126
el recurso de apelación
el recurso de apelación
el recurso de apelación
el recurso de apelación
especial,

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la

ya que no se daría la necesidad del reenvío de causa para la
realización
de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

de nuevos juicios orales, que a su vez al imputado

le resulte una justicia

le resulte una justicia

le resulte una justicia

le resulte una justicia

pronta y barata.

pronta y barata.

pronta y barata.
Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el

Por último, queda expresar que como profesionales del derecho, y más aun con el
compromiso
de investigadores

de investigadores

de las ciencias

de las ciencias

de las ciencias

jurídicas,

debemos buscar la mejor

os buscar la mejor

os buscar la mejor

os buscar la mejor

solución a los

solución a los

solución a los
casos, respetando los derechos humanos y
casos, respetando los derechos humanos y
casos, respetando los derechos humanos y
casos, respetando los derechos humanos y
casos, respetando los derechos humanos y
casos, respetando los derechos humanos y, en consideración a que estos pertenecen
, en consideración a que estos pertenecen

, en consideración a que estos pertenecen

, en consideración a que estos pertenecen

, en consideración a que estos pertenecen

, en consideración a que estos pertenecen

, en consideración a que estos pertenecen

al hombre, aun

al hombre, aun

al hombre, aun
antes
de su conformación

de su conformación

de su conformación

social.

Pues al

Pues al

elevar

dicho

instituto

a

esta

categoría,

no queda

no queda

más

que
luchar
siempre

por

un

mejor

entendimiento

y

aplicación

del

recurso, ante

recurso, ante

la

confrontación

de

una
garantía
y un

y un

principio,

para

priorizar

siempre

la

primera

ya

que

los

derechos

se han

se han

hecho

con
exclusividad para la protección del hombre.
exclusividad para la protección del hombre.
exclusividad para la protección del hombre.
exclusividad para la protección del hombre.
exclusividad para la protección del hombre.
exclusividad para la protección del hombre.
Recomendaciones
Con base a las consideraciones

Con base a las consideraciones

Con base a las consideraciones

Con base a las consideraciones

Con base a las consideraciones

expuestas se ve la necesidad

expuestas se ve la necesidad

expuestas se ve la necesidad

expuestas se ve la necesidad

expuestas se ve la necesidad

de revisar la redacción

de revisar la redacción

de revisar la redacción

de revisar la redacción

del
art.
467

CPP,

de

acuerdo

al

actual

criterio

de

la

CIDH,

respecto

a

lo

que

se

refere

al

principio
de
la doble

la doble

instancia,

para

la

revisión

de

un fallo

un fallo

integral,

que

no solo implica

no solo implica

no solo implica

el

análisis

de

la
inobservancia
o errónea aplicación

o errónea aplicación

o errónea aplicación

de un precepto

de un precepto

de un precepto

legal,

sino además, la facultad

sino además, la facultad

sino además, la facultad

sino además, la facultad

de revisar hechos

de revisar hechos

de revisar hechos
y pruebas sin ocasionar la dilatación del proceso.
y pruebas sin ocasionar la dilatación del proceso.
y pruebas sin ocasionar la dilatación del proceso.
y pruebas sin ocasionar la dilatación del proceso.
y pruebas sin ocasionar la dilatación del proceso.
y pruebas sin ocasionar la dilatación del proceso.
y pruebas sin ocasionar la dilatación del proceso.
y pruebas sin ocasionar la dilatación del proceso.
En

su defecto,

su defecto,

utilizar

de

manera

operativa

la

garantía

judicial

prevista

en

la

Convención
Interamericana
de

Derechos

Humanos

establecido

en

el

art.

8.

2

h

,del

derecho

a

recurrir

conforme
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
a las consideraciones expuestas en el caso Matías E. Casal vs. Costa Rica.
Así tamAsí también, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus bién, cada Estado es libre de regular los recursos con base a sus propias normativas, propias normativas,
esto
implica

que

la

denominación

que

tenga

el

recurso

no

es la

es la

premisa

mayor, sino

, sino

más

bien,

que
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
el derecho a la defensa de un individuo prime en un debido proceso,
En virtud a las reformas adoptas

En virtud a las reformas adoptas

En virtud a las reformas adoptas

En virtud a las reformas adoptas

En virtud a las reformas adoptas

En virtud a las reformas adoptas

por Costa Rica,

por Costa Rica,

por Costa Rica,

mediante

la creación

la creación

un de recurso de

un de recurso de

un de recurso de

un de recurso de
apelación,
esto

no ha garantizad

no ha garantizad

no ha garantizado de igual

o de igual

o de igual

manera

la

revisión

integral

del

fallo,

como

se concluyó

se concluyó
en el fallo
en el fallo
en el fallo Amhrein vs. Costa del año 2018.
Amhrein vs. Costa del año 2018.

Amhrein vs. Costa del año 2018.

Amhrein vs. Costa del año 2018.

Amhrein vs. Costa del año 2018.

Amhrein vs. Costa del año 2018.
Finalmente,

cabe resalta que esta investigación

cabe resalta que esta investigación

cabe resalta que esta investigación

cabe resalta que esta investigación

cabe resalta que esta investigación

realiza

un estudio exploratorio

un estudio exploratorio

un estudio exploratorio

a partir de

a partir de

a partir de
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
la revisión integral de los citados fallos y deja abierta la posibilidad para otras investigaciones.
Referencias
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A. M. (2013). Introducción al derecho Procesal Penal. Buenos Aires: Gráfica LAF S.R. L.

Aires: Gráfca LAF S.R. L.

Aires: Gráfca LAF S.R. L.

Aires: Gráfca LAF S.R. L.

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Black Zaldivar
Black Zaldivar,
W.

W. (2010). Consideraciones de la Mora Judicial desde el art. 314 del Código

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Procesaln Penal. Investigación en Ciencias Jurídicas Sociales , 10.
Procesaln Penal. Investigación en Ciencias Jurídicas Sociales , 10.
Procesaln Penal. Investigación en Ciencias Jurídicas Sociales , 10.
Procesaln Penal. Investigación en Ciencias Jurídicas Sociales , 10.
Procesaln Penal. Investigación en Ciencias Jurídicas Sociales , 10.
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Bremauntz, E. M. (16 de Noviembre de 2022). www. corteidh.or
. corteidh.or.cr. Obtenido de www

. Obtenido de www

. Obtenido de www

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Caferata
Nores,

J.

(2011).

Proceso

Penal

y

Derechos

Humanos

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Buenos Aires:

Editores

del

Puerto
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