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Abuso Sexual Infantil: Casos atendidos en el Centro de Atención a Víctimas - Ñeembucú
Diana Alicia Martínez - Laura Cristina Sánchez Frutos - Juan Carlos Ferreira - pág 107-119
Artículo original
Abuso Sexual Infantil: Casos atendidos en el Centro de Atención a Víctimas -
Ñeembucú
Child molestation: Cases led at the Victims Assistance Center – Ñeembucu
Mitãmi ñerãirõ rehegua: Kasokuéra oñemoguahẽva Centro de Atención a
Víctimas – Ñe’ẽmbukúpe
Diana Alicia Martínez
Ministerio Público. Asunción, Paraguay
Laura Cristina Sánchez Frutos **
Ministerio Público. Asunción, Paraguay
Juan Carlos Ferreira ***
Universidad Nacional de Pilar. Asunción, Paraguay
Resumen
El trabajo describe los casos atendidos en el Centro de Atención a Víctimas,
en adelante CAV del Ministerio Público Área IX Ñeembucú. El abuso sexual
infantil en adelante ASI, es un tipo de maltrato que con el tiempo fue en aumento.
Su visibilización se dio progresivamente con la creación de leyes nacionales
e internacionales, protectoras de la infancia. Las estadísticas demuestran la
existencia de ASI a nivel mundial. Tiene como objetivo general: conocer la
cantidad de casos de ASI atendidos en el CAV del área IX Ñeembucú y describir
su incidencia y prevalencia, en los últimos cinco años. La metodología adopta un
enfoque cuantitativo, de tipo descriptivo, utilizando los ocios de solicitud de las
unidades penales, regionales y zonales, así como chas de entrevistas. A través de
la revisn documental se pudo constatar la prevalencia en los casos de abuso sexual
infantil, además los resultados permitieron cuanticar y discriminar a la población
Recibido: 02.05.19 Aceptado: 19.06.19
Diana Alicia Martínez
Lic. Psicología por la UNP. Especialista en Psicología Jurídica y Forense por UAP.
Psicóloga CAV – Ministerio Público. Docente universitaria. dianamartinezs@hotmail.com.
  Laura Cristina Sánchez Frutos. Lic. Psicología por la UNA. Doctorado en Psicología Clínica por la UNA. MSc. en Ciencias
de la Educación con énfasis en Investigación Cientíca por la UNP.
Psicóloga CAV – Ministerio Público. Docente universitaria. sanchezfrutos@hotmail.com.
***Juan Carlos Ferreira. Estudiante de la carrera de Psicología. UNP. juancfer94@gmail.com
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analizada en función de variables como: edad, sexo y distritos del departamento
de Ñeembucú; también identicar la incidencia de las causas atendidas de ASI con
aumento sostenido en los últimos cinco años.
Palabras clave: abuso sexual infantil, incidencia, prevalencia.
Abstract
This paper describes the cases led at the Public Ministry's Victims Assistance
Center in Ñeembucú. Child molestation is a type of abuse that has been encreasing
over time. Its visibility was given progressively thanks to the approval of national
and international acts that protect childhood. Statistics show the worldwide existence
of child molestation. This study's main objective is to know the quantity of child
molestation cases that were led at the Victims Assistance Center in Ñeembucú, and
also to describe its incidence and prevalence in the last ve years. The metodology
adopts a descriptive quantitative approach, by using the request forms that were
led at the criminal units in the Department of Ñeembucu, and also the interview
worksheets. Through the documentary review it could be determined the prevalence
in child molestation cases, besides that, the results enabled to quantify and clasify
the analysed population according to variables such as: age, sex, and Department's
districts; and also to identify the incidence of cases led at the Victims Assistance
Center, with steady increase in the last ve years.
Key words: child molestation, incidence, prevalence
Ñemombyky
Ko tembiapo omombeu heta káso oñeñantendéva Centro de Atencn
a Víctimas, koa guive hérava CAV oĩva Tetãygua Motenondehápe, Área IX
Ñembukúpe. Mitãmi ñerãirõ, abuso sexual infantil ASI, koichagua jererekoasy ko
koẽre okakuaave ovo. Koãga rupi ojehechave ojejapo rire umi léi oĩva tetãpýre
oñangarekóva mitãnguérare ha ambue tetãre. Umi Estadística ohechauka mitãmi
ñerãioikoha opa henda rupiete ko yvy apére. va, oikuaase mboy káso mitã
ñerãirõpa oñeñantende rae CAV área IX- Ñeẽmbukúpe ha omombeu mbaéichapa
oike mbarete ha ojahoi ko 5 ary puku pahápe. Ohapykuerereka haguã oiporu
enfoque cualitativo, omombeukuaaha, oiporu upevarã umi kuatia tee ojejeruréva
heta unidad penal oĩva komunida ha región-pe, ha avei umi kuatiarembyremi ojejapo
haguépe ñemongeta. Ojejesareko porã rupi umi kuatiakuérare ojehechakuaami
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mbaéichapa oñemohatã ha okakuaave mitã ñerãirõ, avei ikatu omombeu mboy
kásopa ha ohesaỹijopaite mbaeichaguápepa ojehuve ko mbaevai: hekove pukukue,
mbae sexo, mbae distrito-pa, Ñeẽmbuku departamento-pe. Upéicha ohechakuaa
mbaerupípa ojehuve koãga rupi heta hetave mitã ñerãirõ ko 5 ary pahápe.
Ñe’ẽ tee: mitã ñerãirõ, oike mbarete ha ojahoi
Introducción
El abuso sexual infantil es un fenómeno de larga data, que se da en todas
las sociedades y culturas, que no respeta el género ni las clases sociales (Bella &
Salmasi, 2006). El Departamento de Ñeembucú no está exento de sufrirlo. Para dar
respuesta a las necesidades de evaluación de las personas que fueron víctimas de
violencia sexual, el Ministerio Público cuenta con un órgano auxiliar, que funciona
en el área IX Ñeembucú, desde el 01 de noviembre de 2002. Actualmente, éste es
de nom i nado CAV1 .
La dependencia cuenta con profesionales psilogas y trabajadoras
sociales, que tienen como función realizar evaluaciones periciales psicogicas y
socioambiental, tras las denuncias ingresadas en las unidades penales regionales
que abarcan cuatro unidades penales y las zonales de: Alberdi, General Díaz y
Laureles.
La infancia es la población de estudio y se pretende conocer la cantidad de
casos de ASI atendidos en el CAV, así como describir su incidencia y prevalencia,
en los últimos cinco años.
En ese contexto Faleiros (como se citó Roa & Rehnfeldt, 1998) dene el abuso
sexual como:
Una violación de los derechos humanos y sexuales. Cuando se lo practica
contra nas, niños y adolescentes representa, a más de la violación a la integridad
física y psicológica, una violación al respeto, a la dignidad, a la sexualidad
responsable y protegida; viola además el derecho a un desarrollo físico, psicogico,
moral y sexual sano.
Este fenómeno se mantuvo como un problema privado por tanto, oculto a la
1Notas: La Ley orgánica n.° 1.562/2000 del Ministerio Público, en el art. 65º, dispone: Dirección de Asistencia a Víctimas.
La Dirección de Asistencia a la Víctima cumplirá todas las funciones de asistencia a las personas ofendidas por los hechos
punibles, previstas en esta ley. En especial velará por el cumplimiento de las normas de respeto a la víctima e informará
directamente al Fiscal General sobre los incumplimientos a dicho precepto general, asimismo deberá informar a la víctima,
conforme lo previsto en esta ley y en el Código Procesal Penal. Estará a cargo de un director especializado en ciencias de la
conducta.
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mirada de la sociedad y de las instituciones encargadas de realizar la investigación
de los casos de ASI. En Ñeembucú se desconoce la cifra negra sobre situaciones de
violencia sufrida por las niñas, niños y adolescentes.
El abuso sexual infantil es un fenómeno que tradicionalmente se ha mantenido
oculto y que, aunque en la actualidad despierta un creciente interés y una
enorme preocupación, aún permanece invisible en la gran mayoría de los
casos. Según un reciente metaanálisis de Pereda, Guilera, Forns y Gómez-
Benito (2009), citado por Echeburúa & Guerricaechevarría, (2011), la tasa de
prevalencia de algún tipo de abuso sexual en menores es de un 7,4% en el caso
de los niños y de un 19,2% en el de las niñas. Si bien el abuso sexual grave,
con contacto físico, con carácter repetido y con implicaciones negativas en el
desarrollo emocional del menor, es más reducido, estas cifras dan idea de la
gravedad de este hecho en diferentes países.
La creencia de que el abuso sexual es solamente la penetración o el coito está
instalada ampliamente en el imaginario social, sostenido por el sistema patriarcal en
el que la niña, el niño y adolescentes son socializados. Por tanto, cuando aparecen
otras modalidades como los toqueteos, manoseos, frotamientos, estimulaciones
verbales y grácas, ya sea de manera directa o a través de las nuevas tecnologías, se
tienden a minimizar, justicar o desestimar los relatos realizados por las víctimas.
Basados en los criterios expuestos por Vainstein, Fernández, y Padí (2013) el
Abuso sexual es considerado por las Naciones Unidas como el “crimen encubierto
más extendido en la humanidad”. Este encubrimiento se da justamente porque las
niñas, los niños y adolescentes son vulnerables debido a la etapa evolutiva en que se
encuentran, que los hacen inmaduros y dependientes de los adultos que los rodean.
Si son abusados sexualmente, guardan el secreto de sus vivencias, por la vergüenza
y el temor a no ser creídos, ya que muchos de los casos ocurren al interior del
núcleo familiar, por lo que, sentirán culpa si a raíz de la denuncia, se produjera la
desestructuración del sistema familiar.
La Constitución Nacional del Paraguay, en el Capítulo IV, art. 54, establece:
La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de garantizar al niño
su desarrollo arnico e integral, así como el ejercicio pleno de sus derechos,
protegiéndolo contra el abandono, la desnutrición, la violencia, el abuso, el
tco y la explotación (Constitución Nacional del Paraguay, 1992).
En el artículo 19 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño,
(Legendre, 2006), se reconoce a éstos como sujetos sociales de derecho y no
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solamente como sujetos de la intervención estatal, si los mismos sufren vejaciones
que vulneran sus derechos fundamentales. Las niñas, niños y adolescentes deben
ser protegidos contra todo tipo de maltrato y abuso sexual.
La Ley n.° 1680/01, Código de la Niñez y de la Adolescencia, en su art. 3°
expresa:
Del principio del Interés Superior. Toda medida que se adopte respecto al
niño o adolescente, estará fundada en el interés superior. Este principio estará
dirigido a asegurar el desarrollo integral del niño o adolescente, así como el
ejercicio y disfrute pleno de sus derechos y garantías. Para determinar el interés
superior o prevaleciente se respetarán sus vínculos familiares, su educación
y su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico. Se atenderá además la
opinión del mismo, el equilibrio entre sus derechos y deberes, acomo su
condición de persona en desarrollo (Código de la niñez y la adolescencia /
Convención sobre los derechos del niño y la niña, 2012).
Así mismo en el Artículo 5° “De la obligación de denunciar establece:
Toda persona que tenga conocimiento de una violación a los derechos
y garantías del niño o adolescente, debe comunicarla inmediatamente
a la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente
(CODENI) o, en su defecto, al Ministerio Público o al Defensor Público. El
deber de denunciar incumbe en especial a las personas que en su calidad
de trabajadores de la salud, educadores, docentes o de profesionales de otra
especialidad desempeñen tareas de guarda, educación o atención de niños o
adolescentes.
Al recibir la información, la Consejería Municipal por los Derechos del Niño,
Niña y Adolescente (CODENI), el Ministerio Público y el Defensor Público
adoptarán las medidas correspondientes, que les competen (Código de la
niñez y la adolescencia).
La ley penal paraguaya delimita, en el capítulo VI, los hechos punibles
contra niños y adolescentes, tipicándolos como: Maltrato de niños y adolescentes
bajo tutela (edad 0 18); Abuso sexual en Niños (edad 0 - 13); Abuso sexual en
personas bajo tutela (no menor de 14 ni mayor de 16 años); Estupro (14 – 16); Actos
homosexuales con personas menores (14 -16); Proxenetismo (menor de 16, y, entre
16 y la mayoría de edad); y, Pornografía relativa a niños y adolescentes (0 18 años)
(Código penal paraguayo y código procesal penal: Ley N° 3440/2008 Modicacn
del Código Penal Paraguayo, 2008).
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De este capítulo se extrae el Abuso sexual en niños, como objeto de estudio.
El ASI es un problema social que preocupa cada vez más. Considerando los datos
de las investigaciones hechas con relación a este tema, se visualiza la prevalencia
de individuos que reconocen, mediante la denuncia, haber sido víctimas de Abuso
sexual en la infancia. Ahora bien, la incidencia de los casos de abusos sexuales
denunciados habla acerca del incremento gradual de los casos atendidos en el
CAV, en los últimos cinco años.
Como antecedentes, no existen muchas investigaciones realizadas en
Paraguay, mucho menos en el Departamento de Ñeembucú; sin embargo, se puede
mencionar:
Lamentablemente el contexto donde se concreta la mayor cantidad de
situaciones de abuso en la infancia es el hogar. Las estadísticas demuestran
que en porcentajes similares ocurre en todas las clases sociales. El problema
tiene una profunda raíz cultural: el que ejerce la violencia está expresando
un sentimiento y una condición profunda de autoritarismo.
La distribucn por edades mantiene una prevalencia que se repite en varias
estadísticas, con una incidencia mayor entre las personas de 15 a 17 años
(6-8).Los modelos que intentan explicar el incremento del abuso sexual
incluyen cuestiones sociales como la pobreza asociada a promiscuidad y
el hacinamiento, el desempleo, las adicciones, el consumo de alcohol, el
autoritarismo, la falta de control y vigilancia, la permisividad en las normas
de conducta y la hipersexualización en los medios (TV, música y prensa
escrita) (Zawadzki, 2005).
Las investigaciones realizadas destacan el aspecto social y cultural en
los que se produce el ASI, como elementos de especial relevancia; por ello, los
instrumentos legales internacionales, señalan que, víctima, es toda persona física
que ha sufrido un daño ocasionado por una infracción penal. Además, considera
en condicn de vulnerabilidad a aquella que tiene una limitación para evitar o
mitigar las secuelas del injusto penal. Éstas pueden proceder de las características
personales o de la forma en que se dio la infracción penal. Se destacan las personas
menores de edad, las víctimas de violencia doméstica o intrafamiliar, víctimas de
delitos sexuales, entre otras.
(Reglas de Basilia sobre el acceso a la justicia de las personas en condiciones
de vulnerabilidad, 2012).
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Metodologías
La metodología adoptó un enfoque cuantitativo, de tipo descriptivo, con
diseño observacional, retrospectivo y longitudinal. Es descriptivo según el nivel
de análisis en el que se busca conocer la prevalencia e incidencia de los casos de
ASI; es retrospectivo porque se recurre a fuentes secundarias mediante la revisión
documental; y es longitudinal porque toma las mediciones de 60 meses, a partir
del año 2013 hasta 2017.
La investigación se circunscribe al contexto psicogico jurídico – forense.
La fuente de información se encuentra en los casos registrados en el CAV –
Ñeembucú, en los últimos 5 años.
Para responder a los objetivos de la investigación y realizar el análisis de
los casos, se ha tomado como base la población vinculante de hechos de ASI
denunciados y atendidos en el CAV, en los últimos 60 meses; mediante la revisión
documental, se ha podido cuanticar la variable de interés, así como las variables
de caracterización: edad, género, ubicación geográca de la comisión del hecho y
las unidades penales encargadas de la investigación.
Criterios de inclusión: en este trabajo se tuvieron en cuenta los tipos penales:
Abuso sexual en Niños y Abuso sexual en personas bajo tutela; con antecedentes
de denuncias penales recibidas durante el periodo 2013 a 2017.
Es preciso aclarar que en algunos de los casos, las edades de las víctimas de
hechos de abuso sexual, sobrepasan la edad determinada en el código penal, debido
a que las denuncias no se realizaron al momento de la comisión del hecho. Gráco 3
Criterios de exclusión: No se incluyeron en la investigacn, los casos
atendidos en relacn con: Maltrato de niños y adolescentes bajo tutela, Estupro,
Actos homosexuales con personas menores, Proxenetismo y Pornografía relativa a
niños y adolescentes, que también forma parte del Catulo VI – Hechos Punibles
contra Niños y Adolescentes. (Código penal paraguayo y código procesal penal:
Ley n.° 3440/2008 Modicación del Código Penal Paraguayo, 2008, p. 71).
Resultados, discusión y análisis:
A continuación, se exponen los principales resultados que permiten aportar
discusiones sobre la línea de investigación.
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Figura 1
Total, de casos atendidos en el CAV, periodo 2013 – 2017
Fuente: Elaboración propia en base a los registros consultados
Se visualiza, el total de los casos atendidos, distribuidas por las distintas
unidades encargadas de brindar asistencia, a las víctimas del ASI de la región.
Figura 2
Distribución de casos atendidos en el CAV, periodo 2013 – 2017
Fuente: Elaboración propia en base a los registros consultados
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En cuanto a la frecuencia total de casos atendidos, aparece un crecimiento
sistemático en los últimos cinco años. De esta manera se puede notar la incidencia
del ASI en el Departamento de Ñeembucú.
Como fenómeno, es preocupante, en atención a que se trata de una poblacn
vulnerable debida a la edad, y a que ese hecho puede causar secuelas de corto
y largo plazo (Ocampos de Godoy, 2005) en las personas que han sufrido, en su
cuerpo y su persona, el sometimiento por parte de un adulto, que utiliza su poder y
su autoridad para establecer una relación sexualmente abusiva, con la víctima.
Figura 3
Distribución de casos según las unidades penales
Fuente: Elaboración propia en base a los registros consultados
La población total asistida y registrada es de 91, entre el periodo 2013 a 2017.
En función porcentual se visualiza una incidencia mayor en las unidades penales de
la Fiscalía Regional de Pilar. Las zonales, aunque con menor incidencia, igualmente
revisten una signicativa proporcn.
El 2% restante corresponde a solicitudes de scalías zonales del departamento
de Misiones, que pertenece al Área XII, conjuntamente con el departamento de
Ñeembucú. Estas solicitudes obedecen a inhibiciones o excusaciones de profesionales,
psicólogas o trabajadoras sociales, de dichas zonales para la realización de la
evaluación psicológica o socioambientales.
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Figura 4
Casos atendidos en el CAV, según edad
Fuente: Elaboración propia en base a los registros consultados
Se visualiza un rango de edades que abarca de 3 a 19 años, en las víctimas
asistidas en el CAV. La prevalencia de edad es de 13 años.
Es preciso aclarar que, en algunos de los casos, las edades de las víctimas
de hechos de abuso sexual, sobrepasan la determinada en el código penal, debido
a que las evaluaciones no se realizaron al momento de la comisión del hecho. Se
ingresaron como causas de ASI, porque, en los ocios recibidos, se caratularon como
tal. Además, se debe tener en cuenta, en atención al principio del interés superior del
niño, que el ASI es prescriptible, una vez superado la mayoría de edad, la víctima
dispone de un lapso de veinte años con para realizar la denuncia pertinente. La ley,
como menciona el Código Penal en su art. 135a:
El que realizara actos sexuales con un niño, o lo indujera a realizarlos en sí
mismo o a terceros, será castigado con pena privativa de libertad de cuatro a
quince años. Con la misma pena será castigado el que realizara actos sexuales
maniestamente relevantes ante un niño y dirigidos a él, o lo indujera a
realizarlos ante sí o ante terceros (2017).
De acuerdo al gco, se puede inferir que hay una discrepancia entre la
cantidad de víctimas y las causas en las que se solicitó, ocio mediante, la atención
psicológica y/o socioambiental. Esto obedece a que, en una causa, puede haber más
de una persona víctima de un mismo agresor. Comúnmente esto se da en el ASI
intrafamiliar.
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Figura 5
Casos atendidos en el CAV, según género
Fuente: Elaboración propia en base a los registros consultados
La prevalencia, con relación al género, es el femenino, de manera signicativa.
Esto coincide con las investigaciones realizadas a nivel mundial, mencionado por
(Zawadzki, 2005; Cantón Duarte & Cortés Arboleda, 2000; Molina, 2017).
Figura 6
Ubicación geográca de la comisión del hecho
Fuente: Elaboración propia en base a los registros consultados
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Como se observa, el hecho se produce, mayoritariamente, en la capital del
Departamento del Ñeembucú, seguido por la Zonal de Alberdi. No obstante, la
comisión del hecho se distribuye a lo largo del departamento, afectando a localidades
distantes.
Reexiones nales y/o conclusiones:
Si hablar de la sexualidad es un tema difícil, el hacerlo acerca del abuso
sexual lo es mucho más, pues nuestras dicultades no son lo de contenidos, sino a
esto, se suman nuestros miedos y nuestros prejuicios para tratar el tema (Rehnfeldt,
1995). A pesar del tiempo transcurrido esta reexión sigue aplicándose en lo que se
reere a este fenómeno.
En base al objetivo de la investigación, se constata que hay un aumento
progresivo en la incidencia de casos de ASI, atendidos en el CAV, en los últimos
cinco años. En la ciudad de Pilar, hay una prevalencia mayor, con respecto a las
demás localidades del departamento de Ñeembucú.
Se comprueba que las niñas y mujeres son más vulnerables de sufrir este hecho
punible. El índice de niños o adolescentes varones abusados es poco signicativo.
En cuanto a la edad, se puede constatar que las mismas oscilan entre los 3 y
los 19 años, siendo de mayor prevalencia la edad de 13 años. Ya se ha explicado que,
aunque el código penal delimita este elemento, en el CAV se atendieron a víctimas
de mayor edad, de acuerdo a los ocios de solicitud. Esto se explica, en la dinámica
del ASI intrafamiliar, según Batres, pues, los sentimientos de vergüenza y culpa que
experimentan las víctimas, refuerzan el secreto o llevan a la revelación tardía de la
experiencia traumática (Batres Méndez, 1997), otras veces, a la Retractación por
parte de las niñas, niños y adolescentes.
Para nalizar, en el Plan de Acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia,
se señala: "No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el
desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso
de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana" (Legendre, 2006).
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