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Del crimen organizado a la crimilegalidad
José Vicente Caballero Quiñónez - pág. 49 - 66
ARTÍCULO ORIGINAL
Del crimen organizado a la crimilegalidad
Aproximaciones descriptivas del crimen organizado y el enfoque de las
políticas de seguridad
From organized crime to crimilegalidad
Descriptive approaches of organized crime and the security policies
perspective
Joaju tembiapovairãgui ojeva léitembiapovairãme
Joaju tembiapovairã ñemombe’u ñepyrũ política de seguridad jehecha
rupive
José Vicente Caballero Quiñónez
Ministerio Público. Asunción, Paraguay
Resumen
El estudio del crimen organizado comporta un imperativo actual, que revela
en su particular esfera, la ausencia de un consenso en la sistematización de los
conocimientos anes a la disciplina criminogica y que deriva en una insuciente
contribución de cara a su aplicación pragmática en el marco jurídico y político –
social. Éste trabajo expone pues un limitado pero válido aporte a ésta monumental
empresa que continua como deuda de la Escuela Criminogica. Particularmente,
se propone exponer las derivaciones substanciales que suscriben las deniciones
conceptuales que entrega la disciplina como tal, el requisito fundamental del análisis
particularizado de las experiencias alrededor del orbe, y la inecaz implementación
de políticas de seguridad que se promueven a partir de su tratamiento en las
instancias multilaterales. Vale decir que, los delitos transnacionales constituyen
un fenómeno incipiente en constante reinvención, aanzamiento y expansión tanto
en América Latina como en Europa, zonas geogcas que alude someramente el
presente artículo.
* Recibido: 28.02.19 Aceptado: 22.05.19
Asesor de la Dirección de Planicación del Ministerio Público. Email: jvcaballero@yahoo.com
Licenciado en Psicología por la Facultad de Filosofía por la Universidad Nacional de Asunción. Maestrando de la Maestría
Internacional en Derechos Humanos con Énfasis en Convencionalidad por la Universidad Columbia/Corte Suprema de
Justicia/Instituto Interamericano de Derecho Humanos de la OEA (IIDH/OEA). Especialista en Psicología Jurídica y Forense
de la Universidad Autónoma del Paraguay UAP Pierre Fauchard. Especialista en Ciencias Penales por la Universidad del
Pacíco. Especialista en Gestión de Políticas Públicas y Género por el Rectorado de la Universidad Nacional de Asunción.
Diplomado en Políticas Publicas Locales de Convivencia y Seguridad Ciudadana por la Universidad Externado de Colombia.
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Palabras clave: Crimen organizado, delitos transnacionales, políticas estatales,
seguridad.
Abstract
The study of organized crime reveals the lack of consensus in the
systematization of expertise related to criminology which leads to insucient
contribution to its pragmatic implementation in the legal and sociopolitical
framework. This paper is a limited but valid contribution to the Criminological
Science. In particular, this investigation reveals the substancial referrals subscribed
in the conceptual denitions, also the analysis of experiences around the globe, and
the ineective implementation of security policies that are promoted at multilateral
forum. It is worth noting that, transnational crime constitute an emerging problem
in constant reinvention, strenghening and growth in Latin America and Europe.
Key words: organized crime, transnational crime, state policy, security.
Ñemombyky
Koãga rupi ningo tekotevẽ eterei oñehesaỹijo porã pe joaju tembiapovairã
jekue, ojehechauka ijeréregua, noñeguahẽi rupi peteĩ ñeẽme ojekuaa porãve haguã
hekoitépe ko tembiapo vai, upéicha rupi sai ojekuaa pypuku oñembohape haguã
ikuéra ha tapichakuéra apype. Ko tembiapo omombeu mbykymi, nomombeupái
ha ikatuete omoirũta ojekuaa porãve hag koãmbae tuichaitéva are guivéma
ohaarõva Escuela Criminológica. Koápe emyesase mbaéichapa oñeikũmby
ko mbae hérava criminología ha mbaembaépa ogueru hapykuéri, ohesa’ỹijo avei
opaite tembiasa oĩva ko yvy apére, ha upéicha avei ohechauka mbaépepa ojejavy
umi pokatu ñangarekorã oñemokyreva oñerire koã mbaére opaite hendárupi.
va heise hína, umi mbaevaieta ojejapóva ñane retã ha ambue tetã rupi ipyahuha
ha oñemboheta hetaveha ha péicha ojepyso, isarambi ha ojekuaa orupi América
Latina ha Europa-pe umi tenda rehe oñeẽ avei ko kuatiañeẽ.
Ñe’ẽ tee: Joaju tembiapovai, mbaeapovai tetã ojapyharáva, pokatu estado
mbaéva, ñangarekopy.
Introducción
El crimen organizado encierra un amplio acervo de perspectivas polisémicas
e igualmente anes, si bien todas culminan en el acento de la criminalidad en
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tanto que, la actividad delictiva de un grupo estructurado, recubre una substancial
problemática, dado que aprehende un punto de encuentro en la sistematización de
sus saberes.
Así, son entendidos como crimen organizado: el tco de drogas, la
falsicación de productos, la trata de personas, y otras tipologías que imputan un
inmenso universo que impide, delimitar la exclusión de aquellas que no reúnen a
cabalidad los requisitos estipulados, por lo que el cimiento de ésta categoría resuelve
a n de cuentas, más ambivalencias que certezas. Por lo mismo, el tratamiento de
alternativas ecaces para la resolución de ésta laguna, fue el fundamento central de
la elección de la temática.
Este equívoco se evidencia tanto en la teoría como en la práctica, así lo relatan
las premisas conceptuales y las políticas públicas de seguridad implementadas, que
testimonian antecedentes decientes, a causa en partes de la dinámica de constante
evolución que caracteriza a los delitos transnacionales, su profesionalización,
expansión y la apuesta sagaz de erigirse como contrapoder en el seno de los Estados.
El presente artículo suscribe un alcance descriptivo del crimen organizado y
el enfoque que, basado en lo que ofrece la literatura actual, distinguió a las políticas
de seguridad desde los organismos multilaterales de América Latina y la Unión
Europea, es pues éste su principal cometido.
Consta de un punto de partida que expone la correlación del signicante
mediático de la categoría en cuestión y del abordaje que cobró desde los organismos
dedicados a combatirla. Seguidamente describe las aproximaciones conceptuales
que fueron de mayor relieve y síntesis en la revisión teórica, puesto que formulan el
contraste para la problematización.
Tras estas primeras introducciones, se exponen dos breves esbozos por un
lado los aportes del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en adelante
PNUD y la Unión Europea, y por el otro, la preponderante manifestación de
criminalidad en Latinoamérica. Dos caras que parecieran ampliamente distantes pero
que se funden en realidades comunes que no terminan de asemejarse cualitativamente
por las herramientas y medios que los grupos criminales rinden en una y otra región.
Adicionalmente, desde una mirada cuasi conclusiva, se presenta el
disparador de la noción de crimilegalidad, una dura crítica a las miras legitimadoras
de estas formas de organización desde el marco jurídico ya sea por la ausencia de
voluntad política para plantear nuevas normativas de colisión o por la admisión de
alternativas jurídicas que las legitimen, éstas últimas, atestaciones agrantes de la
corrupción en los diversos poderes estatales.
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En últimos términos, la discusión y conclusión resuelven una vía alterna para
la sistematización de los lugares transversales que hacen referencia a la criminalidad
transnacional – organizada: los aspectos políticos, económicos, sociales y jurídicos,
en perspectiva al enfoque de delimitación de la problemática que demanda el
estadio actual de éste fenómeno global.
El trazado culmina nalmente, con la exposición de las recomendaciones
que sucesivamente se asientan con la simple intelección de los apartados que lo
componen.
El Punto de Partida
El abordaje mediático de los sucesos relacionados al crimen organizado,
aparentan estar desvinculadas unas a otras, pero inlitamente establecen una
introducción a un campo particularmente complejo y que, al mismo tiempo posee
cierta indeterminación conceptual. Dicha ambigüedad conceptual constituye
además un reto para la Criminología y las Ciencias Sociales, pues, no impide
que existan de manera privativa políticas públicas de seguridad que incluyan el
problema como un ámbito de intervención, sino que además cuenta con instancias
internacionales dedicadas a este n.
Respecto a las informaciones periodísticas, es posible aludir al tema de trata
de personas para nes de explotación sexual y laboral como arquetipo. Éste ocupa
el tercer lugar como el negocio ilícito más lucrativo pero a su vez es superado por
los tipos delictivos de: narcotco y tráco de armas (Martínez, 2018).
A este respecto: ¿Es posible aproximarse al complejo panorama delictivo y
criminal que dan cuenta las informaciones difundidas de manera masiva por los
medios de comunicación sobre el crimen organizado y que terminan acuñando
en la ciudadanía? ¿Qué permite distinguir, describir dicha expresión y qué
dimensiones de los problemas planteados quedan fuera de la denición?
En esta línea se pretende constituir una aproximación a la noción de crimen
organizado conjuntamente a las líneas conceptuales de autores que labraron un
importante acervo, y para a partir de ello pensar los actuales problemas que
emergen en el ámbito de la seguridad y de las posibilidades del Estado para
gestionarlos.
Aproximaciones Teórico - Conceptuales
La noción de −crimen organizado− posee un rasgo paradójico; por un lado,
se lo considera como una de las amenazas multidimensionales más graves para
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la seguridad pública y nacional de los Estados con la potencialidad de provocar
graves consecuencias económicas, sociales y políticas, mediante la afectación del
funcionamiento de las instituciones gubernamentales, impidiendo el desarrollo
regular de la democracia en los países, de acuerdo a lo que indica Alfaro (2017).
Pero por otro lado, se caracteriza por la fragmentación y persistencia de
problemas de índole conceptual. A pesar del infructuoso afán de esclarecimiento,
se cuenta con características detalladas, vale decir, siguiendo a Mario Montoya
(2004), la organización en alta escala; la racionalidad del tipo empresario de
la “corporación criminal” que ofrece bienes y servicios ilícitos (tales como
estupefacientes o prostitución), por lo mismo la explotación laboral o el usufructo
de medios violentos para la adquisición del monopolio mercantil, el establecimiento
de lazos en el medio político, la corrupción conjuntamente a los dispositivos de
seguridad nacional y al poder que administra la justicia mediante la extorción o
amenazas homicidas.
Sin embargo, en la actualidad no se arribó a acepción alguna que reúna
el acuerdo sobre la episteme en cuestión, dado que se incrusta la discrepancia
académica en el debate estimativo de las categorías de: cr imen o cr iminalidad
e “ilegalidad−” tal y como lo expone Julio Virgolini (2004):
En denitiva, es tan difícil trazar la línea que separa el crimen organizado
del crimen (relativamente) no organizado como la que distingue el primero
del delito de cuello blanco: cada uno de estos pueden representar como
conceptos abstractos, tipos ideales respecto de los cuales las distintas
formaciones criminales se acercan o se alejan, se asemejan o se superponen,
se confunden o entrecruzan (2004, pág. 218).
Asimismo, existe una tendencia a fusionar diferentes tipos de actividades y
actores en las narrativas sobre el crimen organizado según Schultze-Kraft (2016).
En este contexto, las Naciones Unidas denió unas seis amenazas a la
seguridad colectiva en el nuevo contexto global, son estas: las económicas y
sociales; los conictos entre Estados; los conictos internos; las armas nucleares,
radiogicas, químicas y biológicas; el terrorismo; la delincuencia organizada
transnacional, y para enfrentarlas se establecieron cinco criterios para que el
empleo de la fuerza tenga legitimidad: que se asegure la gravedad de la amenaza;
el propósito del uso de la fuerza militar y su aplicación correcta; es decir, sea
admitido ante una inminente ausencia de alternativas, como último recurso;
que exista una proporcionalidad de los medios; y se formule un balance de las
consecuencias (Aravena,2008).
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Por tanto, pese a los inconvenientes conceptuales que distingue al “crimen
organizado” como campo de investigación de las ciencias sociales, existen ideas
pensadas por organismos internacionales para desarrollar acciones en términos
de políticas estatales y culminan fungiendo de epicentro referencial en tanto que
fusionan las dimensiones teóricas y pragmáticas en orden a las políticas pública.
De esta forma, por ejemplo, vale referir a la Declaración sobre Seguridad en
las Américas, realizada en México en el año 2003, la cual establece una visión
multidimensional de las amenazas y además enuncia dentro de ellas al Crimen
Organizado Transnacional.
En este sentido, en lo atinente a los problemas conceptuales, y en el ámbito
de la comunidad internacional, el avance más signicativo respecto al encuentro
de un terreno común en cuanto a criterios, fue la Convención de las Naciones
Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional, conocida como Convención
de Palermo. En ésta reunn que data del 15 de noviembre del año 2000, la
Asamblea General de la ONU adopta directivos generales para la lucha contra
ésta modalidad criminal, por medio de la resolución A/RES/55/25 y entra en vigor
en el año 2003.
Para febrero de 2016, alrededor de 147 Estados fueron signatarios y un total
de 186 Estados parte de la Convención. Precisamente en el artículo 2, el tratado
internacional ofrece las siguientes deniciones de −grupo delictivo organizado y
delito grave−:
a) Gr upo delictivo organizado se entenderá un gr upo estr ucturado de tres o
más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente
con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipicados
con arreglo a la presente Convención con miras a obtener, directa o
indirectamente, un benecio económico u otro benecio de orden material;
b) Delito grave: se entenderá la conducta que constituya un delito punible
con una privación de libertad máxima de al menos cuatro años o con una
pena más grave (UNODC, 2004, pág.5).
El carácter transnacional implica la suma de las siguientes características:
- Se comete en más de un Estado,
- Se comete dentro de un solo Estado, pero una parte sustancial de su
preparación, planicación, dirección o control se realiza en otro Estado,
- Se comete dentro de un solo Estado, pero entraña la participación de un
grupo delictivo organizado que realiza actividades delictivas en más de un
Estado o;
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- Se comete en un solo Estado, pero tiene efectos sustanciales en otro Estado
(Ibídem).
Aportes del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Unión
Europea
Teniendo en cuenta como base referencial y conceptual, la denición de la
Delincuencia Organizada Transnacional que ofreció la Convención de Palermo se
incorporaron en el marco de la comprensión y análisis de esta amenaza, nuevas
valoraciones que amplían el espectro de su alcance que recoge el PNUD:
Delincuencia organizada incluye toda acción delictiva organizada y
prolongada en el tiempo, cuya capacidad de sustraer y proveer bienes y
servicios recae en el uso de la corrupción, la coacción y en algunos casos,
la violencia. Unos delitos se vinculan a nivel local con la delincuencia
organizada, otros traspasan ese ámbito a la dimensión transnacional, como
la trata de personas y el tráco de drogas, personas o armas (2004, pág. 21).
Asimismo, la Unión Europea cuenta con una experiencia creciente marcada
por el narcotráco, el cibercrimen y la trata de personas con aproximadamente
5.000 grupos criminales organizados investigados en la actualidad por la Europol,
un incremento considerable de al menos 1400 por sobre el corte declarado para
el año 2013 (de 3400 grupos criminales organizados en toda Europa). En lo que
concierne a su radiografía:
Entre un 30% y un 40% de los grupos tienen una estructura exible. Casi
un 20% se montan por poco tiempo y para acciones concretas. De estructura
muy jerarquizada, un 76% del total tiene seis o más integrantes, siete de
cada diez operan en más de tres países y un 10% está presente en más de
siete Estados.
Un 45% de las bandas se dedican as de una actividad delictiva, lo que ha
crecido considerablemente desde 2013, tanto para reducir riesgos y costes
como para aumentar benecios. Con gran exibilidad para cambiar de
sector, muchas veces solo se activan cuando surgen nuevas oportunidades
de ganar dinero (Rivas, 2017).
Con este enfoque esclarecido, el Organismo Europeo ha podido avanzar
en cuanto a los criterios para delimitar conceptualmente el Crimen Organizado y
que sirven como un aporte a este ejercicio.
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Los criterios son:
Si bien es cierto que el Crimen Organizado comparte en su accionar las
mismas causas socio-económicas que la −delincuencia común− es importante
señalar que la −delincuencia trasnacional− posee diferencias con respecto a la otra;
Francisco Rojas Aravena (2008) identica varios elementos diferenciadores que
pueden analizarse:
El Crimen Organizado posee una marcada jerarquización en su organización
estructural asimilándose tanto en formación como en operación a una −empresa−,
la cual responde a los intereses que se buscan; no obstante la conformación de este
cuadro de autoridades− si bien es cierto dene con precisión los poderes de mando,
por su misma conformación jerárquica, en ningún momento por la ausencia de uno
de ellos la organización desde el punto de vista funcional desaparece.
Su capacidad de especialización en los ámbitos de su ejercicio es muy alta, y a
todo esto lo acompañan grandes inversiones tecnogicas para su perfeccionamiento,
lo cual constata las posibilidades de adaptarse a los contextos mundiales, tanto así
que no solamente actualiza sus métodos delincuenciales, si no que supera en cuanto
a adquisición de tecnología aplicada a los Estados, de ael acuñado término de
Crimen Organizado−.
• La relación de esta delincuencia mundializada con el Estado es lo que permite
conformar sus caracteres propios: la búsqueda de estabilidad y de subsistencia en el
aparato del Estado es su principal objetivo, no pretende pues mantener o apropiarse
del monopolio estatal de su ejercicio, al contrario necesita de las instancias del
Estado, de sus poderes, instituciones, hasta de su proyección; entonces su búsqueda
radica en encontrar grados de impunidad mediante la corrupción de los funcionarios
estatales, distinguiéndose así pues del terrorismo que su n está congurado por
razones ideológicaspolíticas.
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Por lo mismo, se tiene que este tipo de organizaciones se caracterizan de
igual manera por su grado de pertenencia, ya sea a su contexto social, familiar
o nacional, esto permite que exista una identicación con los objetivos buscados,
que como se ha inferido anteriormente no responden a nes ideológicos, si no
más eminentemente lucrativos, lo cual hace que se generen relaciones entre ellos
sumamente cohesionadas, aclara Alfaro (2008).
La preponderante manifestación de criminalidad en Latinoamérica
Algunos autores hablan de las −cinco guerras de la globalización− en referencia
a la idéntica cantidad de expresiones del crimen organizado contemporáneo: los
tcos ilegales de drogas, armas, propiedad intelectual, personas y dinero. Sin
embargo, estas cinco manifestaciones de la criminalidad no se presentan con
igual fuerza en América Latina: la principal manifestación de la criminalidad en
América Latina es el tráco de drogas, una actividad donde la Junta Internacional
de Fiscalización de Estupefacientes en adelante JIFE observa una creciente
profesionalización. Esto a su vez responde a la función neurálgica que desempeña
Latinoamérica en su territorio como zona de producción y tránsito, tal y como lo
indica el siguiente cuadro de Pérez (2014):
Figura 1
Función de cada región en la ruta de la droga
Fuente: Pérez (2014)
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Con la ilustración anterior, vale además agregar el valor monetario que
representa el mercado de las drogas en la delincuencia transnacional, en este orden
para el año 2011, se estimó en unos 320 mil millones de dólares, mientras que para el
año 2016 ascendió a 435 mil a 610 mil millones de lares, cifras que se distribuyen
tanto en la zona de producción, de tnsito como en la de consumo, siendo las dos
primeras las que afectan directamente al presente artículo.
Debe subrayarse que, el tco de drogas es el agelo a partir del cual se
potencian directa o indirectamente el comercio ilegal de armas pequeñas y livianas;
la industria del secuestro; el contrabando; la corrupción y otros ilícitos (Bartolome,
2010). A su vez, la cuestión del narcotráco enfrenta también tensiones. Es a
que desde el 2009, cuando se creó la comisión latinoamericana sobre drogas
y democracia, los ex presidentes de Colombia, Brasil y xico (Cesar Gaviria,
Fernando Henrique Cardozo y Ernesto Zedillo), declararon públicamente que las
políticas sobre drogas basadas en la represión a la producción y la criminalización
del consumo fracasaron durante el lapso de implementación de las mismas en sus
respectivos mandatos durante la segunda mitad de la década de los 90 y de cara a
los primeros lustros del nuevo milenio. Esta declaración de la comisión evidenciaba
la necesidad de un cambio de paradigma en las políticas destinadas a afrontar las
diversas problemáticas que se desprenden del narcotráco.
Bagley distingue al respecto seis puntos:
Primero, el consumo; segundo, la guerra contra las drogas en la región andina
y otras subregiones; tercero, las consecuencias no intencionales de las victorias
parciales que se han logrado en los últimos 40 años en una guerra liderada
por los Estados Unidos en América Latina y que, desde mi perspectiva, no ha
sido sólo un fracaso sino también contraproducente para los intereses de este
país como para el resto de países del continente. Este fenómeno se observa,
principalmente, en países como Colombia, México, en países de la región
andina y la región centro americana, pero también ha logrado extenderse cada
vez más a países como Brasil, Argentina ampliando su efecto contaminador
hasta el occidente de África y Europa. Cuarto punto, la desinstitucionalización
provocada por esta guerra fracasada, es decir, la desinstitucionalización en
países del Triángulo Norte de Centroamérica, México, Colombia y otras zonas
alrededor del globo. Quinto, la corresponsabilidad de los Estados Unidos y,
lo que ha sido uno de sus errores fundamentales, su esfuerzo por insistir
en una política que notablemente ha fracasado. Finalmente, el sexto punto
plantea las alternativas, las consecuencias y los obstáculos de la legalización,
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la penalización y las políticas de reducción de daños, analizados desde una
perspectiva que confronta lo que ha sido del modelo de prevención liderado
por los Estados Unidos (2013, Pág. 26).
En lo que hace al panorama local, el crimen organizado en su notable expresión
se sintetiza ciertamente en el mercado de – grandes oportunidades – de la triple
frontera en donde se refugian y dinamizan sus actividades ilícitas grupos ligados al
terrorismo yihadista, la maa libanesa y Hezbollah, acomo las agrupaciones de
delincuencia indígena”9 , y los clanes de Chile, Colombia, Córcega, Ghana, Libia,
Italia, Costa de Marl, Corea, Líbano, Nigeria, Rusia y Taiwán que operan en una
escala menor.
No obstante, la - condecoración - internacional que reciben zonas como Ciudad
del Este o Amambay se circunscriben a la alta producción y comercialización de
drogas y la industria de la falsicación, sin dejar de lado el lavado de dinero, dado
que en este modelo de negocio transnacional la ciudad esteña recibe el tercer puesto
del podio mundial, superada solamente por Hong Kong y Miami (Chaya, 2018)
Desde esta perspectiva, no es un detalle menor la cuestión de la visión que
se disponga acerca del crimen –organizado– porque de ella se derivan iniciativas
en términos de políticas estatales en los que resulta clave, entre otras cuestiones,
resolver un desafío: “hoy, el principal desafío para los regímenes democráticos y las
políticas de defensa es la superposición de funciones entre las Fuerzas Armadas y la
policía, en el contexto de una aún débil conducción civil” (Aravena, 2008).
Precisamente Aravena señala que las tareas de defensa deben focalizarse,
profesionalizarse y adaptarse a las demandas del presente.
Aunque América Latina vive el momento de menor amenaza militar en su
historia, no está exenta de un conjunto de crecientes amenazas internas. Pero
la necesidad de reforma es más amplia y no se limita a la modernización de
los sistemas de defensa. Se requiere una reforma global del área de justicia y
seguridad, que incluya los tribunales, las cárceles, la defensa, la policía y la
inteligencia, además de la seguridad privada (2008. pág. 40.).
Esta reforma global se vincula con la denominada nueva violencia que es
9El autor del artículo citado -George Chaya- con esta expresión “delincuencia indígena” -tal vez demasiado castiza según
el autor- se reera a grupos maosos integrados por habitantes autóctonos o nativos de la zona en contraposición a ello se
debe colegir que la delincuencia no indígena remite a elementos y delincuentes que opera en suelo paraguayo pero proviene
del exterior : “…Los grupos de delincuencia indígena que operan en la zona incluyen a la Argentina, Brasil y a las maas
paraguayas. No obstante, fuentes policiales han indicado que organizaciones criminales no indígenas que operan en la zona
de la Triple Frontera incluyen a grupos delictivos de Chile, Colombia, Córcega, Ghana, Libia, Italia, Costa de Marl, Corea,
Líbano, Nigeria, Rusia y Taiwán…”
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resultado, sobre todo, del accionar de la criminalidad transnacional. El crimen
organizado amenaza la estabilidad y, principalmente, la capacidad de gobernabilidad
democrática. Las maas internacionales pueden aprovechar más rápidamente que
los gobiernos los avances en tecnología y comunicaciones. Han logrado una gran
capacidad de coordinación mediante la articulación de redes ilegales. En muchos
casos, su accionar supera las fronteras de un Estado. Es por lo tanto, un tema
transnacional, que requiere de la cooperación para poder enfrentarlo de acuerdo a
Aravena (2008).
Sin embargo, más allá de las diferencias, en general sus causas se vinculan a
situaciones de exclusión, segregación y marginación, a la escasa movilidad social,
la falta de esperanzas, el fácil acceso a armas livianas y la persistencia de ciertas
prácticas culturales y tradiciones sociales, entre otros factores. Estudios globales
indican que una mayor desigualdad genera una mayor polarización y más violencia
social, medida similar entre en el número de homicidios y en los índices de robos.
Dado que, y siguiendo al mismo autor, en muchos países de la región, la respuesta
de las elites a estos problemas es involucrar a las Fuerzas Armadas.
El concepto de –nueva amenaza– dentro del terreno de los delitos transnacionales,
engloba la proyección de militarización, se ha presentado como una nueva denominación
a los nales de los 90, y nuevamente compone polémicas perspectivas según lo proere
Fontana (2003): ya que generalmente se tratan de reversiones de clásicas formas de
crimen organizado reactivados con el aliciente de la globalización, es decir, versan en
realidad sobre tradicionales amenazas con una peculiar modicación: la imprevisibilidad
del impacto en los países, por tanto el desconocimiento del impacto del riesgo para las
naciones. En palabras de Gorgal (2004):
Es evidente que el concepto de nuevas amenazas no es de utilidad para
analizar los delitos transnacionales, lo ha cumplido un rol funcional que
ha facilitado en algunos casos la militarización de estos fenómenos.
Asimismo, el concepto engloba otros tipos de problemáticas que exceden a
los delitos transnacionales. En efecto, el listado de nuevas amenazas abarca la
cantidad de fenómenos diversos, desde la lucha contra el terrorismo hasta la
pobreza extrema, por lo que dicho concepto no es de utilidad para denir qué
tipo de políticas y que aparatos del Estado deben actuar para dar cuenta de los
problemas (2004, pág: 300 - 301).
A este propósito, Eissa (2015) sugiere que la solución contrariamente a la
militarización, reside en la cooperación internacional y el fortalecimiento de las
capacidades del Estado, no solo lo vinculante a la seguridad regional y la seguridad
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pública, sino también el involucramiento de la Educación, la Salud, la inversión para
el desarrollo social como herramientas para dar colisión a los delitos transnacionales.
¿Crimen organizado o emergencia de la crimilegalidad?
Una línea interesante de abordaje del tema desarrollada recientemente, es la
propuesta de Schultze-Kraft (2016) con su concepto de −crimilegalidad−. A este
autor le interesa comprender:
Cómo los patrones regulares de intercambio e interacción social que se
extienden sobre una división asumida entre los ámbitos de la legalidad (mundo
legítimo) y criminalidad (bajo mundo ilegítimo) inuyen en el carácter,
la forma y la evolución de los órdenes políticos. Schultze-Kraft apunta a
“iluminar las áreas grises de estatalidad limitada que se encuentran en algún
lugar a lo largo de un continuo que se extiende desde el mundo −radiante− de
la legalidad hasta el mundo −oscuro− de la ilegalidad/criminalidad. Es este
dinámico, uido y hasta el momento insucientemente entendido ámbito de
la −crimilegalidad− el que es de interés primordial para mí” (Schultze-Kraft,
2016; pág. 29).
Con esta propuesta se apunta a un avance sobre dos escuelas de pensamiento
que desde la década de 1970 dominan la investigación académica sobre el crimen
organizado. El enfoque de la elección racional económica que sostiene que el crimen
organizado y las maas son una empresa económica especíca, una industria que
produce, promueve y vende propiedad privada. Este enfoque se centra exclusivamente
en el rol de estas organizaciones como proveedoras de protección (en otras palabras,
la extorsión); un segundo enfoque se ha centrado en “las variables locales culturales,
sociales, económicas, políticas e históricas de cada sociedad con el n de entender el
surgimiento de grupos de crimen organizado en el seno de las mismas.
Además, los investigadores han analizado el crimen organizado variadamente
como una burocracia, una empresa privada, una institución política y como una red
social transnacional.
En lo que respecta al cariz de empresa privada se aduce una miscelánea
entre la economía legitima o legal y aquella que es producto de actividades ilícitas
que no obstante supone una explicación sencilla y lógica mediante la teoría de las
organizaciones puesto que desde la mirada de la actividad económica, dice Virgolini
(2004), el crimen organizado cobra el mismo sentido que cualquier otra actividad
legal.
Frente a ambas posturas, Schultze-Kraft percibe a “la crimilegalidad como un
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conjunto de patrones regulares de intercambio e interacción social entre el Estado y
actores no estatales, públicos y privados que se sitúan en los márgenes de, o están
agrantemente en contravención a la ley establecida en un lugar y momento dado.
Estos intercambios e interacciones sociales están situados en las zonas grises
que se encuentran en algún lugar del continuo que se extiende desde el ámbito de
la legalidad hasta el de la criminalidad. Si bien estos intercambios e interacciones
pueden estar –y en realidad lo están a menudo– orientados a generar ganancias
económicas privadas, individuales o colectivas, también producen legitimidad,
exoneración judicial y, en última instancia, orden político y social.
Contrastando crimilegalidad con la noción de orden racional - legal de Weber
e interrogando las explicaciones recientes de Francis Fukuyama y Douglass North,
John Joseph Wallis y Barry R. Weingast, sugiere que especialmente en los países
de ingresos medios y en transición en el sur global, emerge como un fenómeno con
características vinculadas estrechamente con el orden político y social(Schultze-
Kraft, 2016).
La pregunta del autor apunta a explorar la posibilidad de concebir órdenes
políticos que se basen en la ilegalidad y la criminalidad y no en la legalidad como
principios ordenadores, y si la legalidad y la ilegalidad/criminalidad pueden coexistir
–y de hecho lo hacen– a lo largo de un continuo que abarca la brecha asumida entre
los dos ámbitos.
Schultze-Kraft, señala:
“Sostengo que es este tipo de orden político, el orden crimilegal, el que se
encuentra hoy en emergencia en muchas partes del sur global, particularmente
en los países de ingresos medios y en transición, así como en las zonas
desfavorecidas y marginadas de los Estados del norte. Un orden crimilegal
no es ni “moderno” ni “no moderno, sino que combina e integra elementos
de ambos. Instituciones y organizaciones “legales” coexisten e interactúan
con las “ilegales” y “criminales”. Las dispensas constitucionales y legales
formales coexisten e interactúan con el patrimonialismo y el clientelismo. Los
patrones regulares de intercambio social y la interacción que tiene lugar en las
zonas grises que se encuentran entre la legalidad y la ilegalidad/criminalidad
crean su propia “ley”. La crimilegalidad crea crimilegitimidad” (Schultze-
Kraft, 2016; pág. 37).
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Conclusión
En esta posición, la discusión y la conclusión se entrelazan indefectiblemente
al sopesar que tanto las aplicaciones de las políticas públicas de seguridad a nivel
global se hallan sometidas en una nebulosa direccional que diculta la determinación
del causal clave de la criminalidad per se y por tanto, de la implementación de
medidas que combatan las diversas formas de guerra global.
A este respecto, dadas las deniciones establecidas, es claro que el menester
del análisis particular de la criminalidad en el seno de las sociedades comportan
una de las disyuntivas más signicativas puesto que, con la muestra simple de los
Estados parte de las Naciones Unidas, se tienen diversas tipologías de delincuencia
transnacional tales como: el de los órganos humanos, la fauna silvestre, la pesca
ilegal, material nuclear y las armas, los diamantes y piedras preciosas, prostitución,
cybercrimen, la minería, el oro, la madera, el arte, los combustibles y el universo
de la falsicación entre otros.
A más de ello resulta meritorio reiterar la conceptualización del crimen
organizado como nueva morfología de burocracia institucionalizada e inserta en
la política con la capacidad de articulación social transnacional. El mismo jugó su
mayor apuesta para perpetuar su existencia, se hizo parte del mismísimo Estado o
tomó la personaría tácita de ente productivo (de ilegalidad) rentable.
En este discurso, el corolario de éste breve diagnóstico epistemológico y
efímera crítica de políticas en términos gnoseogicos de la categoría aludida, señala
el impostergable afán de consensuar una base epistemológica clara y un lineamiento
de políticas de seguridad global universal pero que a su vez sea adaptable a las
particulares experiencias que se viven en la actualidad y a las formas que tornan
las organizaciones transnacionales, de manera a no correr el riesgo de aventajar,
con la desidia en algunas áreas, a aquellas maas consolidadas internacionalmente
con una dinámica propia, y en simultáneo evitar el apuntalamiento de aquellas
emergentes o en proceso de aanzamiento.
Esto sugiere la investigación de las condiciones en las que se desenvuelven
éstas organizaciones, la identicación de los jefes y de su capacidad organizativa,
los medios por los que alcanza la legitimación de su poder y liderazgo. Asimismo,
la delimitación del territorio, el modus operandi y vivendi, el capital y medios
disponibles, así como el poder político afín y vinculado a estos grupos.
Por lo que sigue, merecen en éste replanteamiento una merecida atención,
los aspectos social, económico y político, ejes cardinales para una aproximación
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integral a la inspección de los conictos que envuelve el crimen organización en
cada país, y para el diseño de potables vías resolutivas.
Y estos ángulos no suponen una intelección accesoria del planteamiento, dado
que cada uno deriva en la penetración de ámbitos clave, como el social que describe
el modus por el cual se cooptan a los adeptos e integrantes de estas organizaciones,
que comúnmente se tratan de carenciados que ambicionan un progreso económico,
la superación de la pobreza y el reconocimiento de la comunidad. Arista que, de
antemano propone la prevención por medio de la educación a más de la represión de
las organizaciones criminales.
El aspecto político, por su parte, gura el desafío de mayor envergadura
puesto que el crimen organizado logró incrustarse favorablemente en el seno de
los poderes estatales ya sean aquellos que promueven leyes o de aquellos que se
encargan de hacerlas cumplir, se erigió como un contrapoder interno dentro del
propio poder estatal, lo cual alerta de la misión acuciante de impulsar mecanismos
ecaces para combatir la corrupción.
Y en este mismo discurso, el aspecto jurídico envuelve la trama de la
denición epistemológica y pragmática en tanto que demanda el conocimiento del
enemigo– sus rasgos característicos de manera a formular propuestas legislativas
para el control de la problemática criminal. Citando nuevamente a Montoya (2004)
advertir que: “El crimen organizado resulta favorecido por la existencia de leyes
viejas, vagas, mal formuladas, parciales, numerosas, complejas, con contradicciones,
generalmente inspiradas en una visión sistemática del problema por no conocer en
profundidad el fenómeno que se combate” (2004, pág. 119).
Recomendaciones
Evidentemente, este breve trazado conceptual de lógica organizacional e
implicancias del crimen organizado, no ofrece una mirada conclusiva del cosmos
abarcativo que brinda la propia disciplina criminogica, ya que la misma atraviesa
una crisis epistemológica similar a la que sufren otras disciplinas incipientes que
emergieron como categorías de análisis auxiliares y que por sus contribuciones
signicativas han ganado su independencia ante otros saberes.
La criminología sin duda alguna es uno de estos paradigmas que exige
la urgente sistematización de sus conocimientos. Es pues éste el primero de los
aspectos que destacan en tanto que la categoría de crimen organizado evidencia la
ausencia de dicha sistematización, por lo que la primera recomendación se dirige
hacia la Academia Criminológica y a la praxis de la Política Criminal.
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En cuanto al ámbito más patente para las poblaciones, el plano socio
político y del orden jurídico en sí, la problemática exhorta a una observación social-
económica – jurídica y política del fenómeno de la criminalidad transnacional con
el propósito de coordinar las políticas criminales, hallar el punto de encuentro de
los interés políticos y económicos involucrados en aras a diseñar estrategias de
prevención, investigación y combate ajustados al marco jurídico local y acordes a la
envergadura que demanda este tipo de delincuencia, colocando un particular énfasis
en el combate de la corrupción en las instituciones estatales.
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