REV. JURID.
Investigación en Ciencias Jurídicas y Sociales. 2017; 7
ello se deduce, desde la doctrina, a partir del constructo formal normativo que hace
a la autoría. Es decir, cuando la norma penal preceptúa: “…Será castigado como
autor el que realizara el hecho obrando por sí o valiéndose para ello de otro...”, se
subentiende que se refere a la autoría directa y mediata respectivamente, sin que
resulte necesario que el propio artículo lo establezca y ello debido a que en los
preceptos normativos solo se consignan notas esenciales de conceptos.
No se debe perder de vista que, en la autoría mediata, el instrumento no obra
con conocimiento y voluntad, dicho de otro modo, el medio se encuentra cegado
por quien efectivamente tiene el poder de decisión sobre la situación o lo que es lo
mismo, sobre el hecho. Ello es así porque el autor mediato es el único a quien le
corresponde el hecho, él se encuentra inmiscuido, con absoluto señorío, desde el
inicio mismo del desarrollo del acto criminoso, con conocimiento y voluntad en la
realización del tipo penal en cuestión.
Se puede señalar que, en la autoría mediata, en el Código Penal paraguayo,
el instrumento o el ejecutor del que se vale el autor mediato siempre actúa cegado,
estando real y efectivamente el dominio de la acción en poder del autor mediato,
quien es, en última instancia, quien ejecuta el hecho, por más que no haya realizado
de propia mano, en él descansa la decisión fnal.
Sin embargo, ello no ocurre en la autoría mediata concebida por Roxín, en
donde el instrumento si es consciente y tiene voluntad de realizar la acción del tipo
punible, detentando ese poder el autor mediato, no por el dominio que tenga sobre
el hecho, sino porque tiene el dominio sobre la voluntad.
Al respecto Welzel dice: “La autoría mediata, por medio de un sujeto actuante
directo que es a su vez el autor, resulta un despropósito. Quien determina a un autor
a un hecho, no es sino un inductor y no hay voluntad de autor que pueda convertirlo
en autor” −esta es la teoría que sustenta todo el Código Penal paraguayo vigente−,
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