Artículo original

El narcotráfico: un problema social en la República del Paraguay

Drug Trafficking: a social problem in the Republic of Paraguay

Pe Narcotráfico ningo: peteĩ apañuãi guasu Paraguay Retãme

* Cinthia Elizabeth Villalba Ortigoza

https://orcid.org/0009-0005-2084-9145

Ministerio Público. San Estanislao. Paraguay.

*Cindy Magali Prieto Vera

https://orcid.org/0009-0001-6293-0866

Ministerio Público. San Lorenzo. Paraguay.

Resumen

La comercialización de drogas ilegales o narcotráfico se presenta como un problema que tiene aristas sociales, económicas, sanitarias y legales entre otras, cuyas consecuencias afectan no solo al adicto, sino a todos los miembros de la sociedad. De manera que, la investigación abordó este estudio como problemática social en la República del Paraguay y está enfocado en el análisis de la normativa nacional relativa al hecho punible del narcotráfico, previsto en la Ley n.°1340/88: «Que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y otros delitos afines y establece medidas de prevención y recuperación de farmacodependientes» y la revisión de las estadísticas relativas al consumo de la población juvenil de la Policía Nacional y la SENAD aplicado a estudiantes (2023), que comprenden 12 a 17 años, referentes al consumo de sustancias como: alcohol, tabaco, tranquilizantes y estimulantes sin prescripción médica, cocaína y mariguana. Para este efecto, se utilizó un enfoque cualitativo, con diseño no experimental, de tipo documental, con un alcance descriptivo. Se concluye que Paraguay cuenta con normas destinadas a la prevención y represión del narcotráfico, sin embargo, esto no obsta su consumo y la consecuente adicción, por lo que, para combatirlo es necesario el trabajo coordinado que permitan diseñar acciones multidisciplinarias por parte de las instituciones responsables. Es importante resaltar que, si bien afecta en mayor grado a poblaciones en condición de pobreza, es una situación que permea de manera transversal en todas las instancias de las clases sociales.

Palabras claves: Narcotráfico, SENAD, Ministerio Público, Policía Nacional, adicción, Paraguay.

Abstract

The commercialization of illegal drugs or drug trafficking is considered a problem that has social, economic, health and legal aspects, among others, whose consequences affect not only the addict, but all members of society. Therefore, the research approached this issue as a social problem in the Republic of Paraguay and is focused on the analysis of the national regulations related to the punishable act of drug trafficking, foreseen in Law n. 1340/88: “That represses the illicit traffic of narcotics and dangerous drugs and other related crimes and establishes measures for the prevention and recovery of drug addicts” and the review of statistics -regarding the drug abuse by juvenile population- of the National Police and SENAD applied to students (2023) between 12 and 17 years of age, regarding the use of substances such as: alcohol, tobacco, tranquilizers and stimulants without medical prescription, as well as cocaine and marijuana. For this purpose, a qualitative approach was used, with a non-experimental design, documentary type, with a descriptive scope. It is concluded that Paraguay has regulations aimed at the prevention and repression of drug trafficking; however, this does not hinder its consumption and consequent addiction, which is why, in order to combat it, coordinated work is necessary to design multidisciplinary actions by the responsible institutions. It is important to emphasize that, although it affects populations living in poverty to a greater degree, it is a situation that permeates transversally in all social classes.

Keywords: Drug trafficking, SENAD, Public Prosecutor’s Office, National Police, addiction, Paraguay.

Ñemombyky

Pe droga jejogua ha ñevende léipe oĩ’ỹva terã narcotráfico jegueroja ningo oñeñanduka ha’eha peteĩ apañuãi iñakãjaguáva opavavépe, kóva opokopaite rupi ñane economía, tesãi reko, léi-kuéra ha ambueve mba’ére, kóva ombyai ndaha’éi adicto-pe añónte ombyai avei ñande jeikove oñondive. Upéicha rupi ko jeporeka ohesa’ỹijo ko apañuãi guasu oikóva ñane Retã Paraguay-pe, ko mba’e ojehecha haguã oñehesa’ỹijo ñane retãmegua léi oñe’ẽva mba’evai’apo narcotráfico rehe oĩva Léi n° 1340/88-pe: «Ojokóva estupefacientes ha drogas peligrosa jegueroja ha ambue tembiapovai heseguáva ha omohendáva oñehenonde’a ha omyatyrõ haguã umi tapicha oñepohãnóva droga rupive» ha ojehecha mba’éichapa okonsumi mitãrusukuéra upevarã, oiporu Policía Nacional ha SENAD estadístika ojapova’ekue heta estudiante-pe 12 - 17 ary peve (2023-pe), omombe’úva ko’ã sustancia ñekonsumi taha’e: oporomonga’úva, petỹ, oporomombytu’úva, oporombyetia’éva, kokaína ha mariguána pohãnohára ome’ẽ’ỹre. Kovarã ojeporu pe enfoque cualitativo, upe diseño katu no experimental, oñemopyenda opaichagua kuatiañe’ẽme oĩva rehe ha upe guive omombe’u. Oñemohu’ãvo ojejuhu Paraguay oguerekoha heta léi oñeha’ãva ohapejoko ha ojoko narcotráfico. Ha jepémo upéicha, ndojokói ko adicción, kóva oñehenonde’a haguã oñeikotevẽ tembiapo joaju oñomoirũmba heta disciplina oĩva institución-pe ojejapova upevarã. Tekotevẽ ojehechakuaa, ko mba’e ojopy vaivéramo jepe imboriahuvévape, ohypýi ha ohupytyuka paite avei maymave tapicha aty oĩva guivépe.

Ñe’ẽ Tee: Narcotráfico, SENAD, Ministerio Público, Policía Nacional, adicción, Paraguay.

Introducción

El narcotráfico representa un problema actual que el Estado paraguayo no puede resolver, esta realidad genera situaciones graves en varios ámbitos de la sociedad, cuestión que es conocida por todos los ciudadanos y por las instituciones encargadas de combatirlo.

Por lo dicho, este artículo tiene por objeto analizar el narcotráfico como problemática social en la República del Paraguay. Se ha estructurado de la siguiente manera: en primer lugar, se detallan los conceptos más importantes, sobre los cuales se fundamenta el tema analizado. Posteriormente, se estudia los antecedentes históricos de los inicios del narcotráfico en el Paraguay, seguidamente, se expone la normativa nacional vigente en la materia, las estadísticas nacionales que reflejan la cantidad de personas (desde jóvenes hasta adultos) que han consumido y/o consumen drogas, ya sean legales o ilegales y las instituciones involucradas en dicha realidad social.

Todo esto para tomar conocimiento de la situación real del narcotráfico en el país y establecer propuestas de cambio y mejora en beneficio de los afectados por las drogas y a la ciudadanía en general. Para lo que se llevará a cabo una investigación de diseño no experimental, con enfoque cualitativo, de tipo documental y con alcance descriptivo. Por último, la pregunta principal que encamina este trabajo y la cual se responde en el desarrollo es ¿De qué manera se constituye el narcotráfico como problemática social en la República del Paraguay?

Conceptualización

Drogadicción

Es importante comprender, en primer lugar, lo que se entiende por drogadicción, a modo de poder identificar concretamente el hecho y así especificarlo en la ley.

Al respecto, el Natonial Institutes of Health (2020) NIH la define de la siguiente manera:

Trastorno crónico y recurrente caracterizado por la búsqueda y el consumo compulsivos de la droga pese a sus consecuencias negativas. Se la considera un trastorno cerebral porque genera cambios funcionales en los circuitos del cerebro que participan en la recompensa, el estrés y el autocontrol. Esos cambios pueden persistir aún mucho tiempo después de que la persona haya dejado de consumir drogas.

Tráfico de drogas

Para su comprensión se remite a la definición de la Organización de la Naciones Unidas, en adelante ONU (2021), en la cual expresa que se constituye en un comercio ilícito mundial y compone los siguientes elementos: desde el cultivo, la fabricación, la distribución, hasta la venta de sustancias que se encuentran sujetas a leyes que la prohíben. Así mismo, en el marco de la Declaración sobre el Estado de Derecho, los Estados miembros reconocieron la importancia de fortalecer la cooperación internacional en la lucha contra este problema de carácter mundial.

Narcotráfico

Según el significado etimológico, la palabra narcotráfico es un vocablo compuesto, integrado por el término griego narkoun con el significado de «adormecer» y trafficoque se tomó del italiano en el sentido de realizar una actividad comercial (De Conceptos, 2021).

Por su parte, el diccionario de la Real Lengua Española en adelante RAE (2021) define narcóticos como aquel que: «...Tiene la virtud de adormecer».

Antecedentes en el Paraguay

En el Paraguay, no siempre fue considerado delito por la legislación nacional el comercio, suministro, fabricación, transformación, posesión o distribución de sustancias estupefacientes y drogas peligrosas, así como sus derivados.

En los años setenta, el gobierno de los Estados Unidos solicitó la extradición de Auguste Joseph Riccord, más conocido como el caso Riccord por tráfico de heroína, tiempo en que en el país no existía una ley que tipificaba el tráfico de estupefacientes, drogas y delitos afines.

Sin embargo, aun existiendo esta laguna en ese entonces, la Corte Suprema de Justicia dictó el Acuerdo y Sentencia n.° 29 de fecha 28 de agosto de 1972, basado en el art. 95 de la Constitución Nacional de 1967, quedando finiquitado el caso con el fallo favorable en las tres instancias.

Este hecho fue el fundamento de la sanción de la Ley n.° 357/72, por parte del Poder Legislativo, el 15 de setiembre de 1972, promulgada por el Poder Ejecutivo el 22 de setiembre del mismo año, aprovechando la situación para elaborar una organización preventiva contra este tipo de delito, y su vez contar con un cuerpo legal represivo para su estructuración.

Con el paso de los años y la modernización de las estrategias de los traficantes para comercializar, se notó la necesidad de actualizar aquella legislación, a través de la Ley n.° 1340, en fecha 22 noviembre de 1988, con vigencia actual y con algunas modificaciones por la Ley n.° 1881 de 2002.

Legislación aplicable

La legislación aplicable al tema concreto es la Ley n.° 1340/88 «Que modifica, adiciona y actualiza la Ley n.° 357/72, que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y otros delitos afines y, establece medidas de prevención y recuperación de farmacodependientes».

De manera que, la referida ley considera los tipos de sustancias estupefacientes y drogas peligrosas, en su art. 1, del inc. a) que refiere son: «Las incluidas en las listas anexas a la Convención Única sobre Estupefacientes y al Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas ratificadas por las Leyes n.° 338 y 339 del 17 de diciembre de 1971».

Seguidamente, en el inc. b) se describe como:

Todas aquellas de origen natural o sintético que puedan producir estados de dependencia, estimulación o depresión del sistema nervioso central o que tengan como resultado alucinaciones, trastornos de la función motora y sensorial y modificar el comportamiento, la percepción o el estado de ánimo, o cuyo consumo pueda producir efectos análogos a los de cualquiera de las sustancias indicadas en el inciso a) de este Artículo.

A su vez en el último párrafo el referido artículo preceptúa:

Las sustancias y drogas mencionadas en los incisos b) y c) deberán ser establecidas por Decreto del Poder Ejecutivo originado en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, conforme a un listado que deberá ser actualizado en el mes de diciembre de cada año e identificadas por el nombre genérico, adoptado por la Organización Mundial de la Salud, sin perjuicio de que dicha actualización sea efectuada en cualquier momento que sea necesaria.

Los artículos siguientes 2, 3 y 4 de la citada ley, reglamentan respecto a las personas físicas o jurídicas dedicadas a la comercialización de las sustancias bajo qué condiciones realizarán dicha actividad, como también los protocolos administrativos que deberá seguir y su sanción en caso de incumplimiento (1988).

Por su parte, el Capítulo II «Del control de la comercialización y suministro» en el art. 5 dispone:

Los hospitales, clínicas, laboratorios, farmacias y otros establecimientos, municipales o privados, autorizados para el suministro o venta de sustancias estupefacientes, drogas peligrosas o productos que las contengan, están obligados a llevar un −Libro de Drogas−, proveído al costo, sellado, foliado y rubricado en todas sus páginas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en el que se asentarán el movimiento diario de entrada y salida de dichas sustancias o productos y la identificación del adquirente y del destinatario final.

Se establece, además, en el mismo artículo, la sanción en caso de incumplimiento respecto esta exigencia en caso de no llevarla de la manera en que prescribe la ley será con una multa de hasta doscientos jornales mínimos para actividades diversas no especificadas de la Capital y en caso de reincidencia se decretará el cierre definitivo. Finalmente, la norma expresa en caso de que el establecimiento pertenezca al Estado, la sanación será la destitución en inhabilitación espacial hasta cinco años del responsable (Ley n.° 3340/88).

En ese contexto, los artículos 6 al 20 disponen los requisitos para despachar la receta médica para el consumo de las sustancias, como así también los procedimientos administrativos que deberá realizar el profesional médico y las sanciones previstas por la ley para quienes provean las sustancias de forma ilegal teniendo la autorización para comercializarla de acuerdo el protocolo establecido (Ley n.° 3340, 1988).

Así mismo, el Capítulo IV «De la tenencia, consumo y medidas de seguridad curativa» ,merece especial atención para esta investigación. En dicho apartado se establece una pena penitenciaria de 5 a 15 años, comiso de mercadería y el cuádruplo de su valor para quien tuviere en «su poder, sin autorización, sustancias estupefacientes, drogas peligrosas o productos que las contengan» (art. 27). Seguidamente el art. 28 describe el procedimiento judicial a seguir en caso de tener conocimiento de un farmacodependiente que no reciba asistencia médica.

A su vez el art. 30 de la referida ley, dispone el procedimiento a seguir en caso de tener: «...en poder de una persona sustancias, a las que esta ley se refiere, es decir, que el médico le hubiere recetado o aquel que las tuviere para su exclusivo uso personal y se establece que las mismas estarán exentas de pena» . Sin embargo, se prevé otra situación en el caso de que tuviera: «...una cantidad mayor que la recetada o que la necesaria para su uso personal, se le castigará con penitenciaría de dos a cuatro años y comiso».

Sobre el particular, en el párr. 2 hace referencia a esa situación al referir:

Se considerará de exclusivo uso personal del farmacodependiente, la tenencia en su poder de sustancia suficiente para su uso diario, cantidad a ser determinada en cada caso por el Médico Forense y un Médico especializado designado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y otro por el afectado si lo solicitare, a su costa. En el caso de la marihuana no sobrepasará diez gramos y los gramos en el de la cocaína, heroína y otros opiáceos (Ley n.° 1340/1988, art.30).

En esa línea de razonamiento, el art. 31 sanciona a los deportistas o aficionados que consumieren sustancias a las se refiere la ley, con el fin de aumentar su rendimiento en las competencias que participaren, estableciendo de 1 a 3 años de pena privativa de libertad e inhabilitación por el doble de dicha condena. Igualmente, el art. 32 establece sanción para quienes apliquen estas sustancias a animales de competencia con la mitad de la pena prescripta en el art. 31.

Instituciones en Paraguay vinculadas al combate del narcotráfico

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

Por decreto Ley n.º 2000/36, en el año 1936, se creó el Ministerio de Salud como consecuencia de la Guerra del Chaco, por las secuelas sanitarias que dejó a la población paraguaya. En ese entonces el objetivo principal fue brindar asistencia a los heridos y mutilados de la guerra. Posteriormente, el decreto n.º 21. 376/98, estableció la nueva organización del Ministerio de Salud con base a los principios establecidos en la Constitución Nacional.

Su misión principal es: «garantizar el cumplimiento de las funciones de rectoría, conducción, financiamiento y provisión de servicios de salud, con el fin de alcanzar la cobertura universal, bajo el enfoque de protección social, en el marco del Sistema Nacional de Salud» (Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, 2023).

Dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, se encuentra el Centro Nacional de Prevención y Tratamiento de Adicciones –CENPTRA– que ofrece tratamiento integral a personas que desean desintoxicarse del consumo de sustancias legales e ilegales, cuenta con un plantel de servicios médicos que ofrece de manera gratuita, a fin de lograr la rehabilitación del adicto.

Ministerio Público

Unidad Especializada en la Lucha Contra el Narcotráfico

Esta unidad especializada fue creada el 6 de setiembre de 2007, por Resolución FGE n.° 2695. Su finalidad es investigar exclusivamente los hechos punibles relacionados al de tráfico, tenencia y posesión de drogas o sustancias estupefacientes tipificados en la Ley n.°1340/88. (Ministerio Público, 2021).

En el marco que le ha impuesto la ley, se diseñan estrategias y políticas institucionales para combatir el narcotráfico y microtráfico, con eficacia a nivel nacional. Igualmente, se realizan trabajos conjuntos con instituciones nacionales e internacionales involucradas a la lucha contra este tipo de actividades ilícitas.

En ese entendimiento, según el informe de esta institución correspondiente al año 2020 −en 2 años de gestión− las cifras de decomiso de diferentes sustancias son las siguientes: 207.050 dosis de crack, 7.238 kilos de cocaína, 9172 toneladas de marihuana, 16 aeronaves y, todo esto arrojó 945 detenidos. Ocasionando un perjuicio patrimonial con el decomiso de drogas y bienes de 399,4 millones de dólares.

Función. El objetivo de esta unidad especializada es el de desalentar o desarticular a las organizaciones dedicadas al tráfico internacional de drogas, venta y/o comercialización de sustancias estupefacientes en zonas urbanas y lugares concurridos por niños, adolescentes y jóvenes −escuelas, colegios, centro de recreaciones−. También, busca eliminar laboratorios clandestinos y destruir los cultivos de plantaciones de marihuana en el interior del país, impedir la legitimación del dinero y los bienes productos de la comercialización y el tráfico de drogas (Ministerio Público, 2021).

Área de actuación. Conforme se observa en la página web oficial de la institución, se menciona que los agentes fiscales ejercen su rol de titular de la acción penal pública involucrada en las luchas antidrogas en todo el territorio nacional, actúan bajo la supervisión de la Fiscalía Adjunta de la Capital la cual cuenta con unidades especializadas en: Asunción, San Lorenzo, Ciudad del Este, Pedro Juan Caballero, Pilar, Encarnación, Concepción, Santa Rosa del Aguaray, Paraguarí, Caacupé, San Juan Bautista Misiones, Villarrica, Caazapá, Saltos del Guairá y Curuguaty, Coronel Oviedo, Villa Hayes, y Filadelfia.

Secretaría Nacional Antidrogas - SENAD

Fue creada por Ley n.° 108/1991, tiene como función coordinar las acciones entre los entes gubernamentales que trabajan en programas de lucha contra el narcotráfico y la drogadicción.

Es así que tiene como Misión ser una: «Autoridad Gubernamental responsable de la aplicación de la Política Nacional sobre Drogas y Delitos Conexos, en beneficio de la sociedad».Igualmente, tiene como Visión institucional es «Ser reconocida como una institución profesional y científica, comprometida con la Reducción de la Oferta y la Demanda de la Drogas» (SENAD, 2023).

Policía Nacional

Departamento Antinarcótico

El departamento de Antinarcótico −DEAN− fue creado con la Ley Orgánica n.° 222/93 de la Policía Nacional, es una unidad técnica encargada de combatir la producción y comercialización, tráfico, y demanda de estupefacientes y drogas peligrosas, así como fortalecer la prevención de su consumo, y contribuir al cumplimiento de la labor de la Policía Nacional.

Método

El diseño de la investigación es no experimental, pues no se pretende manipular intencionalmente las variables y se las estudia en un momento dado en sus dimensiones fundamentales, además no se realiza ningún seguimiento retrospectivo ni prospectivo (Hernández Sampieri et al., 2014).

En lo que respecta al enfoque es cualitativo considerando que, con el análisis de la problemática, se busca caracterizarla en la doctrina, la normativa y datos estadísticos elaborados por las instituciones nacionales, igualmente, evaluar las herramientas a ser utilizadas para dar una solución al problema.

De manera que el tipo de investigación es documental con alcance descriptivo, debido a que se expresan las variables de estudio a fin de realizar el análisis del instituto desde una perspectiva legal, doctrinal y constitucional.

Este estudio analiza diferentes aspectos, tamaños o elementos del fenómeno investigado. (Hernández y Fernández, 2004). En esa línea de razonamiento, la técnica utilizada para la recolección de datos fue el análisis documental.

La muestra está conformada por la legislación nacional en materia de narcotráfico, las estadísticas de la Policía Nacional y la SENAD relacionadas al objeto de estudio.

Resultados

Situación Nacional

El departamento Central, conforme a los datos de la Policía Nacional, cuenta con más cantidad de adictos a nivel país. Un distribuidor puede comercializar allí unos 50 kg de estupefacientes al mes, señaló el Comisario Osvaldo Ávalos, jefe de Antinarcóticos de la Policía Nacional (Diario ABC Color, 2022).

Al respecto, explicó el referido Comisario que el factor principal de esta elevada cifra es por la densidad poblacional y −especialmente− porque existen muchos cinturones de pobreza, así como asentamientos (Diario ABC Color, 2022).

Estadística nacional

Paraguay ha adoptado el Sistema Interamericano de Datos Uniformes sobre Consumo −SIDUC−, el cual, según el último estudio realizado, fueron encuestados estudiantes del turno mañana, tarde y noche del 8vo grado de la Educación Escolar Básica, 1º y 3º curso de la Educación Media, que comprenden las edades aproximadas de 12 a 17 años y más, que se presentan en las siguientes tablas (SENAD, 2023):

Las estadísticas indican que muchos jóvenes estudiantes han consumido sustancias socialmente aceptadas como lo es el alcohol, tabaco, y el vapeador eléctrico. En un porcentaje menor se encuentran las sustancias como marihuana, cocaína, pasta base – crack, y demás estimulantes del sistema nervioso.

Es motivo de alarma tantos jóvenes consuman desde sus primeros años las sustancias consideradas como socialmente aceptadas, debido a que al iniciar a tan temprana edad, son más propensos a introducirse también al mundo de las drogas ilegales en búsqueda de nuevos estímulos.

Conclusión

Llegado a este punto, se pudo verificar que la legislación nacional prevé la represión del tráfico ilícito de estupefacientes y drogas ilegales buscando controlar la producción, comercialización y consumo de las mismas, estableciendo un listado de drogas peligrosas ratificando la lista contenida en la Convención sobre Estupefacientes y en el Convenio de Sustancias Psicotrópicas ratificado por ley en el Paraguay.

En cumplimiento de los fines establecidos en la Ley n.º 1340/88 y sus modificatorias en consonancia con los convenios internacionales y los fines constitucionales, las políticas sanitarias en materia de drogas son ejecutadas por medio del Ministerio de Salud Pública y Social a través del Centro Nacional de Prevención y Tratamiento de Adicciones. En tanto que, la política criminal que aborda esta problemática se cimienta sobre el Ministerio Público por medio de sus unidades especializadas, quienes trabajan en forma conjunta con la Policía Nacional – Dpto. Antinarcótico y la Secretaria Nacional Antidrogas – SENAD-.

Pese a los esfuerzos conjunto y coordinada entre las institucionales estatales que se realizan, conforme a lo desarrollado se puede inferir que la problemática de las drogas ha permeado en todos los estrados sociales, y el primer contacto con drogas consideradas legales o socialmente aceptadas podría facilitar de manera exponencial el inicio a drogas más peligrosas creando adicción.

Si bien la problemática que genera el narcotráfico es innumerable, la investigación reveló que, en una primera etapa las personas consumidoras de sustancias estupefacientes de no ser correctamente tratadas, son proclives a ingresar al sistema de justicia, teniendo en cuenta que la ley de drogas considera al consumo y a la tenencia como hechos punibles, y son castigados incluso con pena privativa de libertad. Por lo que, el problema de adicción a estas sustancias incluso podría traer aparejada el primer contacto con el sistema penal.

Finalmente, para combatir la problemática generada es necesario la acción coordinada no solo de las instituciones citadas, sino también, el apoyo y trabajo de otros estamentos del Estado y la sociedad civil, para luchar de forma directa contra este flagelo social.

Recomendaciones

Por lo expuesto previamente, impera la necesidad de un trabajo multidisciplinario que descienda desde la esfera más alta del Estado para poder afrontarlo y encontrar una solución que beneficie a todos los ciudadanos y por, sobre todo, a los afectados.

Son necesarias políticas públicas que fortalezcan las instituciones existentes, que den mayor énfasis a las acciones destinadas al apoyo de las personas afectadas que quieren salir de la drogadicción, construyendo albergues con la infraestructura adecuada para la contención de dichas personas, diferenciados por edad y sexo, que contenga un sistema que prepare a la persona para reintegrarse a la vida en sociedad, a través de intervenciones de: psicólogos, psiquiatras, estudios de oficios, entre otros, además de contar con la constante capacitación del personal encargado. Como lo ha demostrado la experiencia, la represión utilizando al sistema de justicia con sanciones impuestas por las leyes, en el caso en concreto Ley n.º 1340/88 y sus modificatorias no resultan suficientes para abordar la problemática que trae aparejada el flagelo de las drogas, por lo que requieren de políticas públicas integrales para combatir las consecuencias que produce el narcotráfico en nuestro país.

Contribución autoras

Cinthia Elizabeth Villalba Ortigoza: diseño metodológico, búsqueda, clasificación y análisis de fuentes de información, redacción de borrador original, corrección de sugerencias de mejora del equipo editor.

Cindy Magali Prieto Vera: búsqueda y análisis de fuentes, elaboración de tablas, corrección de sugerencias de mejora presentadas por el equipo revisor.

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Recibido: 29/05/23 Aceptado: 24/06/24

*Este artículo fue elaborado en el marco del 7° Concurso (2022-2023) para formar parte del plantel de investigadores académicos del Centro de Entrenamiento del Ministerio Público.

*Asistente fiscal, encargada del Centro de Documentaciones del Área XI, Departamento de San Pedro, Ministerio Público. San Estanislao. Paraguay. Correo electrónico: cinthiavillalbaortigoza@gmail.com

Abogada, egresada de la Universidad Técnica de Comercialización y Desarrollo - UTCD, Magíster en Ciencias Penales, Universidad Nacional de Asunción. Notaria y Escribana Pública, UTCD, egresada del Programa de Formación Inicial para la Función Judicial, Escuela Judicial. Especialista en Docencia Universitaria, Universidad Nacional de Asunción. Diplomado en Teoría Procesal Penal de la Liquidación, Escuela Judicial.

*Asistente fiscal, en la Unidad Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico. Ministerio Público. San Lorenzo. Paraguay. Correo electrónico: cindymagaliprietovera@gmail.com

Abogada, egresada de la Universidad Nacional de Asunción - UNA. Notaria y Escribana Pública, UNA. Maestrando en Derecho Procesal por la Universidad Nacional de Rosario – Argentina. Egresada del Programa de Formación Inicial para la Función Judicial, Escuela Judicial. Especialista en Docencia Universitaria, Universidad Nacional de Asunción. Especialista en Ciencias Penales por el Centro de Ciencias Políticas y Criminales.

ISSN 2415-5063 Versión impresa ISSN 2415-5071 Versión en línea

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Artículo de acceso abierto. Licencia Creative Commons 4.0

Figura 1

Cantidad de adictos en el departamento Central

Fuente:(Diario ABC Color, 2022)

El departamento Central cuanta con –aproximadamente– 67.300 adictos, en efecto, a continuación se observa que la mayor cantidad de adictos son menores de 25 años de edad, de manera que, la población afectada es la juvenil.

Figura 2

Cantidad de adictos en el departamento Central

Ahora bien, Asunción cuenta con 22.000 adictos –aproximadamente− de los cuales también la mayor población afectada es menor de 25 años de edad.

Demanda de sustancias

Sobre el punto sostiene la SENAD (2018) que el componente de reducción de la demanda tiene un enfoque de salud pública y se plantea sobre tres ejes: fortalecer la cohesión social, ampliar la cobertura de servicios integrales y fortalecer la gobernanza de la respuesta nacional. La reducción de la oferta se fundamenta en los siguientes ejes: gestión de información, objetivos operativos y control.

Fuente:(Diario ABC Color, 2022)

0,8

0,3

Mayores de 25 años; 0,3

Menores de 25 años; 0,8

0,93 %

2; 7 %

Mayores de 25 años; 2; 7 %

Menores de 25 años; 0,93

Fuente: (SENAD, 2023, p. 11).

Tabla 3

Consumo de cigarrillo electrónico-vaper

Tipo de consumo

Edad

Cigarrillo electrónico/vaper

Los jóvenes de 17 años en adelante, en un 29,6 % han probado el consumo del cigarrillo eléctrico alguna vez en su vida, el 11,3 % en el último año y el 7,6 % este último mes.

Figura 3

Base del marco legal para reducir la oferta y demanda de drogas

Tabla 1

Consumo de bebidas alcohólicas, en estudiantes, según sexo y total

Tipo de consumo

Edad

Alcohol

Jóvenes de 17 años en adelante, el 70,8 % han probado el alcohol alguna vez en su vida, el 52,1 % en el último año y el 31,6 % este último mes.

Fuente: (SENAD, 2023, p. 9).

Tabla 2

Consumo de tabaco

Tipo de consumo

Edad

Tabaco

Jóvenes de 17 años en adelante en un 22,4 % han probado el consumo de tabaco alguna vez en su vida, el 15,1 % en el último año y el 7,6 % este último mes.

Fuente: (SENAD, 2023, p. 10).

Fuente: (SENAD, 2018, p. 9)

Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, enmendada por el Protocolo de 1972

Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971

Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988

Fuente: (SENAD, 2023, p.13).

Tabla 4

Consumo de tranquilizantes sin receta médica

Tipo de consumo

Edad

Tranquilizantes sin receta médica

Jóvenes de 17 años en adelante, son los estudiantes encuestados señalaron en un 3,3 % haber probado tranquilizantes sin receta médica alguna vez en su vida, el 1,5 % en el último año y el 0,8% en el último mes.

Tipo de consumo

Edad

Cocaína fumable (pasta base, chespi o crack)

El 0,5 % de los hombres escolarizados manifiestan haberse iniciado en el consumo de éxtasis durante el último año, mientras que el 0,1 % se inició por primera vez en el último mes previo a la realización de la encuesta. El 0,1 % de las estudiantes mujeres manifiestan haber consumido éxtasis por primera vez durante el último año.

Tabla 5

Consumo de estimulantes sin receta médica

Tipo de consumo

Edad

Estimulantes sin receta médica

Jóvenes de 17 años y más, han referido que han consumido en el mes de participar de la encuesta en un 0,9 %.

Fuente: (SENAD, 2023, p.13).

Tabla 6

Consumo de marihuana

Tipo de consumo

Edad

Marihuana

Los estudiantes que participaron del estudio de 17 años y más, manifestaron en un 8,4 % el consumo de marihuana en alguna oportunidad de la vida, el 5,5 % en el último año y el 3,1 % en el último mes.

Fuente: (SENAD, 2023, p.13).

Fuente: (SENAD, 2023, p.18)

Tabla 7

Consumo de cocaína

Fuente: (SENAD, 2023, p. 17).

Tipo de consumo

Edad

Cocaína

El 2,0 % de los estudiantes de 17 años y más manifestaron haber consumido cocaína alguna vez en la vida, el 1,7 % en el último año y 1,0 % en el último mes.

Tabla 8

Consumo de cocaína fumable (pasta base, chespi o crack)