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estipula «…T
estipula «…Toda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,
oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,

oda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes,
independientes e imparciales».
independientes e imparciales».
independientes e imparciales».
El sistema acusatorio adversarial
El sistema acusatorio adversarial
El sistema acusatorio adversarial
El sistema acusatorio adversarial
En América Latina,

América Latina,

el doctrinario

el doctrinario

a Julio B. J. Maier (1939) realizó

a Julio B. J. Maier (1939) realizó

a Julio B. J. Maier (1939) realizó

a Julio B. J. Maier (1939) realizó

a Julio B. J. Maier (1939) realizó

a Julio B. J. Maier (1939) realizó

a Julio B. J. Maier (1939) realizó

un esfuerzo sostenido

un esfuerzo sostenido

un esfuerzo sostenido
con
base

en

el

trabajo

previo

del

maestro

cordobés

Alfredo

Vélez

Mariconde

(1901-1972), (khon

(1901-1972), (khon
Gallardo, 2022)
Gallardo, 2022)
En ese sentido, se creó la conocida

En ese sentido, se creó la conocida

En ese sentido, se creó la conocida

En ese sentido, se creó la conocida

En ese sentido, se creó la conocida

En ese sentido, se creó la conocida

En ese sentido, se creó la conocida

Escuela

de Córdoba de la cual sur

de Córdoba de la cual sur

de Córdoba de la cual sur

de Córdoba de la cual sur

de Córdoba de la cual sur

de Córdoba de la cual surgió la reforma

gió la reforma

gió la reforma
del sistema procesal penal, que luego se convertiría
del sistema procesal penal, que luego se convertiría
del sistema procesal penal, que luego se convertiría
del sistema procesal penal, que luego se convertiría
del sistema procesal penal, que luego se convertiría
del sistema procesal penal, que luego se convertiría
del sistema procesal penal, que luego se convertiría
del sistema procesal penal, que luego se convertiría
en el Código Procesal Penal Modelo para

en el Código Procesal Penal Modelo para

en el Código Procesal Penal Modelo para

en el Código Procesal Penal Modelo para

en el Código Procesal Penal Modelo para

en el Código Procesal Penal Modelo para

en el Código Procesal Penal Modelo para
Iberoamérica en el año 1988 (khon Gallardo, 2022).
Iberoamérica en el año 1988 (khon Gallardo, 2022).
Iberoamérica en el año 1988 (khon Gallardo, 2022).
Iberoamérica en el año 1988 (khon Gallardo, 2022).
Iberoamérica en el año 1988 (khon Gallardo, 2022).
Iberoamérica en el año 1988 (khon Gallardo, 2022).
Iberoamérica en el año 1988 (khon Gallardo, 2022).
Iberoamérica en el año 1988 (khon Gallardo, 2022).
Con este fuerte

Con este fuerte

Con este fuerte

movimiento,

se logró la transición

se logró la transición

se logró la transición

se logró la transición

del sistema

del sistema

inquisitivo

hacia

un sistema

un sistema
acusatorio,
acorde

a

un

Estado

constitucional del

constitucional del

Siglo

XX,

que

defende

la

libertad, la

libertad, la

igualdad

y
la
justicia,

por ello,

por ello,

su trascenden

su trascendencia

en el

en el

marco

de

un gobierno

un gobierno

representativo

democrático

(khon
Gallardo, 2022).
Gallardo, 2022).
El

sistema

acusatorio

adversarial,

califcado

por

Maier

J.

(2012),

como

un

nuevo

método
de
procedimiento

penal,

clasifca

en

2

periodos

principales,

enlazados

por

la

etapa

intermedia.

El
primero es la eta
primero es la eta
primero es la eta
primero es la etapa de investiga
pa de investiga

pa de investigación, traducido a una etapa de carácter

ción, traducido a una etapa de carácter

ción, traducido a una etapa de carácter

ción, traducido a una etapa de carácter

ción, traducido a una etapa de carácter

ción, traducido a una etapa de carácter

ción, traducido a una etapa de carácter

inquisitivo y limitaciones,

inquisitivo y limitaciones,

inquisitivo y limitaciones,
con la necesidad de que el Estado como ór
con la necesidad de que el Estado como ór
con la necesidad de que el Estado como ór
con la necesidad de que el Estado como ór
con la necesidad de que el Estado como ór
con la necesidad de que el Estado como ór
con la necesidad de que el Estado como ór
con la necesidad de que el Estado como ór
con la necesidad de que el Estado como órgano acusador deba informarse antes de ejercer su
gano acusador deba informarse antes de ejercer su

gano acusador deba informarse antes de ejercer su

gano acusador deba informarse antes de ejercer su

gano acusador deba informarse antes de ejercer su

gano acusador deba informarse antes de ejercer su

gano acusador deba informarse antes de ejercer su

gano acusador deba informarse antes de ejercer su

poder
punitivo.
El segundo paso, intermedio,

El segundo paso, intermedio,

El segundo paso, intermedio,

El segundo paso, intermedio,

en el cual el ór

en el cual el ór

en el cual el ór

en el cual el ór

en el cual el órgano acusador busca asegurar la seriedad y

gano acusador busca asegurar la seriedad y

gano acusador busca asegurar la seriedad y

gano acusador busca asegurar la seriedad y

gano acusador busca asegurar la seriedad y

gano acusador busca asegurar la seriedad y

gano acusador busca asegurar la seriedad y
pulcritud del requerimiento
pulcritud del requerimiento
pulcritud del requerimiento
del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,

del Estado, antes del juicio público de manera a evitar juicios inútiles,
y controlar
y controlar
las

decisiones

del

Estado,

que

dan

salidas

procesales

anticipadas,

es decir

es decir, previo

, previo

al
juico (Maier J. , 2012).
juico (Maier J. , 2012).
juico (Maier J. , 2012).
juico (Maier J. , 2012).
juico (Maier J. , 2012).
El tercer paso, se desarrolla el juicio ante tribunales de justicia entre las partes del proceso,
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
contra el imputado con el fn de la condena o absolución (Maier J. , 2012).
El sistema r

El sistema r

El sistema recursivo en el sistema pr

ecursivo en el sistema pr

ecursivo en el sistema pr

ecursivo en el sistema pr

ecursivo en el sistema procesal paraguayo

ocesal paraguayo
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Pr
Regulación del Recurso de apelación especial en el Código Procesal Penal
ocesal Penal
En lo concerniente

En lo concerniente

En lo concerniente

al ordenamiento

al ordenamiento

jurídico

paraguayo y al sistema recursivo, el recurso

paraguayo y al sistema recursivo, el recurso

paraguayo y al sistema recursivo, el recurso

paraguayo y al sistema recursivo, el recurso

paraguayo y al sistema recursivo, el recurso

paraguayo y al sistema recursivo, el recurso

paraguayo y al sistema recursivo, el recurso
de apelación
de apelación
especial de la sentencia de primera instancia,

especial de la sentencia de primera instancia,

especial de la sentencia de primera instancia,

especial de la sentencia de primera instancia,

especial de la sentencia de primera instancia,

especial de la sentencia de primera instancia,

especial de la sentencia de primera instancia,

se encuentra ubicado en el libro tercero

se encuentra ubicado en el libro tercero

se encuentra ubicado en el libro tercero

se encuentra ubicado en el libro tercero

se encuentra ubicado en el libro tercero

se encuentra ubicado en el libro tercero

se encuentra ubicado en el libro tercero
Capítulo III del CPP
Capítulo III del CPP
Capítulo III del CPP
Capítulo III del CPP.
Es así que su art. 466 establece

Es así que su art. 466 establece

Es así que su art. 466 establece

Es así que su art. 466 establece

Es así que su art. 466 establece

Es así que su art. 466 establece

Es así que su art. 466 establece

textualmente:

«Sólo podrá deducirse el recurso de

«Sólo podrá deducirse el recurso de

«Sólo podrá deducirse el recurso de

«Sólo podrá deducirse el recurso de

«Sólo podrá deducirse el recurso de

«Sólo podrá deducirse el recurso de
apelación
especial

contra

las

sentencias

defnitivas

por

el

juez

del

tribunal

de

sentencia

en

el

juicio
oral» (Congreso Nacional , 2022).
oral» (Congreso Nacional , 2022).
oral» (Congreso Nacional , 2022).
oral» (Congreso Nacional , 2022).
oral» (Congreso Nacional , 2022).
En ese entendimiento,

En ese entendimiento,

En ese entendimiento,

la naturaleza

la naturaleza

híbrida

de este

de este

recurso atiende

recurso atiende

a la

a la

correcta

aplicación
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
de los preceptos legales y no se puede remitir a la valoración de los hechos y las pruebas.
A modo de ilustrar esta categoría se pasa a presentar la siguiente tabla:

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