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respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
respecto a las posiciones asumidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El

agotamiento

de

la

instancia

dentro

del

ordenamiento

jurídico

nacional

y

conculcación
de derechos humanos, ha llevado de derechos humanos, ha llevado de derechos humanos, ha llevado de derechos humanos, ha llevado de derechos humanos, ha llevado a estudiar a estudiar casos emblemáticos casos emblemáticos ante la Comisión Interamericana la Comisión Interamericana la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, en adelante Derechos Humanos, en adelante Derechos Humanos, en adelante Derechos Humanos, en adelante la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana la Comisión, que a su vez ha recurrido ante la Corte Interamericana
de Derec
de Derechos Humanos, en adelan
hos Humanos, en adelan

hos Humanos, en adelan

hos Humanos, en adelante la Corte, del cual emer

te la Corte, del cual emer

te la Corte, del cual emer

te la Corte, del cual emer

te la Corte, del cual emer

te la Corte, del cual emergen posiciones actuales

gen posiciones actuales

gen posiciones actuales

para evolucionar

para evolucionar
la concepción tradicional
la concepción tradicional
la concepción tradicional
del recurso de casación,

del recurso de casación,

del recurso de casación,

del recurso de casación,

que por la naturaleza

que por la naturaleza

que por la naturaleza

que por la naturaleza

formalista

y los motivos

y los motivos

y los motivos
que le preceden,que le preceden,que le preceden, no ha podido satisfacer parámetros expuestos en sus no ha podido satisfacer parámetros expuestos en sus no ha podido satisfacer parámetros expuestos en sus no ha podido satisfacer parámetros expuestos en sus no ha podido satisfacer parámetros expuestos en sus no ha podido satisfacer parámetros expuestos en sus no ha podido satisfacer parámetros expuestos en sus no ha podido satisfacer parámetros expuestos en sus diferentes fallos, como ser los diferentes fallos, como ser los diferentes fallos, como ser los diferentes fallos, como ser los diferentes fallos, como ser los
caso
que serán

que serán

descriptos,

«Herrera

Ulloa

vs. Costa

vs. Costa

Rica;

Casal

vs. Argentina

y Manfred

y Manfred Amrhein
vs. Costa Rica».
vs. Costa Rica».
vs. Costa Rica».
A

partir

de

ello,

se

describe

aspectos

fundamentales

en

el

establecimiento

de

parámetros
a
fn

de

contar

con

un

recurso

efcaz,

en

atención

a

antecedentes

de

fallos

mencionados.

En

ese
contexto,
países

como

Costa

Rica

han

reformado

su

sistema

recursivo,

con

el

fn

de

adecuarse

a

lo
dispuesto por la Corte.
dispuesto por la Corte.
dispuesto por la Corte.
dispuesto por la Corte.
A

su vez, se distingue acerca

su vez, se distingue acerca

su vez, se distingue acerca

su vez, se distingue acerca

su vez, se distingue acerca

del compromiso asumido por la República

del compromiso asumido por la República

del compromiso asumido por la República

del compromiso asumido por la República

del compromiso asumido por la República

del compromiso asumido por la República

del Paraguay

del Paraguay,
en virtud a su
en virtud a su
en virtud a su
en virtud a su
responsabilidad internacional,

responsabilidad internacional,

el cual emer

el cual emer

el cual emerge del pacto San José

ge del pacto San José

ge del pacto San José

ge del pacto San José

ge del pacto San José

de Costa Rica,

de Costa Rica,

de Costa Rica,
así también,
así también,
de la

de la

declaración

de la

de la

competencia

de la

de la

Corte

obligando

a los Estados partes

a los Estados partes

a los Estados partes

a los Estados partes

a su

a su
cumplimiento.
Por lo expuesto,

Por lo expuesto,

Por lo expuesto,

ha sur

ha surgido

la

necesidad

de analizar

de analizar

normativas

como

las

establecidas

en
la
Convención

Interamericana

de Derechos

de Derechos

Humanos 8. 2. h del

Humanos 8. 2. h del

Humanos 8. 2. h del

Humanos 8. 2. h del

Humanos 8. 2. h del

derecho

al

recurso

y el

y el

14. 5 de los

14. 5 de los

14. 5 de los

14. 5 de los
Derechos Civiles
Derechos Civiles
y Políticos,

y Políticos,

además,

considerar

la posibilidad

la posibilidad

de una amplitud

de una amplitud

de una amplitud

a los motivos del

a los motivos del

a los motivos del

a los motivos del
recurso
apelación

especial

con

el

fn

de,

realizar

un

examen

integral

de

fallo,

por

parte

del

tribunal
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
de alzada que en la actualidad queda limitado por el principio de inmediación.
Así también,

Así también,

analizar

al recurso de apelación

al recurso de apelación

al recurso de apelación

al recurso de apelación

especial como herramienta

l como herramienta

l como herramienta

en favor del

en favor del

en favor del
condenado,
a quien

a quien

la

sentencia

recurrida

ha causado

ha causado

un gravam

un gravamen irreparable,

en irreparable,

y que este

y que este

y que este

recurso
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
coadyuve como garantía contra las arbitrariedades que puedan darse dentro del proceso.
Los

recursos nacen

recursos nacen

dentro

del

conocido

sistema

inquisitivo,

en

tal

sentido

se

estudiará
su evolución
su evolución
hacia

un sistema

un sistema

acusatorio

adversarial,

desarrollando

garantías

mínimas,

tras el

tras el
establecimiento
de principios constitucionalizados,

de principios constitucionalizados,

de principios constitucionalizados,

como el de la presunción de inocencia,

como el de la presunción de inocencia,

como el de la presunción de inocencia,

como el de la presunción de inocencia,

como el de la presunción de inocencia,

como el de la presunción de inocencia,

como el de la presunción de inocencia,

debido
proceso, defensa en juicio,
proceso, defensa en juicio,
proceso, defensa en juicio,
proceso, defensa en juicio,
ne bis in idem

ne bis in idem

ne bis in idem

ne bis in idem, doble instancia entre otros.

, doble instancia entre otros.

, doble instancia entre otros.

, doble instancia entre otros.

, doble instancia entre otros.
En

especial

se

expone,

el

principio

de

inmediación,

partiendo

de

bases

teóricas

a

los
límites
exigibles, y en contraste al criterio

, y en contraste al criterio

, y en contraste al criterio

, y en contraste al criterio

, y en contraste al criterio

, y en contraste al criterio

actual

de la Corte, el cual es catalogado

de la Corte, el cual es catalogado

de la Corte, el cual es catalogado

de la Corte, el cual es catalogado

de la Corte, el cual es catalogado

de la Corte, el cual es catalogado

de la Corte, el cual es catalogado

como uno de los

como uno de los

como uno de los

como uno de los
principios expuesto por importantes doctrinarios.
principios expuesto por importantes doctrinarios.
principios expuesto por importantes doctrinarios.
principios expuesto por importantes doctrinarios.
principios expuesto por importantes doctrinarios.
Por otro lado,

Por otro lado,

Por otro lado,

el principio

el principio

ne bis in ídem

ne bis in ídem

ne bis in ídem

ne bis in ídem, es esbozado

, es esbozado

, es esbozado

a partir

a partir

de lo establecido

de lo establecido

de lo establecido

en la

en la
Constitución
Nacional

(1992), en

(1992), en

adelante

CN, en

CN, en

su art.

su art.

17 inc.

17 inc.

4, el

4, el

cual

dispone:

«que no se

«que no se

«que no se
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
le juzgue más de una vez por el mismo hecho». Las deducciones de doctrinarios
como J. Maier

como J. Maier

como J. Maier
expusieron la manera en que unos
expusieron la manera en que unos
expusieron la manera en que unos
expusieron la manera en que unos
expusieron la manera en que unos
expusieron la manera en que unos
de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable

de los problemas actuales en el ámbito del recurso, pero salvable
a partir
a partir
del reenvío, y más con las declaraciones

del reenvío, y más con las declaraciones

del reenvío, y más con las declaraciones

del reenvío, y más con las declaraciones

del reenvío, y más con las declaraciones

del reenvío, y más con las declaraciones

del reenvío, y más con las declaraciones

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la

de la Corte a través de sus fallos, mostró la
necesidad
de

realizar

una

revisión

de

redacción

del

art.

467

del

CPP,

con

respecto

a

la

texto

integral
de un fallo.
de un fallo.
de un fallo.
En

esa línea,

esa línea,

contribuye

con

un abordaje

un abordaje

en

el

ámbito

académico,

sirviendo

de

base
para
realizar

posteriores

investigaciones

en

relación

a

las

tendencias

actuales

en

la

regulación

del