47
el feto se convierte
el feto se convierte
el feto se convierte
el feto se convierte
en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,

en otro? porque el parto no es un acto único, sino que es un proceso. Entonces,
esta
defnición

proporcionada

por

el

art.

14

del

CP,

no

permite

extraer

un

concepto

de

otro

al

igual
que el CC.
que el CC.
que el CC.
Seguidamente,

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que

se describe lo dispuesto en el art. 105 referente al homicidio doloso, que
en su inc. 3° núm. 2, establece:
en su inc. 3° núm. 2, establece:
en su inc. 3° núm. 2, establece:
en su inc. 3° núm. 2, establece:
en su inc. 3° núm. 2, establece:
en su inc. 3° núm. 2, establece:
en su inc. 3° núm. 2, establece:
1º El que matara
1º El que matara
1º El que matara
1º El que matara
a otro será castigado con pena privativa

a otro será castigado con pena privativa

a otro será castigado con pena privativa

a otro será castigado con pena privativa

a otro será castigado con pena privativa

a otro será castigado con pena privativa

a otro será castigado con pena privativa

de libertad de cinco a quince

de libertad de cinco a quince

de libertad de cinco a quince

de libertad de cinco a quince

de libertad de cinco a quince

de libertad de cinco a quince
años…
3º Se aplicará una pena privativa
3º Se aplicará una pena privativa
3º Se aplicará una pena privativa
3º Se aplicará una pena privativa
3º Se aplicará una pena privativa
3º Se aplicará una pena privativa
de libertad

de libertad

de hasta cinco años y se castigará también

de hasta cinco años y se castigará también

de hasta cinco años y se castigará también

de hasta cinco años y se castigará también

de hasta cinco años y se castigará también

de hasta cinco años y se castigará también

de hasta cinco años y se castigará también

de hasta cinco años y se castigará también

la
tentativa, cuando:…
tentativa, cuando:…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto…
Este

artículo

es

interesante,

en

primer

lugar,

refere

de

que

habrá

pena

privativa

de

libertad
por un lado y por otro, que se castiga
por un lado y por otro, que se castiga
por un lado y por otro, que se castiga
por un lado y por otro, que se castiga
por un lado y por otro, que se castiga
por un lado y por otro, que se castiga
por un lado y por otro, que se castiga
por un lado y por otro, que se castiga
por un lado y por otro, que se castiga
la tentativa

la tentativa

cuando: una mujer matara

cuando: una mujer matara

cuando: una mujer matara

cuando: una mujer matara

a su hijo durante o

a su hijo durante o

a su hijo durante o

a su hijo durante o

a su hijo durante o
inmediatamente
después

del

parto;

‒durante

el

parto‒

es

decir,

el

hijo

de

la

mujer

es

otro

que

es
−objeto
material

del

homicidio


doloso

o

culposo−

y

no

feto

−objeto

material

del

aborto−,

este
artículo
da una pauta,

da una pauta,

da una pauta,

pero aun así no se puede determinar

pero aun así no se puede determinar

pero aun así no se puede determinar

pero aun así no se puede determinar

pero aun así no se puede determinar

pero aun así no se puede determinar

pero aun así no se puede determinar

aun el concepto,

aun el concepto,

aun el concepto,

en el sentido normativo

en el sentido normativo

en el sentido normativo

en el sentido normativo
que se necesita.
que se necesita.
que se necesita.
De

manera

que,

al

no

establecer

dicho

concepto

en

el

ordenamiento

jurídico

nacional

con
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
las interpretaciones realizadas, se pasa a la exégesis teleológica.
Dentro de esta interpre

Dentro de esta interpre

Dentro de esta interpre

Dentro de esta interpretación

¿cómo se determina

¿cómo se determina

¿cómo se determina

los límites

los límites

entre la vida creciente

entre la vida creciente

entre la vida creciente

entre la vida creciente

y la

y la
vida
independiente?

aquí

es

importante

considerar

¿cuáles

son

los

fnes

con

que

ambos

conceptos
fueron
estudiados

e

incorporados

dentro

de

la

norma?

su

fnalidad

fue

la

protección

y

los

límites
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
entre uno u otro concepto; corresponde al operador jurídico.
La

vida

independiente

‒otro‒,

se

da

desde

el

momento

del

parto

hasta

su

muerte,

es

decir,
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
cuando el ser humano ya no tiene protección natural de la embarazada.
En

tanto

que

la

vida

creciente

‒feto‒,

se

da

desde

el

momento

de

la

concepción

hasta

el
momento
del

parto,

es decir

es decir, cuando el

, cuando el

, cuando el

ser se encuentra

ser se encuentra

ser se encuentra

alojado

en

el

seno de

seno de

la

embarazada

y tiene

y tiene
esa protección natural.
esa protección natural.
esa protección natural.
Pero ¿cómo se determi

Pero ¿cómo se determi

Pero ¿cómo se determi

Pero ¿cómo se determina cuando

na cuando

se pierde

se pierde

la protección

la protección

natural

de la embarazada

de la embarazada

de la embarazada

y la

y la
vida creciente se convierte en una vida independiente?
vida creciente se convierte en una vida independiente?
vida creciente se convierte en una vida independiente?
vida creciente se convierte en una vida independiente?
vida creciente se convierte en una vida independiente?
vida creciente se convierte en una vida independiente?
vida creciente se convierte en una vida independiente?
vida creciente se convierte en una vida independiente?
Uno de los problemas fundamentales
Uno de los problemas fundamentales
Uno de los problemas fundamentales
Uno de los problemas fundamentales
Uno de los problemas fundamentales
que se plantea

que se plantea

que se plantea

la dogmática

la dogmática

en el plano del bien

en el plano del bien

en el plano del bien

en el plano del bien

en el plano del bien
jurídico tutelado
jurídico tutelado
en los delitos contra la vida humana, es precisamente

en los delitos contra la vida humana, es precisamente

en los delitos contra la vida humana, es precisamente

en los delitos contra la vida humana, es precisamente

en los delitos contra la vida humana, es precisamente

en los delitos contra la vida humana, es precisamente

en los delitos contra la vida humana, es precisamente

en los delitos contra la vida humana, es precisamente

en los delitos contra la vida humana, es precisamente

por un lado,

por un lado,

por un lado,
determinar
el momento en que comienza

el momento en que comienza

el momento en que comienza

el momento en que comienza

el momento en que comienza

el nivel mínimo de protección penal de la

el nivel mínimo de protección penal de la

el nivel mínimo de protección penal de la

el nivel mínimo de protección penal de la

el nivel mínimo de protección penal de la

el nivel mínimo de protección penal de la

el nivel mínimo de protección penal de la

el nivel mínimo de protección penal de la
vida humana independiente,
vida humana independiente,
vida humana independiente,
es decir

es decir, desde cuando la vida humana

, desde cuando la vida humana

, desde cuando la vida humana

, desde cuando la vida humana

, desde cuando la vida humana

, desde cuando la vida humana

se transforma

se transforma

de
dependiente
en independiente

en independiente

y, por ende, desde cuando

, por ende, desde cuando

, por ende, desde cuando

, por ende, desde cuando

, por ende, desde cuando

el derec

el derecho penal

ho penal

debe

intervenir
en la tutela
en la tutela
en la tutela
de ella,

de ella,

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

sea a través del tipo de aborto o de homicidio;

y, por otro lado

, por otro lado

, por otro lado

, por otro lado
determinar
el lím

el límite máximo

ite máximo

de protección

de protección

que coincide

que coincide

con la muerte

con la muerte

con la muerte

de la persona

de la persona

de la persona
(Buompadre J. E., 2003, pág. 70).
(Buompadre J. E., 2003, pág. 70).
(Buompadre J. E., 2003, pág. 70).
(Buompadre J. E., 2003, pág. 70).
(Buompadre J. E., 2003, pág. 70).
(Buompadre J. E., 2003, pág. 70).