La recusación de los agentes fiscales en el proceso penal
Análisis de la modificación del art. 57 por Ley n.° 4685/12
Palabras clave:
recusación, inconstitucionalidad, agentes fiscales, acción penal pública, proceso penal, obstrucciónResumen
La recusación de agentes fiscales es una facultad que la ley otorga a los litigantes en el proceso penal, regulado por el art. 57 ‒recusaciones e inhibiciones‒ del C.P.P. En tal sentido, a través de la Ley n.° 4685/12, se realizó modificaciones al mencionado artículo lo cual merece un estudio para facilitar su interpretación y aplicación en el curso del proceso penal. Este trabajo se dirige al estudio del sentido y alcance de las causales de recusación previstas en la ley y el análisis comparativo con los argumentos utilizados por los litigantes para interponerlos. En ese contexto, se debe tener presente que el Ministerio Público es parte esencial en el proceso penal, por lo que la interposición de una recusación contra sus integrantes afecta el desarrollo del proceso en curso. Por esa razón, el abordaje de este instituto reviste importancia para el sistema penal. En cuanto al método, la investigación es documental, con enfoque cualitativo, de tipo no experimental. El instrumento utilizado es la ficha bibliográfica. Para llegar al resultado como técnicas se realizó la lectura comparación y análisis de normas vigentes del ámbito nacional, tanto del fuero penal como del fuero civil, referentes al tema. Además, realizó un estudio de las resoluciones de la Corte Suprema de Justicia y del Ministerio Público en materia de recusaciones de agentes fiscales del año 2021. Con el resultado se espera contribuir al conocimiento y mejor utilización de este instituto, cuya finalidad es asegurar la actuación objetiva en el ejercicio de las funciones.
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Referencias
Constitución Nacional de la República del Paraguay, año 1992.
Ley n.º 1286/98 «Código Procesal Penal Paraguayo».
Ley n.º 4685/12 «Que modifica el artículo 57 del Código Procesal Penal».
Ley n.° 1562/00 «Orgánica del Ministerio Público».
Ley n.° 6814 «Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales defensores públicos, síndicos de quiebra».
Código Civil y la Ley n.° 1/92 «De reforma parcial del Código Civil»
A. I. n.° 3156, de fecha 03 de octubre de 2012, que otorga medida cautelar de suspensión de los efectos de la Ley 4685/12.
Acuerdo y Sentencia n.° 120, de fecha 12 de marzo de 2019, de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
A.I. n.° 775, de fecha 18 de junio de 2019, de la Sala Penal ampliada de la Corte Suprema de Justicia.
Resolución F.G.E. n.° 2248/08, Por la que se aprueba la estructura orgánica y el manual de funciones de las fiscalías adjuntas y las fiscalías delegadas del Ministerio Público.
Resolución F.G.E. n.° 5231/13, Por la que se modifican los manuales de funciones de las fiscalías adjuntas y se establecen criterios para la asignación y reasignación de causas penales por parte de los fiscales adjuntos.
Resolución F.G.E. n.° 1080/08, Por la que se aprueba el manual de procedimientos del sistema integrado de control interno de la gestión fiscal y se rectifica parcialmente la Resolución F.G.E. n.° 533, de fecha 05 de marzo de 2008 por la que se aprueba la estructura orgánica y el manual de funciones de la unidad de control de la gestión fiscal del Ministerio Público.
Base de datos del año 2021 de la Coordinación de recusaciones, inhibiciones y otros, dependiente de la Dirección de Gabinete Fiscal del Ministerio Público.
Diccionario de la Real Academia Española. http://dle.rae.es/amistad?m=from, última consulta el 01 de agosto de 2022.
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Derechos de autor 2022 Roquelina Elizabeth Ocampos Peralta
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