Interpretar y Justificar la existencia de Lagunas
Resumen
En los planos teórico y filosófico del Derecho, el tema de las lagunas ha generado análisis y controversias entre juristas que, a su vez, han dado pie a la generación de nuevos análisis y nuevas controversias. Es como una red que ha venido ampliándose con cada opinión. Cada pensador aporta nuevas críticas, nuevas perspectivas, nuevas respuestas y siempre –explícita o implícitamente– plantea nuevos problemas y abre nuevas interrogantes. Quizás por falta de investigación sobre su origen o porque sencillamente es de autor anónimo no sabemos quién acuñó esta metáfora denominada lagunas en el derecho; pero sospechamos que ella se pierde en los tiempos en los que el movimiento codificador de finales del siglo XVIII y comienzos del XIX y las escuelas teóricas que desarrollaron y sostuvieron este movimiento (escuela de la exégesis y jurisprudencia de conceptos), comenzaron a ser centro de diversas críticas por la soberbia de creer que habían alcanzado el ideal de producir ordenamientos jurídicos perfectos2 y de creer haber condensado todo el derecho posible en los códigos. Como quiera que sea, desde una perspectiva pragmática, la metáfora de las «lagunas» es útil, porque el aprendiz en el conocimiento del Derecho entiende rápidamente que se trata de comportamientos que no se hallan previstos como hipótesis en normas jurídicas y que, por tanto, carecen de calificación deóntica y de consecuencia normativa dentro del sistema jurídico.
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