46
En este punto se inicia En este punto se inicia En este punto se inicia En este punto se inicia En este punto se inicia con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República con lo dispuesto en la Constitución Nacional (1992) de la República
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
del Paraguay −CN− que en su art. 4 del derecho a la vida establece:
Es inherente a la persona humana. Se garantiza
Es inherente a la persona humana. Se garantiza
Es inherente a la persona humana. Se garantiza
Es inherente a la persona humana. Se garantiza
Es inherente a la persona humana. Se garantiza
Es inherente a la persona humana. Se garantiza
Es inherente a la persona humana. Se garantiza
Es inherente a la persona humana. Se garantiza
su protección,

su protección,

en general,

en general,

desde la

desde la
concepción.
Queda

abolida

la

pena

de

muerte.

Toda

persona

será protegida

será protegida

por el

por el

Estado
en su integridad
en su integridad
en su integridad
física

y psíquica,

y psíquica,

así como en su honor y en su reputación.

así como en su honor y en su reputación.

así como en su honor y en su reputación.

así como en su honor y en su reputación.

así como en su honor y en su reputación.

así como en su honor y en su reputación.

así como en su honor y en su reputación.

así como en su honor y en su reputación.

así como en su honor y en su reputación.

La ley

La ley
reglamentará
la

libertad

de

las

personas

para

disponer

de

su

propio

cuerpo,

sólo

con

fnes
científcos o médicos (pág. 6).
científcos o médicos (pág. 6).
científcos o médicos (pág. 6).
científcos o médicos (pág. 6).
científcos o médicos (pág. 6).
Dentro

de

la

descripción

del

mencionado

artículo,

la

carta

magna

habla

de

que

‒la
protección
de

la

vida

se

garantiza,

en

general

desde

la

concepción‒,

¿a

qué

se

refere

con

esto?

se
refere
a

que

es

una

condición

que

se

da

con

respecto

a

la

vida

creciente

−alojada

en

el

seno

de

la
embarazada−,
pero

¿por

qué

una

condición?

porque

se

establece

a

partir

de

cuando

se

protege

la
vida; pero la descripción del texto constitucional
vida; pero la descripción del texto constitucional
vida; pero la descripción del texto constitucional
vida; pero la descripción del texto constitucional
vida; pero la descripción del texto constitucional
vida; pero la descripción del texto constitucional
vida; pero la descripción del texto constitucional
tampoco permite

tampoco permite

establecer

un concepto de la

un concepto de la

un concepto de la

un concepto de la
palabra otro.
palabra otro.
Ahora se pasa a lo establecido

Ahora se pasa a lo establecido

Ahora se pasa a lo establecido

Ahora se pasa a lo establecido

Ahora se pasa a lo establecido

Ahora se pasa a lo establecido

en del

en del

Código Civil

Código Civil

paraguayo,

en adelante

en adelante

CC, que en su

CC, que en su

CC, que en su

CC, que en su
art. 28 dispone:
art. 28 dispone:
art. 28 dispone:
La

persona

física

tiene

capacidad

de

derecho

desde

su concepc

su concepción

para

adquirir

bienes
por donación, herencia o legado.

por donación, herencia o legado.

por donación, herencia o legado.

por donación, herencia o legado.

por donación, herencia o legado.
La

irrevocabilidad

de la

de la

adquisición

está

subordinada

a la

a la

condición

de que nazca

de que nazca

de que nazca

con
vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.

vida, aunque fuere por instantes después de estar separada del seno materno.
En

consecuencia,

el

CC

desarrolla

la

‒capacidad

de

derecho

que

adquiere

la

persona
física
desde

la

concepción‒,

esto

es,

la

aptitud

legal

para

adquirir

bienes

y

¿qué

son

los

bienes?,
según el art. 1873 del mismo
según el art. 1873 del mismo
según el art. 1873 del mismo
según el art. 1873 del mismo
según el art. 1873 del mismo
según el art. 1873 del mismo
cuerpo

legal,

son: «Los objetos

son: «Los objetos

son: «Los objetos

inmateriales

susceptibles

de valor e

de valor e

de valor e
igualmente
las

cosas, se

cosas, se

llaman

bienes.

El

conjunto

de

los

bienes

de

una

persona,

con

las

deudas

o
cargas que lo gravan, constituye su patrimonio».
gas que lo gravan, constituye su patrimonio».

gas que lo gravan, constituye su patrimonio».

gas que lo gravan, constituye su patrimonio».

gas que lo gravan, constituye su patrimonio».

gas que lo gravan, constituye su patrimonio».

gas que lo gravan, constituye su patrimonio».
En

ese contexto,

ese contexto,

¿a

qué

hace

mención

el

art.28

del

CC?

hace

mención

a

los derechos

los derechos
patrimoniales
que es capaz

que es capaz

que es capaz

de adquirir la persona física desde la concepción,

de adquirir la persona física desde la concepción,

de adquirir la persona física desde la concepción,

de adquirir la persona física desde la concepción,

de adquirir la persona física desde la concepción,

de adquirir la persona física desde la concepción,

de adquirir la persona física desde la concepción,

de adquirir la persona física desde la concepción,

condicionado

a
que
nazca

con

vida

por lo

por lo

menos

un instante

un instante

al

estar

separado

del

seno materno;

seno materno;

de

este

artículo
tampoco
se puede establecer

se puede establecer

se puede establecer

el concepto

el concepto

de otro, considerando que la cuestión

de otro, considerando que la cuestión

de otro, considerando que la cuestión

de otro, considerando que la cuestión

de otro, considerando que la cuestión

de otro, considerando que la cuestión

que se hace es

que se hace es

que se hace es

que se hace es
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
respecto al bien jurídico vida, no así al patrimonio.
Por

otra

parte,

el

CP,

en

su

art.

14

de

las

defniciones,

en

su

inc.


Refere

que

a

los
efectos
de

esta

Ley

se

entenderán

como:

...embrión

del

ser

humano

hasta

el

momento

del

parto»
(núm. 18).
(núm. 18).
En

este

punto,

cabe

resaltar

que

la

defnición

de

feto

incorporada

al

CP

a

través

de

la

Ley
n.°
3340/2008,

no se

no se

corresponde

con

el

concepto

médico

de

lo

que

es

entendido

por

feto,

y

su
argumento radica en dar una mayor protección a la vida.
gumento radica en dar una mayor protección a la vida.

gumento radica en dar una mayor protección a la vida.

gumento radica en dar una mayor protección a la vida.

gumento radica en dar una mayor protección a la vida.

gumento radica en dar una mayor protección a la vida.

gumento radica en dar una mayor protección a la vida.

gumento radica en dar una mayor protección a la vida.

gumento radica en dar una mayor protección a la vida.

gumento radica en dar una mayor protección a la vida.
Esta definición proporcionada por el CP, también genera incertidumbres al decir ‒embrión
del
ser

humano

hasta

el

momento

del

parto‒

pero

si

se

habla

de

parto

¿en

qué

momento

del

parto