Autoría mediata por aparatos organizados de poder

Autores/as

  • Mirian Patricia Balbuena Universidad Nacional de Asunción, Paraguay
  • Rocí­o Celeste Benítez Báez Universidad Nacional de Asunción, Poder Judicial, Asunción, Paraguay
  • Liz Carla Francisca Escobar Franco Universidad Nacional de Asunción, Ministerio Público, Asunción, Paraguay
  • Mario Fleita Universidad Nacional de Asunción, Ministerio Público, Asunción Paraguay
  • Silvina Noemí Ovelar Universidad Nacional de Asunción, Ministerio Público, Asunción Paraguay
  • Rubén Darí­o Riquelme Universidad Nacional de Asunción, Poder Judicial, Asunción, Paraguay

Palabras clave:

fungibilidad, autoría mediata, instrumento, participación

Resumen

El presente artículo indaga la aplicabilidad de la teoría de la autoría mediata por aparatos organizados de poder en el ordenamiento jurídico vigente, desarrollada por el jurista alemán Claux Roxin (1963). La figura surge como una nueva forma de participación criminal, con el objeto de llenar los vacíos legales a consecuencia del concepto restrictivo de autor que imperaba en ese entonces en Alemania. En ese sentido, el Código Penal paraguayo adopta la teoría del dominio del hecho en lo que respecta a la autoría, estableciendo una distinción en las formas del dominio del hecho para ser considerado autor –directa, mediata y coautoría– y acoge el concepto restrictivo de autor por medio a partir de la tripartición de la intervención delictiva. A este respecto, el Código Penal ubica al autor como la fgura central en la realización del hecho y a los inductores y cómplices le otorga un papel secundario en la intervención del delito, ya que es lo que corresponde y satisface a la exigencia de un Estado de Derecho, limitándose estas últimas a una mera extensión de la punibilidad. La nueva forma de intervención criminal impulsada por Roxin implica un cambio de concepto en la estructura ontológica de la conducta delictual y por eso se torna necesario analizar con detenimiento sus postulados.

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Biografía del autor/a

  • Mirian Patricia Balbuena, Universidad Nacional de Asunción, Paraguay
    Abogada litigante, Asunción Paraguay. Email: mipatty.23@gmail.com.   Abogada egresada de la Universidad Nacional de Asunción. Especialista en Ciencias Penales postgrado de la Universidad Nacional de Asunción.  
  • Rocí­o Celeste Benítez Báez, Universidad Nacional de Asunción, Poder Judicial, Asunción, Paraguay
    Rocío Benítez. Asistente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Asunción, Paraguay. Email: celeben3@hotmail.com   Abogada, egresada de la Universidad Nacional de Asunción, Especialiciasta en Ciencias Penales.
  • Liz Carla Francisca Escobar Franco, Universidad Nacional de Asunción, Ministerio Público, Asunción, Paraguay
    Asistente Fiscal, Docente del Centro de Entrenamiento del Ministerio Público. Asunción, Paraguay. Email: carlaes89@hotmail.com.   Abogada egresada de la Universidad Nacional de Asunción. Especialista en Ciencias Penales postgrado de la Universidad Nacional de Asunción. Integrante del plantel de Investigadores del CEMP.
  • Mario Fleita, Universidad Nacional de Asunción, Ministerio Público, Asunción Paraguay
    Asistente Fiscal, Ministerio Público. Asunción, Paraguay. Email: mariofelitas02@hotmail.com.   Abogado egresado por la Universidad Nacional de Asunción. Especialista en Ciencias Penales postgrado de la Universidad Nacional de Asunción.
  • Silvina Noemí Ovelar, Universidad Nacional de Asunción, Ministerio Público, Asunción Paraguay
    Coordinadora en el Laboratorio Forense, Ministerio Público. Asunción, Paraguay. Email: ovesil@hotmail.com   Abogada Universidad Nacional de Asunción. Especialista en Ciencias Penales postgrado de la Universidad Nacional de Asunción.
  • Rubén Darí­o Riquelme, Universidad Nacional de Asunción, Poder Judicial, Asunción, Paraguay
    Juez penal de garantías y control 4to turno de la circunscripción de Capital. Asunción, Paraguay.   Abogado por la  Universidad Nacional de Asunción. Especialista en Ciencias Penales postgrado de la Universidad Nacional de Asunción.      

Referencias

Alexy, R. (2000). Derecho injusto, retroactividad y principio de legalidad penal. Anuario de la Facultad de Derito.

Casañas, L. J. (2006). Manual de Derecho Penal. Asunción: Fondo Editorial de Derecho y Economía.

Corcino Barrueta, F. (2013). Autoría Mediata en Aparatos Organizados de Poder: Una Revisión Normativa de sus Postulados. Derecho Penal y Procesal Penal Hoy , 221-289.

Diaz, & Conlledo, G. (2008). Autoría y participación. Revistas de Estudios de la Justicia .

Donna, E. A. (2002). La autoría y partcipación criminal. Buenos Aires: Rubinzal Culzoni.

Fierro, G. J. (1993). Teoría de Derecho Penal. Buenos Aires: Astrea.

Jakobs, G. (1997). Derecho Penal Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación objetiva. Madrid: J.C. González.

REV. JURID.Investigación en Ciencias Jurídicas y Sociales. 2017; 7

Jeschck, H. H. (1993). Tratado de Derecho Penal - Parte General. Granada: COMARES.

Muñoz Conde, F., & González Macchi, J. I. (2003). Introducción a la Teoría General del Hecho Punible. Asunción.

Plasencia, H. (1996). Derecho Penal Parte General. Bercelona: P.P.U.

Roxin, C. (2014). Derecho Penal Parte General Tomo II. Buenos Aires: Aranzadi, SA.

Zaffaroni, E. (2005). Tratado de Derecho Penal. Buenos Aires: EDIAR.

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Publicado

10/09/2018

Cómo citar

Autoría mediata por aparatos organizados de poder. (2018). Revista jurídica. Investigación En Ciencias jurídicas Y Sociales, 7, 203. https://ojs.ministeriopublico.gov.py/index.php/rjmp/article/view/113

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