115
otros seres humanos, quienes otros seres humanos, quienes otros seres humanos, quienes otros seres humanos, quienes pueden incurrir en errores, como en errores, como en errores, como así también, así también, cometer arbitrariedades,
en efecto
en efecto, el procesado debe tene
, el procesado debe tene

, el procesado debe tene

, el procesado debe tene

, el procesado debe tener derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un ór

r derecho a que el fallo pueda ser revisado por un órgano superior

gano superior,
para eje
para ejercer el control respectiv
rcer el control respectiv

rcer el control respectiv

rcer el control respectivo, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

o, pero este control a la vez, debe ser realizado

respetando los

respetando los
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
principios reconocidos para llevar a cabo un debido proceso.
Caso Herr
Caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica
era Ulloa vs. Costa Rica

era Ulloa vs. Costa Rica

era Ulloa vs. Costa Rica

era Ulloa vs. Costa Rica
El

caso

Herrera

Ulloa

vs. Costa

vs. Costa

Rica

(2004) versa

(2004) versa

respecto

a

la

querella

instaurada

contra
el
periodista

Herrera

Ulloa,

por artículos

por artículos

publicados

en el

en el

diario

«La

Nación»,

por parte

por parte

del

señor
Félix
Przedborski,

entonces,

delegado

de

Costa

Rica

ante

la

Organización

Internacional

de

Energía
Atómica, por diversas conductas ilícitas.
Atómica, por diversas conductas ilícitas.
Atómica, por diversas conductas ilícitas.
Atómica, por diversas conductas ilícitas.
Atómica, por diversas conductas ilícitas.
En un primer En un primer En un primer momento, el ór el órgano de justicia gano de justicia gano de justicia de dicho país sobreseyó al referido de dicho país sobreseyó al referido de dicho país sobreseyó al referido de dicho país sobreseyó al referido de dicho país sobreseyó al referido de dicho país sobreseyó al referido periodista,
sin embar
sin embargo, el querellante
go, el querellante

go, el querellante

recurre el fallo dictado por medio

recurre el fallo dictado por medio

recurre el fallo dictado por medio

recurre el fallo dictado por medio

recurre el fallo dictado por medio

recurre el fallo dictado por medio

del recurso de casación ante la

del recurso de casación ante la

del recurso de casación ante la

del recurso de casación ante la

del recurso de casación ante la

del recurso de casación ante la
instancia superior
instancia superior, quien falla a su favor
, quien falla a su favor

, quien falla a su favor

, quien falla a su favor

, quien falla a su favor

, quien falla a su favor, por lo que Herrera Ulloa es condenado.

, por lo que Herrera Ulloa es condenado.

, por lo que Herrera Ulloa es condenado.

, por lo que Herrera Ulloa es condenado.

, por lo que Herrera Ulloa es condenado.

, por lo que Herrera Ulloa es condenado.

, por lo que Herrera Ulloa es condenado.

, por lo que Herrera Ulloa es condenado.
Bajo

esta

contextualización,

el

representante

legal

del

mencionado

periodista,

también,
interpone recurso de casación contra la sentencia de condena, sin embarsin embargo, la mencionada instancia
judicial ratifca su decisión de condena.
judicial ratifca su decisión de condena.
judicial ratifca su decisión de condena.
judicial ratifca su decisión de condena.
judicial ratifca su decisión de condena.
judicial ratifca su decisión de condena.
Es por ello,

Es por ello,

Es por ello,

que el

que el

representante

legal

recurre

ante

la

Comisión

de la

de la

Corte

Interamericana
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, quien decide llevar el caso ante la CIDH.
A

este

efecto,

entre

los puntos que

los puntos que

los puntos que

se debe

se debe

resaltar

respecto

de la

de la

CIDH, en la

CIDH, en la

CIDH, en la

sentencia
del
2

de

julio

de

2004,

refere

el

punto

a:

«Derecho

a

recurrir

un

fallo

ante

un

juez

del

tribunal
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
superior» 8. 2 h de la Convención, entre sus aspectos relevantes expresó:
La Corte considera que el derecho
La Corte considera que el derecho
La Corte considera que el derecho
La Corte considera que el derecho
La Corte considera que el derecho
La Corte considera que el derecho
de recurrir

de recurrir

del fallo

del fallo

es una garantía

es una garantía

es una garantía

primordial

que se

que se
debe respetar
debe respetar
en el marco

en el marco

en el marco

del debido proceso legal,

del debido proceso legal,

del debido proceso legal,

del debido proceso legal,

en aras de permitir

en aras de permitir

en aras de permitir

en aras de permitir

que una sentencia

que una sentencia

que una sentencia
adversa
pueda

ser revisada

ser revisada

por un juez

por un juez

por un juez

o tribunal

o tribunal

distinto

y de superior

y de superior

y de superior

jerarquía

orgánica.
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
El derecho de interponer un recurso contra el fallo debe ser garantizado
antes de que

antes de que

antes de que
la
sentencia

adquiera

calidad

de

cosa

juzgada.

Se

busca

proteger el

r el

derecho

de

defensa
otorgando durante el proceso la posibilidad gando durante el proceso la posibilidad gando durante el proceso la posibilidad gando durante el proceso la posibilidad gando durante el proceso la posibilidad gando durante el proceso la posibilidad de interponer de interponer un recurso para evitar un recurso para evitar un recurso para evitar un recurso para evitar que quede que quede
frme
una

decisión

que

fue

adoptada

con

vicios

y

que

contiene

errores

que

ocasionarán

un
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
perjuicio indebido a los intereses de una persona (párrf. 158.).
Al respecto,

Al respecto,

dicho

órgano

sostuvo que

sostuvo que

este

derecho

estipulado

en

la

convención

no se

no se
cumple con la mera existencia de un ór
cumple con la mera existencia de un ór
cumple con la mera existencia de un ór
cumple con la mera existencia de un ór
cumple con la mera existencia de un ór
cumple con la mera existencia de un ór
cumple con la mera existencia de un ór
cumple con la mera existencia de un órgano de grado superior
gano de grado superior

gano de grado superior

gano de grado superior, que juzgó y condenó al procesado.

, que juzgó y condenó al procesado.

, que juzgó y condenó al procesado.

, que juzgó y condenó al procesado.

, que juzgó y condenó al procesado.

, que juzgó y condenó al procesado.

, que juzgó y condenó al procesado.
Por lo

Por lo

tanto,

para

que se dé

que se dé

que se dé

una

correcta

revisión

de

la

sentencia

dentro

del

espíritu
establecido
en la norma, se hace necesario

en la norma, se hace necesario

en la norma, se hace necesario

en la norma, se hace necesario

en la norma, se hace necesario

en la norma, se hace necesario

que el tribunal

que el tribunal

que el tribunal

superior reúna las características

superior reúna las características

superior reúna las características

superior reúna las características
jurisdiccionales necesarias para cada caso concreto.
jurisdiccionales necesarias para cada caso concreto.
jurisdiccionales necesarias para cada caso concreto.
jurisdiccionales necesarias para cada caso concreto.
jurisdiccionales necesarias para cada caso concreto.
jurisdiccionales necesarias para cada caso concreto.
En

efecto,

el

art.

31.

1

de

la

Convención

de

Viena

(1969)

refere

que

un

tratado

debe
interpretarse
de

buena

fe,

de

manera

que

se


la

protección

efectiva

de

los

DD HH, el

DD HH, el

DD HH, el

recurso
contemplado
en

el

mencionado

artículo

debe

ser

tratado

como

un

recurso

ordinario

y

efcaz

para
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que el superior corrija las decisiones contrarias a derecho, de lo que se colige
que para el ejercicio

que para el ejercicio

que para el ejercicio

que para el ejercicio
efectivo
de este recurso, no se pueden establecer

de este recurso, no se pueden establecer

de este recurso, no se pueden establecer

de este recurso, no se pueden establecer

de este recurso, no se pueden establecer

de este recurso, no se pueden establecer

de este recurso, no se pueden establecer

requisitos que restringa el derecho a recurrir el

requisitos que restringa el derecho a recurrir el

requisitos que restringa el derecho a recurrir el

requisitos que restringa el derecho a recurrir el

requisitos que restringa el derecho a recurrir el

requisitos que restringa el derecho a recurrir el

requisitos que restringa el derecho a recurrir el

requisitos que restringa el derecho a recurrir el
fallo.
Pues,

no

es

sufciente

una

regulación

formal

del

recurso,

sino

que

estos

sean

a

su

vez