Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Joint Investigation Team in the fight against human trafficking.  
The Paraguay-Spain experience.  
Equipo conjunto de investigación rembiapo trata de personas ohapejoko  
haguã. Paraguay ha España rembikuaa  
Pablo Fernández López*  
Polícia Nacional UCRIF. Madrid, España  
Silvia Nathalia Acevedo Cardozo*  
Ministerio Público. Asunción, Paraguay  
*
*
**  
Fanny Sybille Abarzúa Cabezas  
Ministerio Público. Asunción, Paraguay  
Resumen  
En la presente investigación tiene por objetivo comprender en qué consiste la  
herramienta de equipos conjuntos de investigación, en adelante ECI, para lo cual  
se realiza una descripción del concepto, características, como se conforman.  
Asimismo se describen los beneficios obtenidos a partir de su aplicación como  
herramienta eficaz en la lucha contra la trata de personas. Se destaca el valor del  
trabajo entre países que permiten contrarrestar este tipo de hechos, donde la mayor  
parte de las víctimas se encuentra en estado de vulnerabilidad. La Trata de personas  
Recibido: 11.11.2020 Aceptado: 30.11.2020  
*
Inspector Jefe del GOE I. Policía Nacional. Madrid, España. Email: pfernandez0003@policia.es  
Licenciado en Bioquímica. Máster en Ciberdelincuencia. Experto en foros internacionales en tráfico y trata de personas.  
Imparte docencia en materia de investigación sobre trata y tráfico a nivel nacional e internacional. Medalla al Honor con  
distintivo rojo de la Policía Nacional de la República del Paraguay.  
**Agente Fiscal. Unidad Especializada contra la Trata de Personas. Ministerio Público. Asunción, Paraguay. Email:  
nathaliaacevedo33@gmail.com. Abogada. Notaria (UNA). Egresada de la Academia Diplomática y Consular del M.R.E.  
Doctorando en Ciencias Jurídicas (U.C.A.) Masterando en Ciencias Penales. Docente del Centro de Entrenamiento del MP.  
Asistente de cátedra de “Políticas Públicas” del Instituto Superior de Estrategia Policial.  
***Jefa del Departamento de Investigación y Publicación del Centro de Entrenamiento. Ministerio Público. Asunción,  
Paraguay. Email: fabarzua.cabezas@gmail.com. Abogada. Notaria. (UC) Docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas y  
Diplomáticas UC. Docente del Centro de Entrenamiento MP. Magíster en Ciencias de la Educación. Par evaluadora de la  
ANEAES. Par evaluadora de Escuelas Judiciales. Especialista en Derecho Penal, Procesal Penal, en Niñez y Adolescencia  
con Énfasis en Políticas Públicas y en Didáctica Universitaria. Experta en entornos virtuales. Investigadora del CEMP.  
ISSN 2415-5063 Versión impresa  
https://ojs.ministeriopublico.gov.py Contacto: dip.informaciones@ministeriopublico.gov.py  
Artículo de acceso abierto. Licencia Creative Commons 4.0.  
1
5
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
es un crimen transnacional que afecta a más de un Estado, se deben implementar  
mecanismos que permitan trabajar con equipos integrados por operadores de  
justicia que intervienen en este tipo de hechos punibles. Actualmente la unidad  
especializada de trata de personas ha realizado varios operativos conjuntamente  
con España donde se han conformado ECI, obteniendo resultados positivos como  
ser operativo toblerone, chipa entre otros, que se describen en el presente trabajo.  
Experiencias que permiten concluir en la necesidad de conocer y aplicar este tipo  
de herramientas para el esclarecimiento de los hechos punibles.  
Palabras clave: Trata de personas, Equipos conjuntos, víctimas.  
Abstract  
This paper aims to comprehend the meaning of Joint Investigation Team, JIT  
onwards. To achieve that, this study describes the concept, characteristics, and how  
they are put together. Also, it details the benefits obtained after its implementation  
as an effective tool in the fight against human trafficking. The paper also highlights  
the valuable work between the countries that enable to counteract this type of crime,  
whose victims are in vulnerable situations. Human Trafficking is a transnational  
crime that affects more than one State, the fight against it requires machanisms  
that enable to work in teams made up of justice workers who take action against  
this complex type of crime. Currently, the Specialized Division for the fight  
against Trafficking in Humans has conducted several joint operations with spanish  
authorities, within the framework of a JIT, that delivered positive results, some of  
these operations were the toblerone, chipa, among others, which are described in  
this paper. These experiences are the evidence for the need to know and apply this  
type of tools for the prosecution of the crimes.  
Key words: Human Trafficking, Joint Investigation Teams, victims  
Ñemombyky  
Ko investigación rupive ojekuaase mba’épa umi herramienta equipo  
conjuntos de investigación-gua ECI herava rembiporu, upevarã omombe’u mba’épa,  
mba’eichaguápa umi oiporúva. Upéicha avei ojejapo ypýguive ko’ã herramienta  
ikatupyryetéva ohapejoko haguã trata de persona-pe. Ojehecha ramoiterei ha  
oñemomba’e guasu omba’apo rehe heta tetã oñondive ha péicha ojehapejoko hetaite  
mba’e vai apo. ojekuaahápype víctimakuéra apytépe umiikangymívéva rehe opoko  
mbareteveha. Trata de persona ningo peteĩ crimen ojapyharáva Estado ári, upévare,  
ko’ýte ojeheka va’erã mba’éichapa oñembapo joajúpe oñondivepa maymatekojojarã  
1
6
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
rehe omba’apóva taikatupyry ko tembiapo vai mysakãrã. Ko’ãgaite ningo upe  
unidad especializada omba’apóva trata de persona rehe ojapo hetáma tembiapo  
joaju España-ndi ECI rupive, hembiapo kuaa ha hembiapo porã rupi ojehecháma  
hembiapo porãngue, umíva apytépe oĩ operativo toblerone, chipa ha ambueve,  
oñemombe’u porãva ko tembiapópe. Ko’ãva rembiapo porãngue rupi ñane pytyvõ  
jahechakuaa haguã tekotevẽha ojeporu ko’ã pojoaju oñemyesakã haguã mba’e apo  
vaikue rehegua.  
Ñe’ẽ tee: trata de personas, tembiapo joaju, oñondivepa, víctimakuéra  
Introducción  
Siendo la Trata de personas un crimen transnacional que afecta a más de  
un Estado, se deben implementar mecanismos que permitan trabajar con equipos  
integrados poroperadores dejusticiaque intervienen en estetipo de hechos punibles.  
En este sentido se implementa como herramienta positiva contra la lucha de  
este tipo de hechos, lo que se conoce como Equipos conjuntos de Investigación, en  
adelante ECI, mecanismo que permite llevar a cabo investigaciones penales en el  
territorio de alguno o de todos los estados miembros que requieran una actuación  
coordinada, con un fin determinado y por un período limitado. (Ley n.° 11/2003)  
En la trata de personas se dan fases o momentos autónomos, para ser  
considerada como tal deben darse todos esos momentos. Se inicia a partir de un  
país de origen para luego implicar a un país de destino, es decir, el nexo causal para  
la solución jurídica de la investigación iniciada, necesariamente debe contar con la  
información que va ser otorgada por el país de destino, donde la víctima está siendo  
explotada.  
En el presente trabajo se busca visibilizar la importancia y la efectividad  
de la aplicación de esta herramienta para el esclarecimiento de los hechos cuando  
involucran a más de un Estado, pues se habla de la trata internacional en cualquiera  
de sus fines.  
Así mismo, se expone para una mejor comprensión casos reales donde los  
resultados fueron positivos para ambos Estados involucrados.  
1
7
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
Breve reseña sobre la Trata  
La trata tiene un componente internacional, que en parte puede diferenciarlo delos  
demás hechos punibles que se cometen hoy en día, sin embargo todas las actividades  
delictivas pueden de cierta manera traspasar las fronteras ya sea a través del mundo  
físico o a través del ciberespacio.  
Por otro lado, pese a que la trata sea una de las mayores lacras a la que se  
enfrenta el ser humano, existen otros ilícitos penales que aún son más deleznables  
y que causan daño a aquellos más vulnerables o tienen consecuencias irreparables,  
como las mutilaciones genitales en algunos países y según las costumbres de algunas  
etnias o religiones, las agresiones y abusos sexuales grupales o loshomicidios.  
Por más que se proclame en foros, noticias y demás, la trata de personas,  
o trata de seres humanos, sigue siendo una actividad que sigue creciendo, en  
formas tan diversas como la explotación o sumisión sexual, la explotación laboral,  
el sometimiento a cometer delitos, el tráfico de órganos, la mendicidad, y otras  
formas análogas de explotación o servidumbre, todas ellas similares a la esclavitud.  
Nada de esto sería del todo cierto. Como tampoco lo sería decir que la comunidad  
internacional luchar eficazmente contra este delito, pese a los esfuerzos que  
diariamente realizan las autoridades de muchos países en el mundo.  
Muy lejos ya queda el Protocolo de Palermo, aquella adición a la Convención  
de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional firmada en  
Palermo en el año 2000, que venía a definir lo que habría de significar la trata  
de personas para los países firmantes, y con el foco en las mujeres y los niños  
(la mayoría de las víctimas de este delito) ayudar a prevenir y combatir el delito,  
proteger a sus víctimas y promover la cooperación entre los estados para alcanzar  
los fines anteriores.  
La trata en la actualidad  
Casi 20 años después, la mayoríadelas víctimas de estedelito continúan siendo  
mujeres y niñas, tal y como reflejan las cifras de varios informes internacionales  
como el segundo informe sobre el progreso realizado en la lucha contra la trata de  
seres humanos (2018), según es requerido por el artículo 20 de la Directiva 2011/36/  
EU para la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y la protección de las  
víctimas, elaborado en la Unión Europea para el periodo estudiado de 2015-2016.  
1
8
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
Figura 1  
Fuente: Informe Unión Europea periodo 201-2016  
Figura 2  
Fuente: Informe Unión Europea periodo 201-2016  
Figura 3  
Fuente: Informe Unión Europea periodo 201-2016  
1
9
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
En la presentación del citado informe, en diciembre de 2018, tanto el comisario  
europeo de Migración, Asuntos de Interior y Ciudadanía, Dimitris Avramopoulos  
como Myria Vassiliadou, coordinadora de la UE para la lucha contra la trata de  
seres humanos, apuntaban a cuatro aéreas principales donde intensificar la actividad  
de las autoridades para erradicar la trata de seres humanos: mejorar la recogida de  
datos; promover la penalización del consumo consciente de servicios de víctimas  
de trata; garantizar el acceso de las víctimas a la justicia; y mejorar la respuesta  
coordinada y la cooperación internacional.  
La globalización, la permeabilidad de las fronteras, las diferentes  
legislaciones y la influencia de las nuevas tecnologías.  
La delincuencia organizada de carácter internacional ha variado su actividad.  
En un mundo cada vez más globalizado, las actividades desarrolladas por las redes  
criminales traspasan las fronteras con cada vez más facilidad. No sólo por una  
mayor movilidad de sus miembros, ya que el transporte es cada vez más barato y  
accesible. Sino sobre todo por la mayor facilidad para comunicarse entre diversos  
miembros que se hallan en países alejados, a coste cercano a cero, y además de  
manera segura, con apenas posibilidades de interceptación de esas comunicaciones  
por parte de las autoridades dedicadas a perseguir a los criminales.  
En esto, tiene mucho que ver el desarrollo de internet, la accesibilidad a las redes  
sociales por gran parte de la población mundial, y las dificultades que enarbolando la  
bandera de la defensa de la “privacidad de sus clientes”, dichas redes sociales ponen  
a las autoridades de los países de todo el mundo para acceder a datos esenciales para  
luchar eficazmente contra el crimen organizado. Quizás parte de la culpa la puedan  
tener los estados al no obligar a estas redes sociales, y en general a las empresas del  
sectortecnológicorelacionadoconinternet, afacilitar(bajolaestrictasupervisiónlegal,  
y cumpliendo con la legislación de cada país), a tener en su territorio una delegación  
para dar cumplimiento a los requerimientos que se le formulen. Amparándose en que  
su “base de operaciones” (su domicilio social) se encuentra en un determinado país,  
estas empresas entorpecen y dilatan las peticiones que debieran tener una respuesta  
casi inmediata para hacer con garantías frente a los desafíos que supone la utilización  
de la tecnología por parte de las redes criminales de carácter internacional.  
Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) han irrumpido  
en las vidas de gran parte de los habitantes de nuestro planeta, y han variado nuestra  
manera de relacionarnos, como también han variado la manera de actuar de las  
organizaciones criminales.  
2
0
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
En el caso de la trata de personas, ya no es necesario por ejemplo un núcleo  
de captación en el país de origen de las víctimas, puede ser desarrollada por los  
mismos, que desde la comodidad del sofá de su casa, o mientras da un paseo por el  
barrio, se dedica a buscar a través de diferentes redes sociales a potenciales víctimas.  
En el último año (2018) ha habido al menos dos casos en España en los que  
redes de tratantes y explotadores rumanos captaron a mujeres venezolanas a las  
que engañaron por el método del “lover boy” (enamorando a la víctima), para una  
vez introducirlas en España enviándoles previamente a través de correo electrónico  
el billete de avión y las instrucciones para responder a los controles policiales de  
frontera; y a través de entidades de envíos de dinero el monto necesario para fingir  
el cruce de fronteras por motivos turísticos, acabar explotándolas en la comisión  
de hurtos en tiendas de grandes ciudades de modo itinerante para luego enviar a  
Rumanía esas mercancías.  
También es mucho más difícil perseguir los beneficios obtenidos por los  
delincuentes, ya que hoy en día es fácil abrir una cuenta en otro país, y enviar el  
dinero de manera casi instantánea. El rastro puede ser fácil de seguir en este caso,  
pero la lentitud con la que las solicitudes de este tipo se cursan y tienen respuesta,  
hacen muy difícil recuperar los beneficios derivados de la actividad delictiva. Ni  
que hablar si se tiene que afrontar una investigación en la que se hace uso de medios  
de distracción del dinero complejos, con la utilización de paraísos fiscales, empresas  
pantalla, o cuentas de diferentes criptomonedas para distraer las ganancias de las  
redes criminales.  
La formación en la persecución de las redes organizadas de carácter  
internacional a través de medidas de investigación tecnológicas es aún muy pobre  
en demasiados países, y las autoridades no han sido capacitadas adecuadamente  
para poder afrontar con garantías investigaciones complejas de este calado.  
Por todo esto, es del todo necesario potenciar el uso de los equipos conjuntos  
de investigación de carácter internacional, bien sea de aquellos suscritos en base  
a acuerdos formales bilaterales o multilaterales recogidos en convenios entre  
diferentes países, como aquellos que se disponen en el “caso a caso”. Solo a través  
de investigaciones paralelas, en aquellos países en donde se desarrolle la actividad  
delictiva, y la coordinación de las actuaciones en estos países, puede dar una  
respuesta eficaz y contundente en la lucha contra la criminalidad organizada de  
carácter transnacional.  
Y para que estos equipos conjuntos lleguen a buen puerto se necesitan dos  
cosas: tenacidad y confianza.  
2
1
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
Tenacidad para perseguir sin desvelo a las redes organizadas, con medios materiales  
y humanos muy inferiores a los que estas redes tienen a su alcance.  
Confianza en las autoridades de los otros países en los que se lleva la investigación  
paralela y coordinadamente, para compartir la información que se tiene sobre la  
red, y sobre todo, para compartir tareas de investigación a realizar, dejando en  
manos del otro tareas de relevancia para la investigación, y actuando como una  
auténtica unidad, creando una red organizada para combatir a esas organizaciones  
criminales.  
Pudiera parecer que no hay apenas opciones para derrotar o hacer frente a las redes  
organizadas de carácter internacional como las que se dedican a la trata de personas  
para explotarlas en las más diversas modalidades que se le puedan ocurrir a la red  
para maximizar sus beneficios. La cosificación de las personas tratadas y  
posteriormente explotadas, en gran parte con fines de explotación sexual, es un  
crimen brutal que requiere del esfuerzo de la comunidad internacional que, con los  
medios humanos y materiales, y sobre todo con el inteligente uso de las  
legislaciones vigentes en los diferentes países que se pueden ver involucrados en  
una investigación de un caso de trata de personas, debe ser combatida firmemente.  
En los últimos años, y fruto de esa tenacidad y la construcción de una confianza  
mutua entre autoridades de la República de Paraguay y de España se han podido  
llevar a cabo varias operaciones simultáneas en ambos países, consiguiendo la  
desarticulación completa de las redes criminales que fueron investigadas. Estas  
operaciones han llevado a la condena en Paraguay de varios de los investigados.  
Sin embargo en España aún a la fecha de escribir estas líneas, todas ellas están  
pendientes de ser juzgadas. Estas diferencias de velocidades en los procesos  
penales hacen bastante recomendable que este tipo de causas se juzguen de manera  
coordinada pero separadamente, en cuanto a los núcleos de captación, traslado,  
recepción, y posterior explotación de las redes.  
En este punto, es importante destacar los momentos que se identifican en la trata de  
personas, basados en el objetivo final que consiste en el sometimiento de la persona  
afectada a diferentes modos de explotación para recibir una retribución económica,  
el de captación, traslado y transporte, recepción o acogida.  
En el manual de procedimientos operativos de la Unidad Especializada  
en la lucha contra la Trata de Personas y la explotación sexual de niños, niñas y  
adolescentes, aprobado por Resolución de la FGE n.° 5308, se describen estos cuatro  
momentos.  
La captación, implica identificar a la persona afectada y realizar los  
2
2
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
primeros contactos, generalmente se realiza en el país o lugar de origen de la persona  
afectada, se le ofrece algún beneficio o mejora económica. Se utiliza el engaño y la  
amenazas, sobre la actividad y las condiciones del trabajo que va a realizar. Al que  
realiza la captación se los denomina “captores o captadores”.  
El traslado o transporte, que surge con el desplazamiento en este momento  
se produce el traslado de la persona afectada desde su lugar de origen al lugar de  
destino. Se puede dar la trata interna o internacional según sea el lugar de destino,  
dentro o fuera del territorio. La persona que traslada a la víctima recibe un beneficio  
económico.  
Recepción o acogida, cuando la víctima llega al lugar que puede o no ser  
el mismo que le fue indicado en el momento de la captación. Es en este momento  
cuando la persona afectada se da cuenta del engaño y la situación de la cual está  
siendo víctima. En este momento se produce el sometimiento de la persona, se  
puede dar por explotación laboral y/o sexual, esclavitud, servidumbre o extracción  
de órganos.  
Se resalta la importancia de estos momentos, que permiten una mejor  
comprensión de la dinámica de este tipo de hecho, pues la trata de personas es  
considerada un delito continuo, que se va ejecutando a lo largo de un proceso. Los  
mismos se visibilizan en la definición de los tipos penales de trata de personas  
contenidos en la Ley n.° 4788/12.  
Equipos conjuntos. Concepto, marco jurídico.  
El manual de los equipos conjuntos de investigación, elaborada en el marco del  
proyecto conjunto ECI (equipos conjuntos de investigación) de Eurojust y Europol,  
lo define como:  
Un equipo conjunto de investigación es una herramienta de cooperación  
internacional basada en un acuerdo entre las autoridades competentes - tanto  
judiciales (jueces, fiscales, jueces de instrucción...) como policiales - de dos  
o más Estados miembros, creado por un tiempo limitado y con un objetivo  
específico, para llevar a cabo investigaciones penales en uno o más de los  
Estados miembros de que se trate.  
Además se hace una mención del valor añadido que tiene un ECI, en  
comparación con las formas tradicionales de cooperación judicial y policial:  
-
Los equipos conjuntos de investigación posibilitan la obtención y el  
intercambio directos de información y pruebas sin necesidad de utilizar los  
canales tradicionales de asistencia judicial.  
2
3
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
-
La información y los datos recogidos con arreglo a la legislación del Estado  
miembro en el que actúe el equipo podrán compartirse sobre la (única) base  
del acuerdo sobre los ECI;  
-
Los miembros destinados al ECI en comisión de servicios (es decir,  
procedentes de un Estado miembro distinto de aquel en que actúe el ECI  
tienen derecho a estar presentes y a participar - dentro de los límites previstos  
por la legislación nacional o especificados por el jefe del ECI - en medidas de  
investigación llevadas a cabo fuera de su Estado de origen.  
Por estas razones, los ECI constituyen un instrumento muy eficiente y  
eficaz de cooperación, que facilita la coordinación de las investigaciones y  
procedimientos penales llevados a cabo de forma paralela en varios Estados  
miembros.  
El marco jurídico de la UE para la creación de ECI entre Estados miembros  
se encuentra en el artículo 13 del Convenio de Asistencia Judicial de la UE de  
000 relativo a la asistencia judicial en materia penal y en la Decisión Marco de  
2
2
002 sobre equipos conjuntos de investigación, hasta la fecha, todos los Estados  
miembros han aplicado alguno de estos dos fundamentos jurídicos, o ambos. (p. 1)  
En este orden de ideas, también pueden crearse ECI sobre la base de otros  
instrumentos internacionales, en particular con autoridades competentes de Estados  
no pertenecientes a la Unión Europea, y entre ellas. Los siguientes instrumentos  
incluyen un fundamento jurídico para la creación de equipos conjuntos de  
investigación, por ejemplo:  
-
Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Islandia y el Reino de  
Noruega sobre la aplicación de determinadas disposiciones del Convenio  
relativo a la asistencia judicial en materia penal, entre los Estados miembros  
de la Unión Europea, de 29 de mayo de 2000, y del Protocolo al mismo, de  
2
-
001.  
Artículo 5 del Acuerdo de Asistencia Judicial entre la Unión Europea y los  
Estados Unidos de América.  
-
(
Artículo 27 del Convenio de cooperación policial con Europa Sudoriental  
PCC-SEE), aplicable entre varios Estados miembros (Austria, Bulgaria,  
Hungría, Rumanía y Eslovenia) y países de los Balcanes (Albania, Bosnia  
y Herzegovina, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Moldavia,  
Montenegro, Serbia).  
-
Artículo 20 del segundo Protocolo adicional al Convenio Europeo de  
asistencia judicial.  
2
4
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
-
Artículo 9 de la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito  
de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.  
Artículo 19 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia  
Organizada Transnacional (UNTOC).  
Artículo 49 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción  
UNCAC).  
-
-
(
-
Acuerdos bilaterales entre los Estados de que se trate.  
Así mismo, en el manual se exponen las ventajas de usar un ECI:  
1
. La posibilidad de compartir información directamente entre los miembros  
del ECI sin la necesidad de solicitudes formales  
. Capacidad para solicitar medidas de investigación entre los miembros del  
2
equipo directamente, prescindiendo de la necesidad de Cartas Rogatorias.  
Esto se aplica también a las solicitudes de medidas coercitivas.  
3
. Capacidad para que los miembros estén presentes en los registros o  
allanamientos de casas, entrevistas, etc. en todos.  
. Jurisdicciones cubiertas, ayudando a superar barreras lingüísticas en  
entrevistas, etc.  
. Capacidad para coordinar los esfuerzos en el lugar y para el intercambio  
informal de conocimiento.  
. Capacidad para construir confianza mutua entre profesionales de diferentes  
4
5
6
jurisdicciones, trabajando juntos y decidiendo estrategias de investigación y  
procesamiento.  
Creación de un ECI  
Los instrumentos de la UE describen dos situaciones concretas en las que  
puede crearse un ECI:  
Investigaciones transfronterizas difíciles: podrá crearse un ECI cuando la  
investigacióndeinfraccionespenalesenunEstadomiembrorequierainvestigaciones  
difíciles que impliquen la movilización de medios considerables y afecten también  
a otros Estados miembros.  
Investigaciones conexas que requieren coordinación: podrá crearse un  
ECI cuando varios Estados miembros realicen investigaciones sobre infracciones  
penales que, debido a las circunstancias del caso, requieran una actuación coordinada  
y concertada de los Estados miembros afectados.  
Aparte de los requisitos jurídicos, al apreciar la necesidad de un ECI deben  
2
5
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
tenerse en cuenta determinadas consideraciones prácticas, algunas de las cuales se  
indican a continuación:  
-
lacomplejidady sofisticación de la red delictivao de lasactividades delictivas  
objeto de la investigación,  
-
el número y la complejidad de las medidas de investigación que hayan de  
llevarse a cabo en los Estados miembros participantes, y  
-
el grado de conexión de la investigación entre los Estados participantes. (p.7)  
Pasos prácticos para la creación de un ECI  
En un caso práctico lo primordial es que las autoridades competentes  
determinen un objetivo e interés común para establecer un marco de cooperación  
en la investigación que se iniciará en ambos estados involucrados.  
En una primera fase, se inicia la investigación con el intercambio de  
información entre las autoridades intervinientes, entiéndase, Ministerio Público,  
Policía Nacional, Poder Judicial siendo la segunda etapa la creación del equipo con  
miras a la toma de decisiones respecto a qué actividad investigativa será realizada  
como primera medida.  
PAIS A  
Jefe del Equipo (Fiscal o Juez)  
Juez / Fiscal responsables de investigación  
Investigadores  
PAIS B  
Jefe del Equipo (Fiscal o Juez)  
Juez / Fiscal responsables de investigación  
Investigadores  
PAIS C  
Jefe del Equipo (Fiscal o Juez)  
Juez / Fiscal responsables de investigación  
Investigadores  
Los fines del acuerdo pueden ampliarse en función de los hechos revelados  
que colaboren a perseguir otros delitos conexos.  
Los ECI “país responsable”  
Para la creación de un ECI se debe de suscribir un acuerdo entre los Estados  
que van a intervenir en la investigación pertinente, en el cual para la cooperación  
se establecen ciertos requisitos, como la igualdad respecto a los intervinientes, el  
respeto a las normativas internas de cada Estado, la llamada zona restringida, esta  
2
6
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
cooperación no debe afectar al ejercicio de las competencias de las autoridades  
policiales y judiciales de cada país interviniente. En todo caso se puede convenir  
según las circunstancias de cada hecho que el Estado más afectado tome la iniciativa  
las etapas de la investigación.  
En el caso de Paraguay, para la constitución de Equipos Conjuntos de  
Investigación, se ha tenido en consideración, la Convención de las Naciones Unidas  
contra la Delincuencia Organizada transnacional, adoptada por la Asamblea de las  
Naciones Unidas el 15 de noviembre de 2000, la entrada en vigencia del Acuerdo  
Marco de Cooperación entre los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados  
para la Creación de Equipos Conjuntos de Investigación, suscrito en San Juan,  
Argentina, el 2 de agosto de 2010.  
En la práctica y la experiencia de la Unidad Especializada en la Lucha contra  
la Trata de Personas del Ministerio Público, se conforman equipos de trabajo  
multidisciplinarios coordinado por la delegada Nacional de la Unidad, esto es alos  
efectos de una mejor organización, pero no significa que esto limite la disposición o  
la toma de decisiones por parte de otro integrante.  
Experiencia de ECI entre Paraguay y España  
En los últimos años, y fruto de esa tenacidad y la construcción de una  
confianza mutua entre autoridades de la República de Paraguay y del Reino de  
España se han podido llevar a cabo varias operaciones simultáneas en ambos  
países, consiguiendo la desarticulación completa de las redes criminales que fueron  
investigadas. Estas operaciones han llevado a la condena en Paraguay de varios de  
los investigados, y sin embargo en España aún a la fecha de escribir estas líneas,  
todas ellas están pendientes de ser juzgadas. Estas diferencias de velocidades en los  
procesos penales hacen bastante recomendable que este tipo de causas se juzguen  
de manera coordinada pero separadamente, en cuanto a los núcleos de captación,  
traslado, recepción, y posterior explotación de las redes.  
Operación SENA (España) Sasô (Paraguay)  
En el año 2012, una mujer paraguaya denunció en España haber sido víctima  
de trata. La mujer refería cómo fue captada mediante engaño en Paraguay por  
miembros de la red criminal, y enviada a España donde esperaba encontrar un  
trabajo que mejorase su situación y la de su familia. El trabajo prometido como  
cuidadora de ancianos no era tal, y lo que ocurrió fue que se encontró privada de  
2
7
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
libertad y obligada a devolver la deuda que supuestamente había adquirido con la  
red por el hecho de haberla traído a España.  
Después de recepcionar la denuncia por parte de la Policía Nacional en España,  
se activó una investigación en dos direcciones. Por una parte, coordinar las acciones  
para investigar la actividad de la red en España, puesto que operaba en varias  
regiones, con pisos donde se explotaba a las víctimas (exclusivamente paraguayas), y  
un complejo entramado de sociedades instrumentales para blanquear los beneficios  
procedentes de la trata y explotación sexual. De otro lado, y a través de cauces  
oficiales internacionales establecidos por el Ministerio del Interior de España (la  
Consejería de Interior de España para Argentina, Uruguay y Paraguay), se envió la  
información que se recopiló sobre el núcleo de captación de la red establecida en  
Paraguay, activándose también la investigación en Paraguay.  
Siempre a través del intercambio de información por cauces oficiales se  
fueron obteniendo indicios sobre la actividad delictiva de la organización criminal  
a ambos lados del atlántico, obteniéndose datos sobre las personas que componían  
la red criminal, realizando reconocimientos fotográficos, obteniendo datos sobre  
los teléfonos utilizados por los criminales para comunicarse, y vinculando a estas  
personas y a las potenciales víctimas con los envíos de dinero desde España a  
Paraguay para financiar o esponsorizar la llegada de nuevas víctimas que eran  
captadas en el departamento de Caaguazú predominantemente… También se logró  
realizar vigilancias físicas, y ubicar los inmuebles de interés en España y Paraguay  
para realizar posteriormente los allanamientos e intervenir material probatorio, y se  
consiguió identificar que en los últimos años, la red habría tratado a alrededor de  
100 mujeres paraguayas.  
Finalmente, cuando se reunieron todos los indicios necesarios en uno y otro  
país, se convino en la realización de un operativo conjunto y coordinado que dio  
lugar a la detención de los miembros de la red, a la congelación de sus activos en  
España, y la intervención de bienes por un valor aproximado de 2 millones de euros.  
Se liberaron 17 mujeres paraguayas que estaban siendo explotadas en los cuatro  
chalets que la red usaba como lupanares en distintas provincias de España, y se  
intervinieron varios efectos, entre ellos varios móviles. Fue en uno de estos móviles  
donde, tras la extracción forense de su contenido, se hallaron pruebas contundentes  
sobre la trata de las mujeres y los pagos convenidos entre los miembros de la red, y  
cómo operaban en uno y otro país.  
En Paraguay los resultados fueron relevantes pues los responsables fueron  
condenados en juicio oral y público.  
2
8
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
Activando el Protocolo Marco para la Protección de Víctimas de Trata de  
Seres Humanos vigente en España desde Octubre de 2011, se brindó asistencia a  
las víctimas, y se realizó su declaración mediante la prueba preconstituida (anticipo  
jurisdiccional de prueba); declaraciones que posteriormente fueron facilitadas a las  
autoridades paraguayas para que pudieran ser usadas en su procedimiento.  
Esta primera operación conjunta, sentó las bases para que con posterioridad  
y hasta fechas recientes se hayan desarrollado otras operaciones conjuntas,  
como fueron las operaciones PLAGA, TOBLERONE (ambas en el año 2016),  
RIVER (2017) y muy recientemente la operación CHIPA (2019). El efecto que las  
operaciones del año 2016 y 2017 tuvieron como prevención de la actividad de las  
redes organizadas de trata de personas con origen en Paraguay y país de destino  
España es evidente, ateniéndonos a las estadísticas en España sobre víctimas de  
origen paraguayo detectadas en estos años. El mensaje enviado a las redes de trata  
establecidas en ambos países ha sido contundente.  
El éxito de estas operaciones ha permitido la evolución en el modo de  
colaborar entre las autoridades de ambos países, fruto del buen entendimiento  
entre los miembros de los principales actores dedicados a la lucha contra la trata de  
personas, tanto de la Policía Nacional como de la Fiscalía, en uno y otro continente.  
Se han ido engrasando los mecanismos para compartir la información, y los canales  
informales de transferencia de información se han tornado en muchas ocasiones  
vitales para transferir de manera rápida alguna notitia criminis” que de otro modo  
no hubiera tenido su efecto. Esto ha permitido llegar no solo a la persecución de  
los delitos, sino a la tan ansiada prevención, evitando situaciones de explotación,o  
al menos, permitiendo una rápida respuesta por parte de las autoridades en ambos  
países para minimizar los perjuicios y el tiempo en el que las víctimas se pudieron  
encontrar en situaciones de explotación.  
La utilización de estos canales informales (construidos en base al principio  
de confianza) son totalmente necesarios en tanto no se construyan canales formales  
de trasvase de información inmediata 24/7, tan necesarios en la persecución de los  
delitos contra las personas.  
Operación Plaga  
El desarrollo de esta operación que permitió la desarticulación de una red  
de trata de mujeres paraguayas que eran explotadas sexualmente en un club de  
alterne en Cuenca, perteneciente a la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha,  
2
9
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
provincia del centro de la península española, supuso un punto de inflexión en el  
modo de colaborar entre Paraguay y España.  
El desarrollo de la fase de explotación operativa (cuando se llevan a cabo los  
allanamientos en los inmuebles de los detenidos, las detenciones de los investigados,  
y las intervenciones de efectos de relevancia para el proceso), tuvo lugar en dos  
fases, una primera en España, y una posterior en Paraguay. Miembros de la Policía  
Nacional de Paraguay se desplazaron a España para participar en el operativo, yen  
la segunda fase que se llevó a cabo en Paraguay, miembros de la Policía Nacional  
española se desplazaron a Paraguay para apoyar en las pesquisas.  
La red captaba a sus víctimas con conocimiento de su situación de necesidad  
y les ofrecían un futuro prometedor en España con el ingreso de grandes cantidades  
de dinero. Lo que ocurría es que las víctimas difícilmente conseguían saldar la  
deuda que la red les imponía; obligándolas además a ejercer la prostitución en un  
burdel de la provincia de Cuenca. La acción coordinada en ambos países permitió  
clausurar el club de alterne en el que se explotaba sexual y laboralmente a las  
víctimas paraguayas, y también de otras nacionalidades.  
Por Sentencia Definitiva n.°265 de fecha 19 de agosto de 2020, los autores de  
los delitos de trata de personas internacional con fines de explotación sexual fueron  
condenados por un tribunal colegiado en Asunción, Paraguay a 12, 6 y 5 años de  
pena privativa de libertad, además de imponerle la sanción de indemnización a las  
víctimas de estos hechos delictivos.  
Operación Toblerone  
EstaoperaciónsupusolaparticipaciónporprimeravezdelaPolicíaNacionalde  
Paraguay en una actividad coordinada en el marco de EUROPOL (Oficina Europea  
de Policía), participando tanto en una reunión operativa de coordinación previa,  
como en la explotación operativa que tuvo lugar en España, de manera simultánea  
a actividades que se desarrollaron en otros países donde la red era activa: Francia  
y Paraguay. La red criminal que se desarticuló tenía su base de operaciones en  
Pamplona, ciudad al norte de España, y también en una ciudad del sur de Francia.  
La red era liderada por unas hermanas paraguayas que se intercambiaban el control  
de las víctimas y las rotaban entre sus centros de explotación sexual para maximizar  
los beneficios, logrando tener una mayor oferta y novedad que ofrecer a sus clientes.  
La participación de las autoridades de la República de Paraguay no sólo se  
circunscribió a su involucración en actividades en el marco de EUROPOL, sino  
que miembros de la fiscalía de Paraguay viajaron a La Haya (Países Bajos) para  
3
0
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
participar en la coordinación del trasvase de evidencias entre autoridades judiciales  
y fiscales en el marco de esta operación, constituyendo un hito su participación en  
una reunión de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación JudicialPenal  
(EUROJUST).  
En este caso, en Paraguay recientemente fue realizado el juicio oral y público  
en el que se condenaron a los responsables por la captación y traslado (fases de la  
trata) según SENTENCIA DEFINITIVA N° 62 de fecha 27 de marzo de 2020 a  
penas privativas de libertad de 13, 8 y 3 años.  
Operativo Chipa  
La Consejería de Interior del Reino de España había solicitado un pedido  
de Asistencia Jurídica Internacional a la República del Paraguay, sobre una  
investigación de trata de personas, ocurrido en la ciudad de Santiago Compostela,  
donde un grupo criminal dedicado a la trata de seres humanos habría captado a  
varias mujeres, entre ellas algunas de nacionalidad paraguaya para la explotación  
sexual en pisos de citas en la mencionada ciudad mediante la imposición de una  
deuda económica. Como resultado de la prosecución de la investigación del presente  
caso, se ha logrado identificar a varias personas que residen en territorio nacional y  
que formarían parte del grupo criminal. Estas personas, oriundas del departamento  
de Alto Paraná-Paraguay se dedicarían a captar potenciales víctimas, ofrecerles  
una propuesta laboral, convencerlas de viajar y organizar su traslado. Una vez  
llegadas al destino, las víctimas debían de saldar una deuda económica, que en el  
caso de una de ellas ascendía a 3.900 euros, por lo que eran explotadas sexualmente  
en domicilios particulares repartidos por la ciudad de Santiago de Compostela,  
permanecían en condiciones de semi-libertad, ya que para salir de los pisos debían  
estar acompañadas por las personas encargadas del control del inmueble, y eran  
incitadas inclusive a consumir estupefacientes si los clientes invitaban.  
Enabrildel2019serealizaronvariosprocedimientosdeallanamientosenforma  
simultánea, (6 registros en la Comunidad Autónoma de Galicia-Reino de España,  
donde se rescataron 11 víctimas paraguayas y 4 allanamientos en el departamento de  
Alto Paraná-Paraguay), donde se pudieron incautar varios elementos que guardaban  
relación con el hecho denunciado. Por otro lado, de acuerdo a las declaraciones de  
varias víctimas, decían que fueron captadas en Paraguay a través de ofrecimientos  
de trabajos que finalmente no resultaba a lo acordado o prometido, para luego ser  
explotadas en Chalets ubicados en la ciudad de Santiago de Compostela - España,  
3
1
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
donde los captadores recibían a cambio giros de dinero por parte de las personas  
que se encargaban de la explotación de las víctimas en España.  
Este operativo fue muy exitoso gracias a la tenacidad en la investigación  
por parte de ambos Estados, la buena coordinación en las acciones a realizar y la  
agilidad con la que la información era remitida por los investigadores, ya sea por  
los canales formales o no formales (correo, whats app). En este momento, la Unidad  
Fiscal se encuentra pendiente de la audiencia Preliminar para su posterior elevación  
a juicio oral y público, momento procesal para debatir sobre el caso y exponer las  
pruebas ofrecidas en la acusación presentada por el Ministerio Público.  
Cabe resaltar la dificultad con la que se tuvo en su momento, en el sentido  
de no contar con un ECI establecido para esta investigación, pues el proceso en  
España es diferente al de Paraguay, y el retraso de la información y los documentos  
con que cuentan las autoridades españolas son conexos a los elementos probatorios  
con los que se cuenta en el Ministerio Publico de Paraguay, y debido al retraso  
en el envío de todo el expediente judicial a cargo de las autoridades judiciales de  
España, la Agente Fiscal interviniente en Paraguay tuvo que solicitar una prórroga  
extraordinaria para la presentación de la acusación correspondiente.  
Conclusión  
Tras varias operaciones exitosas con la acción conjunta y coordinada por  
parte de las autoridades de Paraguay y España, parece el momento propicio para  
sentar las bases de un memorando de entendimiento, o un convenio bilateral para  
el establecimiento de Equipos Conjuntos de Investigación. Documento donde se  
recojan las necesidades jurídicas y las garantías legales en ambos países para el  
intercambio de información y la actividad conjunta como una solaunidad de aquellas  
autoridades que sean designadas para componer los equipos conjuntos, y que  
agilicen aún más, y den validez legal de antemano (sin necesidad de las posteriores  
remisiones de documentación vía cooperación internacional) la información que se  
vaya obteniendo en los procedimientos, para así agilizar la respuesta y llegar a una  
sentencia temprana en aras de una mayor eficacia en la lucha contra estos delitos.  
Se hace necesario el establecimiento de una red de expertos en los diferentes países  
con capacidad de estar las 24 horas, los 7 días de la semana, en disposición de  
recibir o trasladar información, o al menos de ser el punto único de contacto en  
los diferentes países. Una red de expertos internacionalmente reconocida, y que a  
través de una plataforma puedan estar en contacto permanente, para conocer sus  
datos de contacto, evitando la dilación que el trasvase de información por cauces  
3
2
Equipos conjuntos de investigación en la lucha contra la trata de personas.  
Experiencia paraguaya y española.  
Pablo Fernández López - Silvia Nathalia Acevedo Cardozo - Fanny Sybille Abarzúa Cabezas - pág. 15 - 34  
oficiales lleva en ocasiones; pero que permita utilizar la información recibida de  
un modo mucho más reconocido legalmente. Las operaciones conjuntas que se han  
realizado hasta ahora en España y Paraguay permiten afirmar que no hay otro modo  
eficaz para dar al traste con estas organizaciones de manera completa. La acción en  
uno de los dos países, dejará activa una parte de la organización criminal, que puede  
seguir captando o explotando a sus víctimas puesto que la acción de la justicia  
llega sólo a una de las partes de su estructura. Es del todo necesario profundizar y  
promover en el uso de estos Equipos Conjuntos para cumplir con lo que las víctimas  
de estos delitos merecen: protegerles, perseguir a los delincuentes, y llegar a la tan  
ansiada prevención.  
El 31 de julio del año 2019, la República del Paraguay y la República Federativa  
del Brasil han suscrito un Acuerdo para la constitución de un Equipo Conjunto  
de Investigación ECI, que permita la investigación y persecución penal de manera  
conjunta y coordinada de los delitos de organización criminal, trata internacional  
de personas y delitos conexos.  
Referencias  
Ley n.°11/2003,de 21 de mayo, reguladora de los equipos conjuntos de investigación  
penal en el ámbito de la Unión Europea.  
Instrumento de Ratificación del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata  
depersonas, especialmentemujeresyniños, quecomplementalaConvención  
de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional,  
hecho en Nueva York el 15 de noviembre de 2000. BOE» núm. 296, de 11  
Segundo informe sobre el progreso realizado en la lucha contra la trata de  
seres humanos (2018) en la Unión Europea. Recuperado de:  
https://ec.europa.eu/home-affairs/sites/homeaffairs/files/what-we-do/  
policies/european-agenda-security/20181204_com-2018-777-report_en.pdf  
Resolución FGE N°. 5308/15. Manual de Procedimientos Operativos. Unidad  
Especializada de la Lucha Contra la Trata de Personas y la Explotación  
Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes. Fondo OIM para el Desarrollo y el  
Ministerio Público.  
Acuerdo para la constitución de un Equipo Conjunto de Investigación ECI entre  
la República del Paraguay y la República Federativa del Brasil, 31 de julio  
del año 2019.  
3
3
Rev. jurid.  
Investigación en ciencias jurídicas y sociales 2020;10.2  
3
4