La rebeldía en el proceso penal paraguayo y su interpretación
DOI:
https://doi.org/10.66744/251s9v26Palabras clave:
prescripción, suspensión, acción penal, Paraguay, rebeldíaResumen
La investigación analiza la normativa referente a la rebeldía en el proceso penal paraguayo, tiene como objetivo determinar si la dificultad en su aplicación corresponde a un error en la interpretación o a la necesidad de una reforma legislativa. El ejercicio de la acción penal se halla limitado en el tiempo a través de las normas de suspensión y prescripción de los hechos punibles. Estos plazos de prescripción y de suspensión se establecen de manera separada en la ley de fondo. En referencia a la ausencia del procesado, la norma aplicable es el art. 104 CP, que considera a la rebeldía como causal de interrupción del cómputo del plazo de prescripción, para el ejercicio de la acción penal. La investigación utilizó un enfoque cualitativo con diseño no experimental. Para este efecto se realizó un estudio de tipo documental y hermenéutico con alcance descriptivo. Se concluye que el problema se presenta respecto a la interpretación equívoca del elemento −circunstancias objetivamente insuperables− (art. 103 CP), pues éste refiere a la suspensión del cómputo del plazo de prescripción, por lo que se critica la imposibilidad de interpretar estas dos normas como un doble efecto. Por el contrario, el doble efecto de la ausencia del procesado refiere, por un lado, a la interrupción del cómputo de la prescripción para el ejercicio de la acción penal (art. 104, núm. 4 CP) y, por otro, el efecto suspensivo del cómputo de la duración del proceso penal (art. 136 CPP).
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