Hechos punibles de carácter patrimonial como consecuencia del incumplimiento contractual
Palabras clave:
daño, responsablidad, dolo, patrimonioResumen
El presente trabajo busca delimitar el campo de actuación del derecho penal, en los casos en que a raíz de un incumplimiento contractual derive en un hecho punible. La metodología utilizada es de carácter descriptivo con enfoque cualitativo, utilizando el análisis de contenido como técnica de recolección y análisis de datos. En tal sentido se puedo llegar a la conclusión que el concepto de patrimonio en el fuero civil y penal difiere en el ámbito de protección normativa, ya que en el fuero civil comprende la universalidad de bienes, en cambio en el ámbito penal la protección normativa hace alusión a una parte integrante del patrimonio, salvo en los casos de estafa que también protege los derechos en expectativas; en ese orden de ideas, se puede apreciar que en los hechos punibles en los que se puede incurrir a raíz de un incumplimiento contractual, son la estafa por un negocio jurídico anulable y la lesión de confianza, por medio de un contrato de mandato con respecto a la administración de bienes de una persona. Finalmente se pudo delimitar las circunstancias en las cuales a raíz de un incumplimiento contractual deriva en hecho punible; en la estafa lo fundamental es la diferenciación entre el dolo civil y penal, y en la lesión de confianza la existencia de un contrato de administración de bienes, como así también el dolo como elemento subjetivo de la tipicidad.
Descargas
Referencias
Albertini, Pág. D. (2008). Respnsabilidad Civil Daños y Perjuicios. Asunción: Intercontinental Editora.
Borda, G. A. (2004). Manual de Contratos . Buenos Aires: LaxisNexis Abelo-do-Perrot.
Donna, E. A. (2001). Derecho Penal Parte Especial Tomo II-B. Bueno Aires: Rbinzal- Culzoni Editores.
Ferrajoli, L. (2005). Derecho y razón. Teoria del garantismo peanal. Madrid: Tro-tta.
Krismer, Pág. D. (2008). Responsabilidad Civil de Daños y Perjuicios. Respon-sabilidad Civil de Daños y Perjuicios . Asunción, Paraguay: Interconti-nental.
Nuñez, M. D. (2015). Los Hechos Punibles contra el patrimonio de génesis vo-luntaria recepticia: Contraste con la responsabilidad civil. ARAN-DU-UTIC-Revista Cientifica Internacional- Vol.II , 178-179.
Ossorio, M. (2010). Diccionario de Ciencias Juridicas, Politicas y Sociales. Bue-nos Aires: Heliasta.
Suañez Tejera, Y. (Mrazo de 2011). Google Academico. Recuperado el 2 de julio de 2016, de www.eumed.net/rev/cccss/11/Código Civil Paraguayo, Ley n.°1.183/85, Ediciones y Librería el Foro S.A.
Cabral, M. O. (2014). Código Penal Comentado. Asunción: Intercontinental.Hug de Belmont, Rubén Darío s/ Hecho Punible c/ el Patrimonio, 100 (Tribunal de Apelaciones en lo Criminal de Asunción, Sala 1 Miércoles de Octubre de 2004).
Nulidad de Contrato de Compraventa por Dolo Vicio del Consentimiento, 129 (Tribunal Supremo de Mardrid- Sala de lo Civil- Madrid Viernes de Marzo de 2010).Rousillon Pascottini, Isidro Romilido y otros s/ Estafa, 48 (Tribunal de Apelación en los Criminal, Asunción, Sala 3 Martes de agosto de 2010).
Descargas
Archivos adicionales
Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2017 Revista Jurídica Investigación en Ciencias Jurídicas y Sociales
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.
Los autores que publican en esta revista están de acuerdo con los siguientes términos:
a. Los autores conservan los derechos de autor y garantizan a la revista el derecho a ser la primera publicación del trabajo al igual que licenciado bajo Creative Commons Attribution License que permite a otros compartir el trabajo con un reconocimiento de la autoría del trabajo y la publicación inicial en la revista.
b. Esta revista proporciona un acceso abierto a su contenido, basado en el principio de que ofrecer al público un acceso libre a las investigaciones ayuda a un mayor intercambio global del conocimiento".