
En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, desde el año 2000 hasta  
hoy, sufren masivas entradas de inmigrantes africanos y fue la Guardia Civil la  
encargada de custodiar las fronteras del territorio nacional como se indica en la  
siguiente legislación.  
Ley Orgánica n.° 2/1986, de 13 marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad  
art. 12 d) La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras,  
puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su interés lo requieran.  
Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio establece en su art. 8. Jefatura Fiscal  
y de Fronteras:  
1. A la Jefatura Fiscal y de Fronteras, al mando de un Oficial General de  
la Guardia Civil en situación de servicio activo, le corresponde organizar,  
dirigir y gestionar el resguardo fiscal del Estado; las actuaciones encaminadas  
a evitar y perseguir el contrabando, el narcotráfico y demás tráficos ilícitos;  
la custodia y vigilancia de los aeropuertos, puertos, costas, fronteras y mar  
territorial; el control de la inmigración irregular, en coordinación con el  
Delegado del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración; y la colaboración  
en materia fiscal con otros servicios afines, nacionales y extranjeros.  
2. De la Jefatura Fiscal y de Fronteras dependen los siguientes Servicios: a)  
Servicio Fiscal. Tiene como misión específica el resguardo fiscal del Estado,  
ejerciendo las funciones y actuaciones tendientes a prevenir y perseguir el  
contrabando, el narcotráfico, el fraude y demás infracciones, en el marco  
de las competencias legalmente asignadas a la Guardia Civil, así como la  
materialización del enlace, cooperación y colaboración operativa en dichas  
materias con otros servicios afines, nacionales y extranjeros. b) Servicio  
Marítimo. Tiene como misión específica ejercer las funciones que le  
corresponden a la Guardia Civil en las aguas marítimas españolas y las aguas  
continentales, incluyendo también las actividades en el medio subacuático y  
en particular la custodia de las costas y el control de la inmigración irregular  
en este ámbito. c) Servicio de Costas y Fronteras. Tiene como misión específica  
la custodia y vigilancia de los aeropuertos, puertos, costas y fronteras, así  
como el control de la inmigración irregular en este ámbito.  
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Ley Orgánica n.° 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional establece:  
Artículo 15. “Misiones. 1. Las Fuerzas Armadas, de acuerdo con el artículo 8.1 de la  
Constitución, tienen atribuida la misión de garantizar la soberanía e independencia  
de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional”.  
art. 23: Guardia Civil. La Guardia Civil es un Instituto armado de naturaleza  
militar, dependiente del Ministro del Interior en el desempeño de las funciones  
que se le atribuyen por la Ley Orgánica n.° 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas  
y Cuerpos de Seguridad, y del Ministro de Defensa en el cumplimiento de las  
misiones de carácter militar que se le encomienden.  
Expuesta la legislación anterior, se verá la indicación de manera clara que este  
cuerpo es el custodio de la frontera, el garante de evitar y controlar la inmigración  
ilegal. Dicho esto para que se lleve a cabo tal mandato legal deben existir los medios  
necesarios para poder cumplirlo. Pero observamos con preocupación al igual que  
indignación la situación vergonzosa vivida por los agentes en las fronteras de ambas  
ciudades puesto que no gozan de los medios, autoridad y respaldo político para  
llevar a cabo su misión.  
Ya en el año 2004 denunciaban los agentes la falta de medios aun así durante  
los seis primeros meses del año habían abortado 4.912 intentos de atravesar el  
perímetro fronterizo, según los datos extraídos del periódico El País: Ceuta y  
Melilla, a este lado de la valla (Sánchez, D.) en la ciudad de Ceuta, desde 2004 a  
2011, hubo 20.000 intentos de asalto en Melilla. 17.000, en Ceuta. Ya no sólo la falta  
de medios sino que esos pocos medios de los que disponían no lo podían utilizar  
como la prohibición de utilizar bolas de gomas.  
Esto tuvo como consecuencia hechos como los sucedidos recientemente, en  
donde alrededor de 800 inmigrantes saltan la valla de Ceuta utilizando material  
defensivo como escudos, protectores corporales artesanales y ofensivos, lanzando  
de manera virulenta a los agentes recipientes de plástico con excrementos y cal viva,  
espray a modo de lanzallamas, piedras y palos además llevaban encima −cócteles  
molotov y bolsas con hachís−.  
Una vez en territorio español, los indocumentados lanzaron piedras a los  
agentes y a los vehículos oficiales provocando a tres de ellos la rotura de cristales−.  
Se produjo una acción de intrusión de unos 800 inmigrantes subsaharianos  
mediante la utilización para cortar los mallazos de protección exterior e interior  
de radiales eléctricas, cizallas y mazos". Finalmente entraron 602, conforme a los  
datos que obran en Europa Press, fueron heridos un total de 22 Guardias Civiles  
Guardias Civiles heridos, algunos por cal viva, en el salto a la valla de Ceuta. Se  
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La política de seguridad Estatal como garante del Estado de Derecho  
Antonio Rivas pág. 90- 105  
manifestó en: 20 Minutos .Que mejor resumen de esta situación que el ofrecido  
por el Guardia Civil Antonio Mancera Cárdenas en un artículo narrado a modo  
de denuncia, la total impunidad de esos actos y la desprotección e impotencia de  
los miembros del instituto armado. Algo más que Un ataque a la Guardia Civil,  
expresó: Mancera Cárdenas Antonio (2014) en Venemeritaaldia.org.:  
Cada día una nueva avalancha, cada día nuevos inmigrantes que de forma  
ilegal saltan las vallas y penetran e invaden nuestro país, y cada día, guardias  
civiles heridos, de los que nadie se acuerda y por los que nadie pregunta,  
incluso aquellos que tratan de ayudar a los inmigrantes son agredidos, y cada  
díasalealgúniluminadointentandomancharelbuennombredeunainstitución  
dedicada, desde 1844, al servicio a los demás, al servicio de España.  
Gracias a la desidia, a la cobardía, al silencio del Gobierno, hasta la comisaria  
europea de Inmigración, Cecilia Malmström, se atrevió a atacar a la Guardia Civil,  
desde la comodidad de su despacho en Bruselas y de oídas, y digo de oídas porque  
seguramente quien le ha explicado las cosas de forma sesgada, quien posiblemente  
le haya mentido sobre los sucesos de Ceuta, ha sido su propia asesora Anna Terrón,  
española, socialista, perteneciente al PSC, ex - Secretaria de Estado de Inmigración  
en la última legislatura de Zapatero, y que seguramente ha olvidado explicar a la  
sueca, que las medidas adoptadas por la Guardia Civil para frenar las avalanchas  
en las fronteras, las usadas en esta ocasión y en otras, también las usadas en Ceuta,  
fueron dadas precisamente siendo ella Secretaria de Estado.  
Conclusión  
En conclusión, el problema que vive el Estado de Derecho español tiene, a  
priori, fácil solución y este es el cumplimiento de la ley unida al respaldo de un  
gobierno que debe de ser valiente. Esta valentía se tiene que expresar, en primer  
lugar, reestableciendo el orden constitucional en aquellos territorios donde la carta  
magna es pisoteada, suprimiendo aquellos cuerpos policiales autonómicos que  
de manera manifiesta se han declarado en rebeldía siendo cómplices de acciones  
golpistas, reforzando el control de las fronteras para evitar que las mafias campen  
a sus anchas y en definitiva que los agentes policiales tengan el respaldo jurídico  
tal y como denunciaba la juez Belén Barranco Arévalo para poder llevar a cabo de  
una manera más eficiente su trabajo, que no es otro que hacer cumplir las leyes y  
precisamente por ello el poder político español, de tan dudosa honestidad en estos  
años, no le deja hacer bien su trabajo.  
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Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2019; 9  
Recomendaciones  
Es necesario un mayor respaldo jurídico a las fuerzas y cuerpos de seguridad.  
La legislación penal debe ser el reflejo de la realidad social y política de un país, su  
eficacia se manifiesta en la erradicación o no de las conductas prohibidas, siendo  
necesario aumentar en este caso, las penas del delito de atentado de la autoridad que  
se recoge en el artículo 550 del Código Penal español en un grado, en su mínimo y en  
su máximo, pasando de 1-4 años a 2-5 años, así como dotar de elementos protectores  
a la ley de Seguridad Ciudadana (Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo) que recoge  
sanciones de tipo administrativa. Algunas propuestas, a modo de ejemplo, serían  
sancionar cuando se graba a un agente en el ejercicio de sus funciones o cuando los  
individuos se resisten a las órdenes de los agentes.  
Referencias  
Constitución española de 6 de Diciembre de 1978  
Ley n. ° 19/1983, de 14 de julio, por el que se crea la Policía Autonómica de la  
Generalidad de Cataluña.  
Ley Orgánica n.° 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad  
Ley Orgánica n.° 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional  
Real Decreto n.º 1449/2000, de 28 de julio  
Real Decreto n.º 952/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla la estructura  
orgánica básica del Ministerio del Interior  
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Recuperado de https://www.20minutos.es/noticia/3329916/0/ numero-  
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Una jueza de Algeciras cree que el campo de Gibraltar es el “nuevo  
territorio de ETA” (19/05/2018). ”El Independiente” Recuperado de  
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Lázaro, F. (20/11/2017). Los Mossos iban a destruir pruebas del 1-O  
que los incriminaban. El Mundo. Extraído de http://www.elmundo.es/  
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Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2019; 9  
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