Responsabilidad del notario y escribano público en la prevención del lavado de dinero
Análisis comparado de la legislación paraguaya con la mexicana
Palabras clave:
escribano, lavado de dinero, sujeto obligado, prevenciónResumen
El objetivo principal de esta investigación es indagar la responsabilidad del notario y escribano público en la prevención del lavado de dinero, conocer el alcance de sus funciones en la legislación nacional en contraste a legislación mexicana, al considerar que forma parte de los sujetos obligados por la SEPRELAD, para actuar en la prevención por a su intervención en actividades jurídicas y económicas relevantes en el ámbito patrimonial de las personas. En cambio, sus obligaciones son mínimas al momento de suministrar informaciones a entidades encargadas de investigar estas actividades sospechosas. En ese contexto, se menciona el alcance de la responsabilidad, en el momento de sus actuaciones, de manera a que no sean utilizados por clientes inescrupulosos. La metodología a utilizar es la revisión bibliográfica, analizando y comparando las normativas vigentes en la legislación nacional con la legislación mexicana, que regulan dicha actuación como sujeto obligado en la prevención del hecho punible en estudio. En ese orden de ideas, en México existen normativas que regulan la obligación de reportar operaciones sospechas en la lucha contra el lavado de dinero.
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